ACTA DE LA SESIÓN DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CELEBRADA DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA Y URGENTE EL DÍA 12 DE JULIO DE 2024.-   ASISTENTES: EL ALCALDE DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ La Tesorera-Acctal. Fecha Firma: 10/10/2024 HASH: 00293d8534ba6942a7febad20cd9c9b3 MARIA ELENA PEREZ RODRIGUEZ (1 de 2) Concejales DOÑA MARÍA YESSICA BONILLA SANTANA DON FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDEZ HERRERA DOÑA VANESA PÉREZ PÉREZ Secretaria-Interventora Acctal. DOÑA MARÍA ELENA PÉREZ RODRÍGUEZ En la localidad de la Villa de Garafía siendo las 10:03 horas del día 12 de julio de 2024, se reúnen en el salón de actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión Extraordinaria y Urgente, previamente convocada, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, con asistencia de los Sres. relacionados al margen y la excusa de Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallizio, Doña Lorena Rodríguez Pérez, Don Yeray Castro Pérez y Doña Glemis Rodríguez Pérez. JOSE ANGEL SANCHEZ RODRIGUEZ (2 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 10/10/2024 HASH: da603172aae4c0ca2c45591233e7d75b No excusa asistencia Don José Alberto Lorenzo Castro. Una vez verificada por Secretaria-Interventora Acctal. la válida constitución del Pleno, el Presidente abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. ACUERDO QUE PROCEDA.- Presentadas las aclaraciones de la urgencia de dicho pleno, se aprueba el mismo por unanimidad de los señores asistentes y se da continuidad a los puntos del día. 2.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE SEGREGACIÓN DE PARCELAS Y AGRUPACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la Propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “PROPUESTA DE ALCALDÍA SOBRE SEGREGACIÓN DE PARCELAS Y AGRUPACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS. Con fecha 17 de octubre de 2023 se dio traslado al Instituto Canario de la Vivienda de documentación para cesión gratuita de bienes inmuebles patrimoniales – suelo para construcción de viviendas sociales. Tras las conversaciones y trámites efectuados entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 22 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento y el Instituto Canario de la Vivienda y en consonancia con lo manifestado por este último organismo en Informe sobre idoneidad del suelo y necesidades para hacer efectiva la cesión gratuita de suelo para construcción de vivienda sociales, por esta Alcaldía se encargó a la Oficina Técnica Municipal la redacción del correspondiente documento técnico de segregación y agrupación de parcelas. A la vista del documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal para la segregación de parcelas y agrupación para la construcción de vivienda protegidas de promoción pública emitido con fecha 10 de julio de 2024, por esta Alcaldía se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente: ACUERDO PRIMERO.- APROBAR la Segregación de fincas, de conformidad con el documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal, que a continuación se relacionan: Parcela Segregada 1: - Superficie: 2.347,00 m2 - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, Parcela Segregada 2; Este, futura Calle; Oeste, parcelas catastrales 2325401BS1922N y 002301100BS19C. Resto Finca Matriz 1: - Superficie: 5.187,40 m2. - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, resto Parcela Matriz 2; Este, Calle Díaz y Suárez; Oeste, futura Calle. Parcela Segregada 2: - Superficie: 2.883,00 m2 - Linda: Norte, Parcela Segregada 1; Sur, futura Calle; Este, futura Calle; Oeste, Calle Vía Láctea y parcela catastral 002301100BS19C. Resto Finca Matriz 2: - Superficie: 4.651,40 m2 - Linda: Norte, resto Parcela Matriz 1; Sur, futura Calle; Este, Calle Díaz y Suárez; Oeste, futura Calle. SEGUNDO.- APROBAR la Agrupación de parcelas, de conformidad con el documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal, que a continuación se relacionan: Parcela Segregada 1: 2.347,00 m2 Parcela Segregada 2: 2.883,00 m2 Total Parcelas Agrupadas: 5.230,00 m2 - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, futura Calle; Este, futura Calle; Oeste, Calle Vía Láctea y parcelas catastrales 2325401BS1922N y 002301100BS19C. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 22 ACTA DEL PLENO TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la realización de todos los trámites correspondientes de Notaría y Registro de la Propiedad. TERCERO.- Que del presente acuerdo, del documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal y cuanta documentación Notarial y del Registro de la Propiedad sean necesaria se dé cuenta al Instituto Canario de la Vivienda. No obstante, el Pleno de la Corporación con su mejor criterio acordará lo que estime necesario. EL ALCALDE, Fdo.: José Ángel Sánchez Rodríguez Documento firmado electrónicamente” No habiendo intervenciones, se somete la Propuesta de Alcaldía a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- APROBAR la Segregación de fincas, de conformidad con el documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal, que a continuación se relacionan: Parcela Segregada 1: - Superficie: 2.347,00 m2 - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, Parcela Segregada 2; Este, futura Calle; Oeste, parcelas catastrales 2325401BS1922N y 002301100BS19C. Resto Finca Matriz 1: - Superficie: 5.187,40 m2. - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, resto Parcela Matriz 2; Este, Calle Díaz y Suárez; Oeste, futura Calle. Parcela Segregada 2: - Superficie: 2.883,00 m2 - Linda: Norte, Parcela Segregada 1; Sur, futura Calle; Este, futura Calle; Oeste, Calle Vía Láctea y parcela catastral 002301100BS19C. Resto Finca Matriz 2: - Superficie: 4.651,40 m2 - Linda: Norte, resto Parcela Matriz 1; Sur, futura Calle; Este, Calle Díaz y Suárez; Oeste, futura Calle. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 22 ACTA DEL PLENO SEGUNDO.- APROBAR la Agrupación de parcelas, de conformidad con el documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal, que a continuación se relacionan: Parcela Segregada 1: 2.347,00 m2 Parcela Segregada 2: 2.883,00 m2 Total Parcelas Agrupadas: 5.230,00 m2 - Linda: Norte, Calle Los Hondos; Sur, futura Calle; Este, futura Calle; Oeste, Calle Vía Láctea y parcelas catastrales 2325401BS1922N y 002301100BS19C. TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la realización de todos los trámites correspondientes de Notaría y Registro de la Propiedad. TERCERO.- Que del presente acuerdo, del documento técnico elaborado por la Oficina Técnica Municipal y cuanta documentación Notarial y del Registro de la Propiedad sean necesaria se dé cuenta al Instituto Canario de la Vivienda. 3.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS SOBRE INICIO DE EXPEDIENTE PARA CEDER GRATUITAMENTE A FAVOR DE LA FUNDACIÓN CANARIA ISONORTE INMUEBLE PARA LA CREACIÓN DE UN HOGAR FUNCIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ACTIVIDAD INTEGRADA EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE PRESTACIÓN PRIVADA, A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD E INICITIVA SOCIAL (FUNDACIÓN). ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas que trascrito literalmente a continuación dice: “CUARTO.- INICIO EXPEDIENTE PARA CEDER GRATUITAMENTE A FAVOR DE LA FUNDACIÓN CANARIA ISONORTE INMUEBLE PARA LA CREACIÓN DE UN HOGAR FUNCIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ACTIVIDAD INTEGRADA EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE PRESTACIÓN PRIVADA, A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD E INICIATIVA SOCIAL (FUNDACIÓN). DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta del Informe- Propuesta de Secretaría que trascrita literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 743/2024 INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA   En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita de bien patrimonial y en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes,   ANTECEDENTES DE HECHO Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 22 ACTA DEL PLENO PRIMERO. Considerando la conveniencia y oportunidad de contar en esta comarca y concretamente en este municipio, con un Hogar Funcional, para atención a personas con discapacidad y no siendo actualmente posible por parte de esta Administración llevar a cabo este proyecto y su gestión. SEGUNDO. Considerando que existe propuesta, para la cual han presentado memoria y proyecto la FUNDACIÓN CANARIA ISONORTE, que está interesada en llevar a cabo este proyecto y su gestión, de forma totalmente privada, sin implicación alguna de esta entidad pública al estar esta actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales pero de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. Vista la justificación documental y en la que se establece la siguiente justificación de la cesión gratuita del bien patrimonial:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud   TERCERO. A la vista de los siguientes antecedentes:   Documento Fecha Observaciones Memoria Justificativa Presentada Presentada por Fundación Canaria ISONORTE Proyecto de obras Elaborado año 26/06/2024 Presentado por Fundación Canaria ISONORTE Informe de Secretaría 28/06/2024   Informe Técnico 26/06/2024 Certificado del Inventario de Bienes 28/06/2024 Informe de Intervención 28/06/2024     LEGISLACIÓN APLICABLE   La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:   — Los artículos 6 y 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias.   — Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.   — Los artículos 32.1 y 4 y 36.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.   — El artículo 79.2 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.   Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 22 ACTA DEL PLENO 2022 tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias.   Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE solicitante el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales pero de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal.   SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes.   Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://garafia.sedelectronica.es].   Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, la que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable.   No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. Documento firmado electrónicamente” Explicado la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 22 ACTA DEL PLENO DICTAMEN PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE solicitante el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales pero de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal.   SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes.   Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://garafia.sedelectronica.es].” No habiendo intervenciones, se somete el Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE solicitante el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales pero de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal.   SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes.   Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://garafia.sedelectronica.es]. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 22 ACTA DEL PLENO 4.- PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES DE MODIFICACIÓN DE LAS ESTIPULACIONES CUARTA Y QUINTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ESTE ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE BURACAS PARA LA GESTIÓN DE "EL TRUEQUE". ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la propuesta de la Concejala Delgada de Servicios Sociales que trascrita literalmente a continuación dice: “PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES DE MODIFICACIÓN DE LAS ESTIPULACIONES CUARTA Y QUINTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ESTE ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE BURACAS PARA LA GESTIÓN DE "EL TRUEQUE" Con fecha 21 de marzo de 2024, el Pleno de la Corporación en sesión Extraordinaria, aprobó el Convenio de colaboración entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos Buracas para la gestión de “El Trueque”. En el Convenio aprobado, en su Estipulación CUARTA se recoge que: “CUARTA: LA DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir del 1 de enero del 2024 hasta el hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta cuando la administración lo estime, previo aviso, puesto que el nombrado local tiene previsto un uso diferente para el año 2025. Si la actividad del Trueque se viera suspendida por la mencionada razón, se abonaría por parte de Asociación Vecinos de Buracas la cuantía correspondiente a 300 euros al mes, por los meses que se no se ha podido prestar el servicio.” Así mismo la Estipulación QUINTA recoge que: “QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio, realizadas por escrito con una antelación mínima de un mes. b) El mutuo acuerdo. c) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio.” Con posterioridad al Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, se presenta solicitud de cesión de local por parte de Fundación con interés social sin ánimo de lucro para la puesta en marcha del proyecto “VIVIENDA TUTELADA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” y se tiene previsto a corto plazo y dentro del presente año 2024 se dé inicio al proyecto mencionado. Que el correspondiente expediente administrativo para el cambio de uso del Local que nos ocupa ya ha sido iniciado. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 22 ACTA DEL PLENO Habiéndose dado la conformidad para el inicio del expediente de cesión de inmueble propiedad de esta Corporación, sito en el Barrio de Las Tricias, a la Fundación Canaria ISONORTE, entidad sin ánimo de lucro, fundada en 1997, que tiene como misión ejecutar todas aquellas actuaciones y actividades encaminadas a la atención social y formación integral de las personas con diversidad funcional y a la intermediación e inserción laboral de las personas en situación de exclusión social. Que por parte de esta Administración se han mantenido contactos con la Asociación de Vecinos Buracas habiéndoseles comunicado las nuevas circunstancias y de mutuo acuerdo se ha decidido modificar las Estipulaciones CUARTA y QUINTA del mencionado convenio. Por todo lo expuesto se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente: ACUERDO PRIMERO.- MODIFICAR las Estipulaciones CUARTA y QUINTA del Convenio a suscribir entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos Buracas para la gestión de “El Trueque” debiendo quedar las mismas con la siguiente redacción: “CUARTA: LA DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir del 1 de enero del 2024 hasta cuando la administración lo estime, previo aviso, puesto que el nombrado local tiene previsto un uso diferente a lo largo del año 2024. Establecer un plazo de dos semanas contadas a partir del día siguiente a la recepción del aviso de finalización del Convenio, para el desalojo del edificio en su totalidad. Si la actividad del Trueque se viera suspendida por la mencionada razón, se abonaría por parte de Asociación Vecinos de Buracas la cuantía correspondiente a 300 euros al mes, por los meses que se no se ha podido prestar el servicio. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio, realizadas por escrito y en concordancia con lo establecido en plazos en la estipulación anterior. b) El mutuo acuerdo. c) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio.” SEGUNDO.- APROBAR la nueva redacción del Convenio a suscribir entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos Buracas para la gestión de “El Trueque” que queda con la siguiente redacción: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE BURACAS PARA LA GESTIÓN DE EL TRUEQUE. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 22 ACTA DEL PLENO De una parte D. José Ángel Sánchez Rodríguez, en calidad de Alcalde- Presidente del ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA con CIF P3801600B y domicilio en la C/ Díaz y Suárez, actuando en nombre y representación de esa Corporación. De otra parte, la Asociación de vecinos Buracas, con CIF G38376406 y domicilio fiscal en Los Barreros, Las Tricias, Villa de Garafía, e inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 3007. EXPONEN Que los estatutos de la Asociación de vecinos Buracas, en su artículo 2, contemplan los siguientes fines: 1. Representar los intereses vecinales en todas las cuestiones de interés común que le sean propias y actuar como centro de actividades vecinales. 2. Gestionar de las autoridades competentes la adopción de medias que se consideren que han de reanudar en la promoción y atención de desarrollo social, que se eleve adecuada y dignamente a los medios de vida y subsistencia vecinal de estos. 3. Cooperar y vigilar el buen funcionamiento de las actividades e instituciones, elevando al efecto las oportunas propuestas, quejas, informaciones y denuncias. 4. Asistir a las Autoridades y Juntas encargadas de la asistencia social en todas sus formas y secunden las mismas en las iniciativas que puedan convenir a los intereses de los socios. 5. Colaborar en todas las cuestiones de buena vecindad y protección de menores. 6. Fomentar la creación de asociaciones juveniles como causa de las inquietudes de los hijos de los asociados. 7. Alentar a la unión y la hermandad entre los socios, organizando acciones de carácter recreativo, deportivo, cultural, formativo, social, etc. Que contribuyen a crear un ambiente de grata convivencia. 8. Promover la solución de los problemas relativos a la higiene, salubridad, urbanismo, enseñanza, infancia, minusvalía y tercera edad. 9. Desarrollar la cooperación de todas aquellas personas que poseen interés de cualquier clase, dentro de unos planteamientos razonables, en orden de una mejor defensa de los intereses comunes. 10. Cualesquiera otros análogos a los anteriores ESTIPULACIONES PRIMERA: El objeto del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Asociación de vecinos Buracas con la finalidad de otorgar una ayuda económica para que se lleve a cabo por parte de la asociación la gestión de “El Trueque” en base al proyecto presentado. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 22 ACTA DEL PLENO SEGUNDA: La Asociación de vecinos Buracas se compromete a: a) Recoger las donaciones que se hacen al servicio, seleccionarla y exponerla en buenas condiciones. b) Mantener el servicio de lavandería. c) Mantener un horario y unos días fijos de apertura para ofrecer el servicio con garantías. d) Mantener las instalaciones y sus inmediaciones limpias y en correcto estado. TERCERA: El Ayuntamiento de La Villa de Garafía tendrá las siguientes obligaciones y derechos: a) Colaborar con la iniciativa con una aportación de 3.600€ b) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo disolver el mismo, si la asociación incumpliera sus estipulaciones o los objetivos y fines señalados en este. c) Colaborar con la Asociación. CUARTA: LA DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir del 1 de enero del 2024 hasta cuando la administración lo estime, previo aviso, puesto que el nombrado local tiene previsto un uso diferente a lo largo del año 2024. Establecer un plazo de dos semanas contada a partir del día siguiente a la recepción del aviso de finalización del Convenio, para el desalojo del edificio en su totalidad. Si la actividad del Trueque se viera suspendida por la mencionada razón, se abonaría por parte de Asociación Vecinos de Buracas la cuantía correspondiente a 300 euros al mes, por los meses que se no se ha podido prestar el servicio. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio, realizadas por escrito y en concordancia con lo establecido en plazos en la estipulación anterior. b) El mutuo acuerdo. c) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio.” SEXTA: Ambas partes se comprometen a realizar cuantos actos y a otorgar cuantos documentos públicos sean precisos para la debida formalización, constancia y desarrollo de lo convenido. SEPTIMO: RÉGIMIEN JURÍDICO. El presente Convenio de Colaboración se encuadra jurídicamente en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 22 ACTA DEL PLENO aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, estando, por tanto, excluido de su aplicación directa, si bien se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan surgir durante su vigencia. Asimismo, el presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. El alcalde de la Villa de Garafía Presidenta de la Asociación de Vecinos Buracas” TERCERO.- Que se dé traslado a la Asociación de vecinos Buracas del presente acuerdo, para su conocimiento y se le emplace para la firma del mismo. No obstante el Pleno de la Corporación con su mejor criterio resolverá lo que estime más oportunos. LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES Fdo. Daina del Arco Iris Sgobino Gallizio Documento firmado electrónicamente” Toma la palabra la Sra. Concejala del Grupo Municipal Socialista Doña Vanesa Pérez Pérez preguntando por las otras dos asociaciones que tienen también sus sedes en el edifico del antiguo Colegio de Las Tricias, si se les ha avisado del cambio de uso y posible desalojo y si se ha podido ver posibles nuevas ubicaciones. Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente explicando que sí que se ha hablado con todas y que se están viendo posibles ubicaciones aunque está un poco complicado ya que el Ayuntamiento no tiene locales suficientes que se encuentren en adecuado estado de uso pero, que se sigue trabajando para poder conseguir ubicación para todos. También pregunta la Sra. Concejala Doña Vanesa Pérez Pérez si la Asociación de Vecinos Buracas no ha cobrado nada y pregunta por qué el convenio no se ha suscrito. Se le informa a la Sra. Concejala que en el momento que se pretendía la firma del Convenio la Asociación no contaba con firma digital y tenían que actualizar determinados documentos y, en ese espacio de tiempo en que han actualizado datos y conseguido firma digital, es cuando ha surgido el tema de ISONORTE que da pie a esta modificación. No habiendo más intervenciones, se somete la Propuesta de la Concejala Delegada de Servicios Sociales a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 22 ACTA DEL PLENO El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- MODIFICAR las Estipulaciones CUARTA y QUINTA del Convenio a suscribir entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos Buracas para la gestión de “El Trueque” debiendo quedar las mismas con la siguiente redacción: “CUARTA: LA DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir del 1 de enero del 2024 hasta cuando la administración lo estime, previo aviso, puesto que el nombrado local tiene previsto un uso diferente a lo largo del año 2024. Establecer un plazo de dos semanas contadas a partir del día siguiente a la recepción del aviso de finalización del Convenio, para el desalojo del edificio en su totalidad. Si la actividad del Trueque se viera suspendida por la mencionada razón, se abonaría por parte de Asociación Vecinos de Buracas la cuantía correspondiente a 300 euros al mes, por los meses que se no se ha podido prestar el servicio. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. d) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio, realizadas por escrito y en concordancia con lo establecido en plazos en la estipulación anterior. e) El mutuo acuerdo. f) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio.” SEGUNDO.- APROBAR la nueva redacción del Convenio a suscribir entre este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos Buracas para la gestión de “El Trueque” que queda con la siguiente redacción: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE BURACAS PARA LA GESTIÓN DE EL TRUEQUE. De una parte D. José Ángel Sánchez Rodríguez, en calidad de Alcalde- Presidente del ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA con CIF P3801600B y domicilio en la C/ Díaz y Suárez, actuando en nombre y representación de esa Corporación. De otra parte, la Asociación de vecinos Buracas, con CIF G38376406 y domicilio fiscal en Los Barreros, Las Tricias, Villa de Garafía, e inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 3007. EXPONEN Que los estatutos de la Asociación de vecinos Buracas, en su artículo 2, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 22 ACTA DEL PLENO contemplan los siguientes fines: 11. Representar los intereses vecinales en todas las cuestiones de interés común que le sean propias y actuar como centro de actividades vecinales. 12. Gestionar de las autoridades competentes la adopción de medias que se consideren que han de reanudar en la promoción y atención de desarrollo social, que se eleve adecuada y dignamente a los medios de vida y subsistencia vecinal de estos. 13. Cooperar y vigilar el buen funcionamiento de las actividades e instituciones, elevando al efecto las oportunas propuestas, quejas, informaciones y denuncias. 14. Asistir a las Autoridades y Juntas encargadas de la asistencia social en todas sus formas y secunden las mismas en las iniciativas que puedan convenir a los intereses de los socios. 15. Colaborar en todas las cuestiones de buena vecindad y protección de menores. 16. Fomentar la creación de asociaciones juveniles como causa de las inquietudes de los hijos de los asociados. 17. Alentar a la unión y la hermandad entre los socios, organizando acciones de carácter recreativo, deportivo, cultural, formativo, social, etc. Que contribuyen a crear un ambiente de grata convivencia. 18. Promover la solución de los problemas relativos a la higiene, salubridad, urbanismo, enseñanza, infancia, minusvalía y tercera edad. 19. Desarrollar la cooperación de todas aquellas personas que poseen interés de cualquier clase, dentro de unos planteamientos razonables, en orden de una mejor defensa de los intereses comunes. 20. Cualesquiera otros análogos a los anteriores ESTIPULACIONES PRIMERA: El objeto del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Asociación de vecinos Buracas con la finalidad de otorgar una ayuda económica para que se lleve a cabo por parte de la asociación la gestión de “El Trueque” en base al proyecto presentado. SEGUNDA: La Asociación de vecinos Buracas se compromete a: e) Recoger las donaciones que se hacen al servicio, seleccionarla y exponerla en buenas condiciones. f) Mantener el servicio de lavandería. g) Mantener un horario y unos días fijos de apertura para ofrecer el servicio con garantías. h) Mantener las instalaciones y sus inmediaciones limpias y en correcto estado. TERCERA: El Ayuntamiento de La Villa de Garafía tendrá las siguientes obligaciones y derechos: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 22 ACTA DEL PLENO d) Colaborar con la iniciativa con una aportación de 3.600€ e) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo disolver el mismo, si la asociación incumpliera sus estipulaciones o los objetivos y fines señalados en este. f) Colaborar con la Asociación. CUARTA: LA DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir del 1 de enero del 2024 hasta cuando la administración lo estime, previo aviso, puesto que el nombrado local tiene previsto un uso diferente a lo largo del año 2024. Establecer un plazo de dos semanas contada a partir del día siguiente a la recepción del aviso de finalización del Convenio, para el desalojo del edificio en su totalidad. Si la actividad del Trueque se viera suspendida por la mencionada razón, se abonaría por parte de Asociación Vecinos de Buracas la cuantía correspondiente a 300 euros al mes, por los meses que se no se ha podido prestar el servicio. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. d) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio, realizadas por escrito y en concordancia con lo establecido en plazos en la estipulación anterior. e) El mutuo acuerdo. f) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio.” SEXTA: Ambas partes se comprometen a realizar cuantos actos y a otorgar cuantos documentos públicos sean precisos para la debida formalización, constancia y desarrollo de lo convenido. SEPTIMO: RÉGIMIEN JURÍDICO. El presente Convenio de Colaboración se encuadra jurídicamente en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, estando, por tanto, excluido de su aplicación directa, si bien se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan surgir durante su vigencia. Asimismo, el presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 22 ACTA DEL PLENO presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. El alcalde de la Villa de Garafía Presidenta de la Asociación de Vecinos Buracas” TERCERO.- Que se dé traslado a la Asociación de vecinos Buracas del presente acuerdo, para su conocimiento y se le emplace para la firma del mismo. 5.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS SOBRE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno del Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas que trascrito literalmente a continuación dice: “SEGUNDO.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta del Informe- Propuesta se Secretaría que trascrito literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 729/2024 Informe-Propuesta del Órgano Gestor Procedimiento: Reconocimiento Extrajudicial de Créditos    INFORME-PROPUESTA DE SECRETARIA    Vista la existencia de una obligación económica pendiente de pago e imputación presupuestaria adquirida en el ejercicio 2023 y cuyo importe asciende a 7.405/19 euros.   Visto que ha quedado acreditado que la obligación económica pendiente se considera indebidamente adquirida por concurrir alguno/os de los supuestos que recoge el Tribunal de Cuentas en su clasificación de obligaciones indebidamente adquiridas.   Visto el informe de fiscalización con reparo suspensivo emitido por el órgano de control interno local en fecha 08 de marzo de 2023.   Vista la prestación realizada y el defecto o vicio observado del que adolece el acto administrativo objeto de este expediente puede enmarcarse el artículo 37 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que prohíbe expresamente la contratación verbal, excepto en casos de emergencia, en relación con el artículo 47.1 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que prevé como causa de nulidad los actos dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.   A la vista de los siguientes antecedentes:   Documento Fecha Providencia de Alcaldía  24/06/2024 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 22 ACTA DEL PLENO Informe del Órgano Gestor  28/06/2024 Informe del Servicio Jurídico  28/06/2024 Informe de Intervención  28/06/2024   LEGISLACIÓN APLICABLE   — Los artículos 163, 173.5 y 176 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 25.1, 26.1, 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 47, 106, 108 y 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. — El artículo 28 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local —    El artículo 129 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. — Norma específica con rango de ley que correspondan en función de la materia. — Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.   Por ello, una vez examinada la documentación que acompaña el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos, previa dotación al gasto del título jurídico necesario para su imputación al presupuesto, el que suscribe eleva la siguiente propuesta:  INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN   PRIMERO. Aprobar, a la vista de los informes emitidos anteriormente, la liquidación de las cantidades a satisfacer derivadas de la prestación referida perteneciente al ejercicio 2023, y cuya liquidación asciende a la cantidad de 7.405,19 euros por considerar que existen razones de interés público que aconsejan no acudir a la vía de la revisión de oficio por los graves perjuicios que ello podría ocasionar para el tercero que actúa de buena fe.   SEGUNDO. Iniciar los trámites necesarios para reconocer extrajudicialmente los créditos pendientes de imputación presupuestaria y su aplicación al presupuesto del ejercicio 2024.” Explicado la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 22 ACTA DEL PLENO La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO. Aprobar, a la vista de los informes emitidos anteriormente, la liquidación de las cantidades a satisfacer derivadas de la prestación referida perteneciente al ejercicio 2023, y cuya liquidación asciende a la cantidad de 7.405,19 euros por considerar que existen razones de interés público que aconsejan no acudir a la vía de la revisión de oficio por los graves perjuicios que ello podría ocasionar para el tercero que actúa de buena fe.   SEGUNDO. Iniciar los trámites necesarios para reconocer extrajudicialmente los créditos pendientes de imputación presupuestaria y su aplicación al presupuesto del ejercicio 2024.” No habiendo intervenciones, se somete el Dictamen de la Comisión Informativa y Especial de Cuentas a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Aprobar, a la vista de los informes emitidos anteriormente, la liquidación de las cantidades a satisfacer derivadas de la prestación referida perteneciente al ejercicio 2023, y cuya liquidación asciende a la cantidad de 7.405,19 euros por considerar que existen razones de interés público que aconsejan no acudir a la vía de la revisión de oficio por los graves perjuicios que ello podría ocasionar para el tercero que actúa de buena fe.   SEGUNDO. Iniciar los trámites necesarios para reconocer extrajudicialmente los créditos pendientes de imputación presupuestaria y su aplicación al presupuesto del ejercicio 2024. 6.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS SOBRE INCREMENTO RETRIBUCIONES PERSONAL LABORAL Y CUMPLEMENTOS FUNCIONARIOS DE CONFORMIDAD CON EL RDL 4/2024. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la Corporación del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas que trascrito literalmente a continuación dice: “TERCERO.- INCREMENTO RETRIBUCIONES PERSONAL LABORAL Y COMPLEMENTOS FUNCIONARIOS DE CONFORMIDAD CON EL RDL 4/2024. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 22 ACTA DEL PLENO Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta de la Propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Publicado el Real Decreto-ley 4/2024, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, que incluye, entre otras medidas, establece concretamente en el Título I artículo 6, que en el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos General del Estado para el año 2023, en término de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024. También con efectos desde el 1 de enero de 2024, se aplicará, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024. A estos efectos, una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA del año 2024, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE. De conformidad con la Legislación aplicable y celebrada Mesa de Negociación de esta Administración con los representantes de sindicales del personal laboral de este Ayuntamiento, en la que se acordó por ambas partes aprobar la subida adicional del 2 % de la masa salarial del personal laboral. Así miso se acordó, que llegado el caso de aprobarse el 0,5 por ciento, en caso de que la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superar el incremento retributivo fijo acumulado de 2023, 2023 y 2024 se aprueba la subida salarial del 0,5 por ciento de la masa salarial del personal laboral. Teniendo en cuenta que este incremento será automático respecto de las retribuciones básicas y pagas extraordinarias, así como complemento de destino de las funcionarias, pero no así para el complemento específico ni para el resto de retribuciones complementarias del personal funcionario, ni para las retribuciones del personal laboral, siendo necesario para su aplicación, si así lo estiman ya que no es potestativo, acto expreso de la entidad, con acuerdo del Pleno para aplicar dichos incrementos. Por lo expuesto esta Alcaldía propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento de las retribuciones del 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 del personal laboral en retribuciones básica, pagas extraordinarias y resto de retribuciones complementarias. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 22 ACTA DEL PLENO SEGUNDO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento del 2% del complemento específico y resto de retribuciones complementarias del personal funcionario. TERCERO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento del salario del personal laboral, con efectos 1 de enero de 2024, siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. CUARTO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento con efectos 01 de enero de 2024, en el complemento específico y resto de retribuciones complementaria del personal funcionario siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. QUINTO.- Dar traslado al servicio de intervención para que se lleven a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias. No obstante, la Corporación con su mejor criterio, acordará lo que estime más oportuno. Documento firmado electrónicamente” Explicado la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento de las retribuciones del 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 del personal laboral en retribuciones básica, pagas extraordinarias y resto de retribuciones complementarias. SEGUNDO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento del 2% del complemento específico y resto de retribuciones complementarias del personal funcionario. TERCERO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento del salario del personal laboral, con efectos 1 de enero de 2024, siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. CUARTO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento con efectos 01 de enero de 2024, en el complemento específico y resto de retribuciones complementaria del personal funcionario siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 22 ACTA DEL PLENO QUINTO.- Dar traslado al servicio de intervención para que se lleven a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias.” No habiendo intervenciones, se somete el asunto a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento de las retribuciones del 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 del personal laboral en retribuciones básica, pagas extraordinarias y resto de retribuciones complementarias. SEGUNDO.- Aprobar con efectos de 01 de enero de 2024, el incremento del 2% del complemento específico y resto de retribuciones complementarias del personal funcionario. TERCERO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento del salario del personal laboral, con efectos 1 de enero de 2024, siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. CUARTO.- Entenderse aprobado el incremento del 0,5 por ciento con efectos 01 de enero de 2024, en el complemento específico y resto de retribuciones complementaria del personal funcionario siempre y cuando sea aprobado por Consejo de Ministros y se efectué la correspondiente publicación en el BOE. QUINTO.- Dar traslado al servicio de intervención para que se lleven a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias. 7.- INFORME DE SEGUIMIENTO DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN LOS INFORMES DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS, EJERCICIOS 2018 Y 2019. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la Corporación del Informe del Grado de cumplimiento de las recomendaciones realizadas por la Audiencia de Cuentas de Canarias en las Fiscalizaciones aprobada por el Pleno de la Institución en los ejercicios 2018 y 2019 aprobado por el Pleno de esa Audiencia en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2023. No habiendo intervenciones, se somete el asunto a votación, quedando de la siguiente manera: VOTOS A FAVOR: 4 (CUATRO) 3 del Grupo Municipal Partido Popular, 1 del Grupo Municipal Socialista.- VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO).- ABSTENCIONES: 0 (CERO).- Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 22 ACTA DEL PLENO El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Tomar conocimiento del Informe del Grado de cumplimiento de las recomendaciones realizadas por la Audiencia de Cuentas de Canarias en las Fiscalizaciones aprobada por el Pleno de la Institución en los ejercicios 2018 y 2019 remitido por la Audiencia de Cuentas de Canarias.   SEGUNDO. Que del presente Acuerdo se dé cuenta a la Audiencia de Cuentas de Canarias para su conocimiento y efectos oportunos. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ ALCALDE-PRESIDENTE levanta la Sesión siendo las 10:15 horas, de lo cual como Secretaria-Acctal. doy fe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2024-0012 Fecha: 10/10/2024 Cód. Validación: 37C79DJZWNPNN9KYQSQM244RM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 22 ACTA DEL PLENO