ACTA DE LA SESIÓN DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y URGENTE EL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2024.- ASISTENTES: EL ALCALDE DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ JOSE ANGEL SANCHEZ RODRIGUEZ (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 11/11/2024 HASH: da603172aae4c0ca2c45591233e7d75b Concejales DOÑA DAINA DEL ARCO IRIS SGOBINO GALLICIO DON FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDEZ HERRERA DOÑA YESSICA BONILLA SANTANA DOÑA VANESA PÉREZ PÉREZ Secretaria-Interventora Acctal. DOÑA NIEVES YOLANDA PÉREZ LORENZO En la localidad de la Villa de Garafía siendo las 10:30 horas del día 31 de octubre de 2024, se reúnen en el salón de actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión Ordinaria, previamente convocada, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, con asistencia de los Sres. relacionados al margen y la ausencia justificada por motivos laborales de Doña Glemis Rodríguez Pérez y Don José Alberto Lorenzo Castro y por motivos médicos de Doña Lorena Rodríguez Pérez. NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (2 de 2) SECRETARIA - INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 11/11/2024 HASH: ba9948e07d1be4caa710850d6fdd2e4f Una vez verificada por Secretaria-Interventora Acctal. la válida constitución del Pleno, el Presidente abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente: ORDEN DEL DÍA PRIMERO. - APROBACIÓN DE LA URGENCIA DE LA SESIÓN. ACUERDO QUE PROCEDA. - Se da explicación de la urgencia de adopción de los acuerdos que constan en el orden del día, para poder continuar con los expedientes, se somete a votación, aprobándose por unanimidad de los asistentes. SEGUNDO. – MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE CESIÓN DE USO DEL LOCAL UBICADO EN EL BARRIO DE LAS TRICIAS, A LA FUNDACIÓN ISONORTE PARA HOGAR FUNCIONAL. ACUERDO QUE PROCEDA. – Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la necesidad de modificación del acuerdo, ya que existe error que crea error en cuanto a la cesión, que debe ser del uso y no del inmueble. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0019 Fecha: 11/11/2024 Cód. Validación: D4PGLHSD7SXN36PXNGPKHK7T3 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 ACTA DEL PLENO Se da cuenta de la Propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente dice así: “Expediente n.º: 743/2024 PROPUESTA DE ALCALDÍA     En relación con el acuerdo adoptado en sesión de pleno de fecha 19 de septiembre de2024, relativo a la cesión gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. Determinando la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, el bien revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía. Y detectado el error, consistente en la redacción del acuerdo adoptado, de cesión del inmueble y no de su uso, propongo la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- Rectificar el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinario 19 de septiembre de 2024, que trascrite literalmente dice; “ PRIMERO. Ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. SEGUNDO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, el bien revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía.   TERCERO. Anotar la cesión gratuita en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma.   CUARTO. Facultar al Alcalde, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública de cesión del bien. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0019 Fecha: 11/11/2024 Cód. Validación: D4PGLHSD7SXN36PXNGPKHK7T3 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 ACTA DEL PLENO   QUINTO. Notificar el presente Acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a Escritura pública la cesión referida. SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales según la Legislación hipotecaria.   SÉPTIMO. Remitir una copia autenticada del expediente completo a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de la toma de conocimiento de la cesión del bien patrimonial.” En el sentido que se redacta a continuación: PRIMERO. Ceder de manera gratuita el uso a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, del bien inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para la creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. SEGUNDO. La cesión gratuita y temporal del uso del bien se somete a las siguientes condiciones: — Las instalaciones serán destinadas exclusivamente a la creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad. — El Ayuntamiento no se hace responsable de las actividades a realizar en las instalaciones cedidas, ni de los daños materiales o personales que pudieran producirse dentro de las mismas. — El Ayuntamiento autoriza al cesionario a ejecutar las obras necesarias para la puesta en marcha del Hogar Funcional, quedando este obligado a sufragar su coste y a mantener el buen estado de las instalaciones, su limpieza e higiene. — Determinar la reversión automática, si el inmueble no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía. -Transcurrido el plazo de la cesión o extinguida ésta, los bienes revertirán al Ayuntamiento con todos sus componentes y accesorios, sin que el cesionario pueda solicitar compensación económica o indemnización, quedando expedita la posibilidad de utilización del desahucio administrativo si fuera necesario. TERCERO. Formalizar la cesión en documento administrativo, que se suscribirá por la Presidencia de la Entidad y la persona concesionaria, y en el que se describan el bien cedido, su situación física y su estado de conservación.    No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” No habiendo intervenciones, se somete el asunto a votación, quedando de la siguiente manera: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0019 Fecha: 11/11/2024 Cód. Validación: D4PGLHSD7SXN36PXNGPKHK7T3 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 ACTA DEL PLENO VOTOS A FAVOR: 5 (CINCO) 4 del Grupo Municipal Partido Popular y 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Proceder a modificación del error existente en el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinario 19 de septiembre de 2024, en relación a la cesión de uso de local a la Fundación Canaria Isonorte, en el sentido que se redacta a continuación: Primero . Ceder de manera gratuita el uso a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, del bien inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para la creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. Segundo. La cesión gratuita y temporal del uso del bien se somete a las siguientes condiciones: — Las instalaciones serán destinadas exclusivamente a la creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad. — El Ayuntamiento no se hace responsable de las actividades a realizar en las instalaciones cedidas, ni de los daños materiales o personales que pudieran producirse dentro de las mismas. — El Ayuntamiento autoriza al cesionario a ejecutar las obras necesarias para la puesta en marcha del Hogar Funcional, quedando este obligado a sufragar su coste y a mantener el buen estado de las instalaciones, su limpieza e higiene. — Determinar la reversión automática, si el inmueble no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía. -Transcurrido el plazo de la cesión o extinguida ésta, los bienes revertirán al Ayuntamiento con todos sus componentes y accesorios, sin que el cesionario pueda solicitar compensación económica o indemnización, quedando expedita la posibilidad de utilización del desahucio administrativo si fuera necesario. Tercero. Formalizar la cesión en documento administrativo, que se suscribirá por la Presidencia de la Entidad y la persona concesionaria, y en el que se describan el bien cedido, su situación física y su estado de conservación. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0019 Fecha: 11/11/2024 Cód. Validación: D4PGLHSD7SXN36PXNGPKHK7T3 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 ACTA DEL PLENO Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ ALCALDE-PRESIDENTE levanta la Sesión siendo las 10:35 horas, de lo cual como Secretaria-Acctal. doy fe. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0019 Fecha: 11/11/2024 Cód. Validación: D4PGLHSD7SXN36PXNGPKHK7T3 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5 ACTA DEL PLENO