ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA COMISION INFORMATIVA HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS CON CARÁCTER ORDINARIO DE FECHA 31 DE MAYO DE 2024.- Sres. Asistentes Sr. Presidente Don José Ángel Sánchez Rodríguez En la Villa de Garafía, siendo las 12:00 horas del día 31 de Mayo de 2024, se constituyó en el Salón de Comisiones de esta Casa Consistorial la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas, con la asistencia de los Sres. relacionados al margen y la excusa de Doña Glemis Rodríguez Pérez. NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 2) SECRETARIA - INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 10/06/2024 HASH: ba9948e07d1be4caa710850d6fdd2e4f Sres. Concejales Doña Vanesa Pérez Pérez Doña Lorena Rodríguez Pérez Doña Daina del Arco Iris Sgobino Sra. Secretaria- Interventora - Acctal. Doña Nieves Yolanda Pérez Lorenzo. 1.- PROPUESTA DE ALCALDE DE APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA ADENDA AL CONVENIO CON RADIO ECCA Y ESTA ENTIDAD. DICTAMEN QUE PROCEDA. JOSE ANGEL SANCHEZ RODRIGUEZ (2 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 10/06/2024 HASH: da603172aae4c0ca2c45591233e7d75b Explicada la modificación del convenio, se somete a votación, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (Grupo Municipal 1 PSOE, Grupo Municipal 2 PP, Grupo Mixto 1) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- Aprobar la modificación del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y el ECCA.EDU y que se trascribe a continuación: " "ADENDA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE GARAFÍA Y ECCA.EDU Villa de Garafía a ___ de abril de 2024 De una parte, D. José Ángel Sánchez Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villa de Garafía, con C.I.F: P3801600B, y con domicilio en Calle Díaz y Suárez 1 CP 38788, Garafía, La Palma, Santa Cruz de Tenerife, autorizada para este acto en virtud de las atribuciones que su cargo le confiere. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA La sesión se celebra en 1ª Convocatoria y con carácter Ordinario. Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Declarado abierto el acto, se procede a dar cuenta del Orden del Día. De otra parte, Don. José María Segura Salvador, con D.N.I. n° 52739332 - X, como Director General de Radio ECCA, Fundación Canaria, con C.I.F: G35103431, entidad inscrita con el número 2 en el Registro de Fundaciones Canarias y domiciliada en la Avda. Escaleritas 64-1° CP 35011 de Las Palmas de Gran Canaria. Ambos comparecientes intervienen con la representación que ostentan de ambas Entidades y en el ejercicio de las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad en derecho para la formalización de este Convenio de Colaboración, y en orden al mismo, EXPONEN: I.- Que vista la oferta educativa de Radio Ecca y el alumnado del municipio de Garafía, se ha considerado oportuno llevar a cabo una modificación del Convenio nº 2024-0005 de fecha 11/03/2024, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 01 de febrero de 2024, en las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA.- Incrementar el importe inicial en 1.000 euros, quedando un importe total de 2.000 euros a ECCA.EDU para las ayudas a la formación reglada (Educación Inicial para Personas Adultas, Educación Secundaria para Personas Adultas y Bachillerato) principalmente, y Aula Abierta. SEGUNDA.- Ampliar la vigencia del convenio hasta el 30 de junio de 2025, y se renovará de forma automática cada año natural, salvo denuncia, expresa y por escrito, realizada por cualquiera de las partes y comunicada con la antelación suficiente y en todo caso con dos meses de preaviso. El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Villa de Garafía El Director General de Radio ECCA, Fundación Canaria Fdo: D. José Ángel Sánchez Rodríguez Fdo: D. José María Segura Salvador SEGUNDO.- Facultar al Alcalde para la firma de la adenda aprobada en el apartado anterior. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ESTA ENTIDAD Y LA ASOCIACIÓN EXODUS PARA SERVICIOS JURÍDICOS EN MATERIA DE EINMIGRACIÓN. DICTAMEN QUE PROCEDA. Se da explicación del convenio, se transcribe a continuación la propuesta de Alcaldía " PROPUESTA DE ALCALDÍA En vista a la demanda por parte de inmigrantes residentes en este municipio, de asesoramiento jurídico y acompañamiento en trámites burocráticos, y existiendo una asociación que oferta en sus estatutos contempla este objetivo, se considera conveniente formalizar convenio de colaboración. Comprada la existencia de consignación presupuestaria, para hacer frente al gasto propuesto, Se propone al pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Asociación Socio Cultural Cooperación Canaria, para la defensa y cohesión social y cultural y económica (EXODU) y que trascrito literalmente dice así; " CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN “EXODUS” De una parte D. José Ángel Sánchez Rodríguez, en calidad de Alcalde- Presidente del ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA con CIF P3801600B y domicilio en la C/ Díaz y Suárez, nº1 actuando en nombre y representación de esa Corporación. De otra parte la Asociación Socio cultural “Cooperación Canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”, con CIF: G 02694867 y domicilio C/ Fernández Taño nº 58, Los Llanos de Aridane-38760, S/C de Tenerife. EXPONEN: Que los estatutos de “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”, contemplan en su artículo 2, los siguientes fines: 1. Estudiar y proponer soluciones que afecten a las personas en aspectos educativos, jurídicos, morales, representativos, sanitarios, económicos, asistenciales y cuantos conduzcan al mejor logro de estos fines y asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. 2. Potenciar y apoyar cualquier iniciativa de intercambio cultural y convivencia en igualdad. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 3. Contextualizar las acciones de la asociación en un espíritu de solidaridad, tolerancia, igualdad, respeto y enriquecimiento intercultural. 4. Prevenir y denunciar todo tipo de discriminación por razón de origen y raza, a través de medidas específicas basadas en valores democráticos, en la igualdad de oportunidades y en la confianza de que el hecho migratorio mejorará nuestra sociedad y sus generaciones presentes y futuras y asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil o penal, o procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. 5. Realizar todo tipo de iniciativas legales ante los organismos que sean de su ámbito de actuación con el fin de obtener los recursos necesarios para sus actividades. 6. Favorecer la igualdad de género y la promoción cultural, social y laboral de las mujeres, asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil o penal, o cualquier otra que permita el derecho en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. 7. Prestar un servicio social especifico de atención y ayuda a las personas de origen extranjero, defender los derechos de las personas migrantes: legales, laborales, sociales o de cualquier índole, tanto de forma judicial, administrativa, como extrajudicial, apoyar el proceso de integración de las personas migrantes en la sociedad de acogida y muy especialmente de aquellos que se encuentren en especial riesgo de exclusión: menores, familias, jóvenes, reclusos, refugiados. Promover la igualdad de oportunidades de las mujeres inmigrantes, sensibilizar a la sociedad de acogida acerca de la realidad de la inmigración de las personas de origen extranjero, denunciar situaciones de discriminación de las personas migrantes, facilitar el acceso a las personas inmigrantes a los servicios de asistencia social, jurídicos, sanitarios, de vivienda, educativos, culturales, deporte, creación artística, acceso a las nuevas tecnologías y cualesquiera otros relacionados con el ámbito de actuación de esta entidad, promocionar el asociacionismo Pro inmigrantes y de los inmigrantes mismos. 8. Ostentar la representación en el ámbito local, insular y provincial y nacional para elevar peticiones y recursos ante organismos provinciales y nacionales. 9. Defender y proteger los legítimos intereses de los extranjeros en el territorio nacional, de los consumidores y usuarios en sus problemas con cualquier producto o servicios prestados como consumidores finales, en especial los financieros, de seguros, bancarios, los de grandes sectores como las telecomunicaciones, el transporte, la energía, o cualquiera que pueda tener relación y afectar a los consumidores. 10. Difundir y defender los derechos de los consumidores y usuarios, en cuanto son Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 personas que compran o utilizan bienes para su uso individual, familiar o colectivo y resultan afectados por los diferentes aspectos de la vida social que inciden directa o indirectamente ene l consumidor o usuario. 11. Asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a los consumidores y usuarios ante cualquier situación de abuso, falta o defectos de información y cualquier problema como consumidores finales, así como en su condición de titulares de acciones, deuda, híbridos y en general cualquier otro producto que la ingeniería financiera de las entidades desarrolle en un futuro. 12. Participar, tanto directamente como a través de sus socios y simpatizantes en las Juntas Generales de Sociedades Cotizadas, en especial las que tengan relación con los servicios financieros (de acuerdo con lo previsto en la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Sociedades Anónimas con el fin de defender los intereses de los grupos de pequeños accionistas), con sectores de gran impacto en los consumidores como las telecomunicaciones, el transporte y la energía y en general con productos o servicios de uso común, ordinario y generalizado según lo fijado por el Real Decreto de 1 de septiembre 1507/2000, a los efectos previstos en los artículos 2.2, 11.2 y 11.5 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, disposición adicional segunda de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y normas concordantes. Por último, a participar activamente en la política de Responsabilidad Social Corporativa de las empresas, organismos e instituciones. 13. Defender y asesorar a sus asociados y a los ciudadanos en general ante cualquier circunstancia de las previstas en texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. 14. Fomentar entre asociados y consumidores una cultura del consumo responsable, impulsando una posición activa y crítica de los consumidores en todos los ámbitos y un nuevo modelo de consumo y un nuevo consumidor que supere el tradicional modelo de consumismo exacerbado. 15. Alcanzar progresivamente, por medio de constantes y sucesivas reformas, solicitados de los Poderes Públicos, la revisión de nuestro ordenamiento legal y administrativo de modo que responda con plena adecuación a los nuevos problemas y situaciones creados en la sociedad actual, que no pueden ser resueltos por las formulaciones tradicionales y hacen necesaria la formación y desarrollo de un Derecho del consumo. Obtener la igualdad de oportunidades y de trato, audiencia y participación en todos los planos y materiales, con la producción, el comercio y los servicios, concediendo a los consumidores y usuarios, conforme a la Justicia y la Equidad, idéntica representación, iguales medios técnicos y económicos y las mismas facilidades de cualquier clase. 16. Reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de los consumidores y usuarios y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción del consumidor individual. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 17. Cualesquiera otros fines u objetivos que afecten directa o indirectamente a los derechos e intereses a nivel de consumo, educativo, jurídico, moral, representativos, sanitarios, económicos, asistenciales, religión, sexo, de igualdad, y cualquier otra naturaleza, así como los derechos de los extranjeros que como los colectivos o personas empleando siempre los medios que permita y conceda la legalidad vigente. Cualesquiera otros fines u objetivos que afecten directa o indirectamente a los derechos e intereses de los consumidores y usuarios españoles, empleando siempre los medios que permita y conceda la legalidad vigente. Que el objetivo de este convenio es presentar un marco de colaboración para proporcionar orientación e información socio-jurídica, mediante una atención personal y directa a las personas de origen extranjero del municipio de La Villa de Garafía, solucionando sus dudas a través de un personal especializado. ESTIPULACIONES PRIMERA: El objeto del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Asociación Socio cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS) con la finalidad prestar servicio específico de atención y ayuda a las personas de origen extranjero, en los que se les de asesoramiento jurídico ante los trámites y gestiones de cara a regularizar su estancia en el municipio. SEGUNDA: La Asociación Socio Cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”se compromete a: Organizar las siguientes actividades:  Trámites y gestiones.  Acciones de asesoramiento e información.  Acciones de acompañamiento.  Exposiciones, charlas y cursos de formación.  Asistencia y colaboración en foros de debate y opinión  Efectuar acciones encaminadas a la promoción de las mujeres en todos los ámbitos (social, cultural, laboral, formativo, etc.)  Consultas externas.  Elaborar cualquier actividad lícita que sirva al cumplimiento de los fines de la asociación  Asesoramiento y defensa de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos afectados. TERCERA: El Ayuntamiento de La Villa de Garafía tendrá las siguientes obligaciones y derechos: a) Colaborar con la Asociación, haciendo una aportación económica de 3.000,00€. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 b) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo resolver si la Asociación incumpliera sus estipulaciones o los objetivos y fines señalados en el mismo. c) Ofrecer un espacio de trabajo donde recibir a los usuarios, el cual disponga de mesa, silla y ordenador y conexión a internet. d) Facilitar a la población la información de los servicios que prestará la asociación. e) Colaborar con la agenda de los usuarios. f) El ayuntamiento podrá dejar de dar el servicio si no hubiera respuesta por parte de los usuarios. g) El ayuntamiento no asumirá ningún coste adicional al nombrado en el apartado a) de la tercera estipulación. CUARTA: Vigencia del Convenio El presente Convenio tendrá una Vigencia de tres años y finalizada está, podrá prorrogarse anualmente de forma automática, si ninguna de las partes ha denunciado el mismo, con al menos un mes de antelación a su vencimiento. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La no disponibilidad presupuestaria para el fin del objeto del convenio. b) El mutuo acuerdo. c) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio por alguna de las partes. SEXTA: Ambas partes se comprometen a realizar cuantos actos y a otorgar cuantos documentos públicos sean precisos para la debida formalización, constancia y desarrollo de lo convenido. SEPTIMO: RÉGIMIEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de Noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de la febrero de 2014. Asimismo, el presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. José Ángel Sánchez Rodríguez Alcalde - Presidente de la Villa de Garafía Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Villa de Garafía, a __ de mayo de 2024; de lo que, como Secretaria-Interventora Acctal., doy fe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE" SEGUNDO.- Facultar al Alcalde para la firma del convenio aprobado en el apartado anterior. No obstante, la Comisión Informativa dictaminará lo que estime oportuno." Tras amplio debate y deliberación del asunto, se somete a votación y se acuerda por unanimidad de los asistentes, el borrador del convenio, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (Grupo Municipal 1 PSOE, Grupo Municipal 2 PP, Grupo Mixto 1) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- APROBAR el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Asociación de Vecinos de buracas para la gestión de “El Trueque”. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del convenio aprobado en el apartado anterior. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo adoptado por el Pleno, a la Intervención Municipal, para su conocimiento y trámite oportuno. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Presidente de la Asociación Socio cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)” Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE ADENDA PARA LA RENOVACIÓN DEL CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE COBRO EN VÍA EJECUTIVA DE LOS DÉBITOS ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA CON EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA. DICTAMEN QUE PROCEDA. Vista la Adenda para la renovación del convenio y no habiendo intervenciones se somete a votación el asunto, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (Grupo Municipal 1 PSOE, Grupo Municipal 2 PP, Grupo Mixto 1) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- APROBAR la Adenda para renovar el Convenio para la prestación del servicio de Gestión de cobro en vía ejecutiva de los débitos entre la agencia tributaria canaria con el Ayuntamiento de la Villa de Garafía. SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del convenio aprobado en el apartado anterior. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo adoptado por el Pleno, a la Intervención Municipal, para su conocimiento y trámite oportuno. 4.- REPARO SUSPENSIVO A LA FACTURA 005-23, POR IMPORTE DE 7.405,19 EUROS. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Explicado el reparo suspensivo a la factura, y conocido el informe emitido por intervención, al no existir intervención se somete a votación, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (Grupo Municipal 1 PSOE, Grupo Municipal 2 PP, Grupo Mixto 1) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- Levantar el reparo suspensivo a la factura 005-23, y dar continuidad al trámite para su aprobar y abono. 5.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA PARA LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIOS DE LA EMISIO RADIO LUZ. DICTAMEN QUE PROCEDA. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Explicada la modificación del convenio, se somete a votación, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (Grupo Municipal 1 PSOE, Grupo Municipal 2 PP, Grupo Mixto 1) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO.- Aprobar la modificación del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y el de Puntagorda y que se trascribe a continuación: " MODIFICACION DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES LOCALES PARA LA EMISIÓN COMARCALIZADA DE RADIO LUZ y DEL PROGRAMA "EL CAFÉ DE LAS 12" En La Villa de Garafía, a _____de________de 2024 REUNIDOS De una parte, DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODR, titular del DNI 421171312F, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Garafía, CIF P3801600B. Y de otra parte, DON VICENTE RODRÍGUEZ LORENZO, titular del DNI 42169423G, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Puntagorda, CIF P3802900E. INTERVIENEN: El señor José Ángel Sánchez Rodríguez, Alcalde de la Villa de Garafía, en nombre y representación del Ayuntamiento, con domicilio en C/ Díaz y Suárez nº 1 – Santo Domingo, C.P. 38787, de conformidad con lo establecido en (El Artículo 21.1b) de La Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y debidamente facultado para suscribir el presente Convenio por Acuerdo del Pleno, de fecha ____ de ____________de 2024. El Señor Vicente Rodríguez Lorenzo, Alcalde de Puntagorda, en nombre y representación del Ayuntamiento, con domicilio en Avda. de la Constitución, nº 4, Pino de La Virgen. C.P. 38789, de conformidad con lo establecido en (El Artículo 21.1b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y debidamente facultado para suscribir el presente Convenio por Acuerdo de ____________, de fecha ____ de _____________de 2024. Y así, EXPONEN Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 PRIMERO.- Los municipios de la Villa de Garafía y Puntagorda tienen cada uno de ellos una población inferior a 5000 habitantes. SEGUNDO.- Que el artículo 25.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus vecinos. TERCERO.- Que el (artículo 25.2, letra m) de dicha Ley 7/1985, de 2 de abril, establece que el municipio ejercerá competencias, en los términos de la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, en materia de promoción de la cultura y equipamientos culturales. CUARTO.- Que el artículo 26 de la referida Ley 7/1985 de 2 de abril, establece los servicios mínimos que en todo caso han de prestar los municipios, entre los cuales no figuran los servicios culturales, deportivos o turísticos, para aquellos municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, como es el caso. QUINTO.- Que el artículo 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece los Principios de las relaciones interadministrativas: “1. Las diferentes Administraciones Públicas actúan y se relacionan con otras Administraciones y entidades u organismos vinculaos o dependientes de éstas de acuerdo con los siguientes principios: a) Lealtad institucional. b) Adecuación al orden de distribución de competencias establecido en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía y en la normativa del régimen local. c) Colaboración, entendido como el deber de actuar con el resto de Administraciones Públicas para el logro de fines comunes. d) Cooperación, cuando dos o más Administraciones Públicas, de manera voluntaria y en ejercicio de sus competencias, asumen compromisos específicos en aras de una acción común. e) Coordinación, en virtud del cual una Administración Pública y, singularmente, la Administración General del Estado, tiene la obligación de garantizar la coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas afectadas por una misma materia para la consecución de un resultado común, cuando así lo prevé la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico. f) Eficiencia en la gestión de los recursos públicos, compartiendo el uso de recursos comunes, salvo que no resulte posible o se justifique en términos de su mejor aprovechamiento. g) Responsabilidad de cada Administración Pública en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos. h) Garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos en sus relaciones con las diferentes Administraciones. i) Solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución. 2.En lo no previsto en el presente Título, las relaciones entre la Administración General del Estado o las Administraciones de las Comunidades Autónomas con las Entidades que integran la Administración Local se regirán por la legislación básica en materia de régimen local.” SEXTO.- Que el artículo 141 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, establece el deber de colaboración entre las Administraciones Públicas; Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 “1. Las Administraciones Públicas deberán: a) Respetar el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias. b) Ponderar, en el ejercicio de las competencias propias, la totalidad de los intereses públicos implicados y, en concreto, aquellos cuya gestión esté encomendada a las otras Administraciones. c) Facilitar a las otras Administraciones la información que precisen sobre la actividad que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias o que sea necesaria para que los ciudadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia. d) Prestar, en el ámbito propio, la asistencia que las otras Administraciones pudieran solicitar para el eficaz ejercicio de sus competencias. e) Cumplir con las obligaciones concretas derivadas del deber de colaboración y las restantes que se establezcan normativamente. 2. la asistencia y colaboración requerida sólo podrá negarse cuando el organismo público o la entidad del que se solicita no esté facultado para prestarla de acuerdo con lo previsto en su normativa específica, no disponga de medios suficientes para ello o cuando, de hacerlo, causara un perjuicio grave a los intereses cuya tutela tiene encomendada o al cumplimiento de sus propias funciones o cuando la información solicitada tenga carácter confidencial o reservado. La negativa a prestar la asistencia se comunicará motivadamente a la Administración solicitante. 3. La Administración General del Estado, las de las Comunidades Autónomas y las de las Entidades Locales deberán colaborar y auxiliarse para la ejecución de sus actos que haya de realizarse o tengan efectos fuera de sus respectivos ámbitos territoriales. Los posibles costes que pueda generar el deber de colaboración podrán ser repercutidos cuando así se acuerde.” SEPTIMO.- El Ayuntamiento de la Villa de Garafía dispone de una emisora de radio local que emite en la comarca con el nombre de “Radio Luz”, ofreciendo un servicio de difusión de la información de interés para los vecinos de la comarca, siendo este servicio de la mayor trascendencia al considerar la dispersión de los núcleos poblacionales que la caracterizan. Que desde hace varios años, ambos Ayuntamientos vienen colaborando y compartiendo la prestación de este servicio. OCTAVO.- Que cada uno de los Ayuntamientos participantes en este acto, tienen un Departamento de Cultura, los cuales no cuentan con todos los profesionales necesarios para atender las actividades culturales a desarrollar. Por todo ello, es voluntad de estas dos Corporaciones Locales prestar un servicio público que, pese a no ser obligatorio para ellas, satisfagan de una manera profesional y digna las necesidades demandadas por sus vecinos. Y así, acuerdan suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, con sujeción a las siguientes: ESTIPULACIONES Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 La participación de las Entidades se encuadrará en la EMISIÓN COMPARTIDA DE LA EMISORA “RADIO LUZ”, para lo que se formalizó convenio de colaboración en el año 2019, encontrándose actualmente vigente. Según establece la cláusula novena del mismo, las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento, por mutuo acuerdo. Ambas entidades, han considerado la necesidad de llevar a cabo una modificación con arreglo a las siguientes, CLAUSULAS PRIMERA.- Del objeto El objeto del presente convenio es establecer un régimen de colaboración entre los Ayuntamientos de Puntagorda y el de la Villa de Garafía para la emisión compartida de la emisora de radio “RADIO LUZ” y del programa "El Café de las 12". SEGUNDA.- Medios Los Ayuntamiento han visto favorable para la prestación del servicio, la contratación del mismo, así como del programa radiofónico "El café de las 12". En este sentido, al Ayuntamiento de la Villa de Garafía, pone a disposición; - Un espacio físico adecuadamente y equipado que permite el desarrollo de la actividad, ubicado en la planta alta de la Casa de la Cultura de Santo Domingo. - Facilita un vehículo para transporte de los elementos necesarios para los programas que se realicen fuera del local de la emisora. - Personal suficiente para la tramitación del procedimiento de contratación del programa mencionado y resto de servicios, haciendo partícipe en todo aquello que se considere necesario; objeto del contrato, requisitos de participación, criterios de valoración, etc., al Ayuntamiento de Puntagorda. TERCERA.- Condiciones económicas Los Ayuntamientos se comprometen a compartir en partes iguales, los gastos de mantenimiento, reparación o reposición de los equipos, que puedan surgir. En aras a garantizar una igualdad en las condiciones económicas de las administraciones participantes, y teniendo en cuenta que el coste del servicio se estima en 58.000,00 euros (CINCUENTA Y OCHO MIL EUROS) al año, incluido IGIC, a cada Ayuntamiento le corresponde destinar el importe de VEINTINUEVE MIL EUROS (29.000,00 €) al año. Debido a que el Ayuntamiento de la Villa de Garafía será el encargado del procedimiento de contratación, tal y como se establece en la clausula anterior, y por lo tanto la entidad contratante, el Ayuntamiento de Puntagorda, una vez aprobado y firmado el presente convenio deberá realizar el pago mediante transferencia bancaria al Ayto. de la Villa de Garafía del importe acordado anteriormente para la presente anualidad, para que este último lo incorpore en la partida presupuestaria correspondiente y poder así llevar a cabo el procedimiento de contratación de servicios de conformidad con la LCSP. En los años posteriores, este ingreso debe ser transferido al Ayuntamiento de La Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Villa de Garafía, en el primer semestre del año. CUARTA.- Actividades Emisión del programa "El café de las 12" y resto de servicios que se establezcan en el contrato. Dado el carácter comarcal de la emisión de radio, las actividades a desarrollar serán decididas por los propios Ayuntamientos mediante acuerdo de la Comisión de Seguimiento que al efecto se constituya. QUINTA.- Condiciones del servicio Se acuerda que la actividad de Radio Luz, distintas a la de la emisión del programa "El Café a las 12" que se emitirá en “RADIO LUZ”, sea en horario ininterrumpido durante las 24 horas del día, con un mínimo presencial en la emisora de cuatro (4) horas diarias de lunes a viernes (de 09:00 a 13:00h), realizándose el resto del servicio y trabajo fuera de emisora, entrevistas, reportajes, grabación de actos y eventos, etc., en los días y horarios que exija cada evento y de forma flexible. La emisión del programa "El Café a las 12" que se emitirá en “RADIO LUZ”, se hará de Lunes a Viernes, en directo y con una duración aproximada de 2 horas/día. SEXTA.- Comisión de seguimiento: constitución y funciones A partir de la entrada en vigor de este Convenio y en el plazo máximo de un mes, se creará una Comisión de Seguimiento encargada de verificar y evaluar al correcto desarrollo y ejecución de los objetivos del presente convenio. La comisión estará constituida por los siguientes miembros: a) Un Presidente. b) Un representante político del área de Cultura de cada uno de los Ayuntamientos firmantes del Convenio. c) Un Secretario, que será técnico del Ayuntamiento que presida la Comisión. (Alternándose las comisiones entre ambos ayuntamientos) Será Presidente de la Comisión de Seguimiento el representante político de cada Ayuntamiento, con carácter rotatorio, por un periodo de seis meses (6). Así mismo, el Presidente podrá requerir a cualquier persona o institución para que participe en las sesiones de la Comisión en calidad de asistente con voz pero sin voto. Además, garantizará que la Comisión celebre como mínimo, en el periodo de vigencia de este convenio, tres sesiones, una por cuatrimestre. La Comisión asumirá, con carácter básico, las siguientes funciones: - Determinar las actividades a realizar por la emisora de radio “RADIO LUZ”, distintas a las de emisión del programa "El café de las 12". - Determinar el horario de emisiones, con el visto bueno del contratista/a. - Coordinar el calendario de actos y eventos que deben ser cubiertos por la emisora de radio “RADIO LUZ” en cada municipio. - Aquellas otras que puedan afectar a la emisora de radio “RADIO LUZ”. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 SÉPTIMA.- Vigencia del convenio El presente Convenio tendrá vigencia desde el momento de la firma y por un período de cuatro (4) años, pudiendo a su finalización entenderse prorrogado por anualidades, en tanto no sea denunciado por ninguna de las administraciones participantes. En caso de denuncia del convenio, deberá realizarse con DOS MESES (2) de antelación al vencimiento de éste. OCTAVA.- Modificación del convenio Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento, por mutuo acuerdo. NOVENA.- Resolución del Convenio El presente Convenio podrá resolverse por las siguientes causas: - Por mutuo acuerdo entre las partes contratantes. - Por cualquiera de las causas previstas legalmente. - Por renuncia unilateral de las partes, respecto de la misma. - Incumplimiento de alguna de las partes de sus obligaciones. - Causas sobrevenidas que imposibiliten el cumplimiento de las cláusulas del Convenio. DÉCIMA.- Incumplimiento del convenio El incumplimiento del presente Convenio por alguna de las partes dará lugar a la resolución del mismo. La parte que incumpla deberá justificar de manera motivada dicho incumplimiento y solicitar expresamente la resolución del Convenio respecto a ella. DÉCIMAPRIMERA.- Conflictos Las partes contratantes se comprometerán a resolver de manera amistosa y en el seno de la Comisión de Seguimiento, cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente Convenio. Y prueba de conformidad firman las partes el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados. documento firmado electrónicamente" SEGUNDO.- Facultar al Alcalde para la firma del convenio aprobado en el apartado anterior. 6.- PROPUESTA DEL ALCALDE SOBRE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO "SERVICIOS DE GESTIÓN DE SERVICIO EN LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LLANO NEGRO Y LAS TRICIAS EN ESTA VILLA DE GARAFÍA". DICTAMEN QUE PROCEDA. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta a los miembros integrantes de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de cuentas de la Propuesta de la Alcaldía sobre expediente de contratación de los servicios de gestión de servicio en los puntos de información turística de Llano Negro y Las Tricias en esta Villa de Garafía que trascrita literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 329/2024 Procedimiento: Contrataciones Fecha de iniciación: 04/03/2024   PROPUESTA DE ACUERDO   A la vista del expediente de contratación tramitado:   Documento Fecha Memoria justificativa 17/05/2024 Propuesta de contratación del Servicio 17/05/2024 Informe de Secretaría 20/05/2024   A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:   Contratación de los servicios de gestión de servicio en los puntos de información turística de Llano Negro y Las Tricias en esta Villa de Garafía Procedimiento: Abierto Tramitación: Ordinaria Tipo de contrato: Servicios Clasificación CPV: 63513000-8 Acepta renovación: Sí (NUEVE MESES) Presupuesto base de licitación: 327.289,72 € Impuestos: 7 % Total: 350.200,00 € Valor estimado del contrato: 327.289,72 € Impuestos: 0% Total: 327.289,72 € Fecha de inicio ejecución: Fecha fin ejecución: Duración ejecución: 48 Garantía definitiva: Sí (5% del precio final ofertado (IGIC EXCLUIDO) Garantía provisional: No Lotes:   El presente contrato no se adjudicará por lotes puesto que sus características impiden que sea posible hacerlo sin afectar a la correcta ejecución de este, tal y como admite el apartado tercero del artículo 99 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Por este motivo, se descarta la división en lotes y una pluralidad de contratistas, ya que se considera un servicio único que, en el caso de que se optara Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 Revisión de precios / fórmula: No Acepta variantes: No Duración máxima: 57 Garantía complementaria: Sí (5% en caso de presunción de anormalidad) por dividirlo: - Dificultaría la ejecución técnica, afectando a la calidad y sostenibilidad del servicio, así como a la información facilitada al visitante. - Imposibilitaría la coordinación del servicio y de la gestión óptima de las horas a prestar de información turística por parte de los informadores/as. - Generaría ineficiencias técnicas y de costes, ya que un mismo informador/a puede prestar el servicio en los distintos lugares contemplados en el contrato. Por tanto, dado su no división en lotes, el servicio en su conjunto se identificará como “Servicios de Información Turística del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía”.   Procedimiento: Abierto sujeto a regulación armonizada. Criterios de adjudicación: 14.1. Criterios cualitativos: (Máx. 40 puntos): CRITERIOS PUNTUACIÓN Criterios evaluables de forma automática: - Experiencia adicional respecto a los mínimos requeridos. - Idioma adicional o extra. 4.2. Criterios económicos: (Máx. 60 puntos): CRITERIOS PUNTUACIÓN Criterios evaluables mediante aplicación de fórmula matemática: - Mejor oferta económica. 60 PUNTOS CONSIDERANDO: Que la celebración de contratos por las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato y que deberá ser publicado en el perfil del contratante (art. 116.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público). La necesidad de la prestación objeto del contrato vendrá determinada, bien por figurar ésta en planes previamente aprobados o autorizados, bien por estimarse singularmente necesaria (art. 73.1 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre). CONSIDERANDO: Que al expediente de contratación deberá incorporarse la documentación prevista en el artículo 116.3 y en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. CONSIDERANDO: Que los contratos que celebren las Administraciones Públicas se adjudicarán con arreglo a las normas de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 40 PUNTOS 35 puntos 5 puntos español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).   Están sujetos a regulación armonizada las contrataciones cuya valor estimado, impuesto sobre el valor añadido excluido, sea igual o superior a los siguientes umbrales:   a) 5.548.000 euros en los contratos de obras.   b) 221.000 euros en los contratos de suministro y de servicios adjudicados por entidades del sector público distintas a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades y Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.   c) 144.000 euros en los contratos de suministro y de servicios adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades y Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.   d) 750.000 euros cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios sociales y otros servicios específicos enumerados en el anexo IV de la LCSP. CONSIDERANDO: Que a la vista del importe del contrato y plazo de ejecución, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente es el PLENO del Ayuntamiento de la Villa de Garafía en aplicación del apartado segundo de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. A la vista de todo lo anteriormente expuesto esta Alcaldía propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente: A C U E R D O PRIMERO : Aprobar la tramitación del expediente de contratación del servicio denominado "SERVICIOS DE GESTIÓN DE SERVICIO EN LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LLANO NEGRO Y LAS TRICIAS EN ESTA VILLA DE GARAFÍA", al entender necesaria su ejecución para la realización de los fines propios de las competencias municipales, que redundará en el bienestar de los vecinos y visitantes del Municipio. SEGUNDO: Autorizar y aprobar el gasto plurianual que conlleva el expediente objeto de aprobación con cargo a la aplicación presupuestaria 4300.22797 del Presupuesto General de Gastos del Ayuntamiento para el ejercicio 2024 para el gasto correspondiente a este ejercicio y adquirir el compromiso de consignar el importe correspondiente de modo adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento para las siguiente anualidades. TERCERO: Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas particulares que han de regir el contrato y la selección de los contratistas, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria sujeto a regulación armonizada. CUARTO: La apertura del procedimiento abierto, tramitación ordinaria sujeto a regulación armonizada de adjudicación del contrato, con la inserción del correspondiente anuncio en el Perfil del Contratante del Pleno. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 QUINTO: Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la suscripción de los correspondientes contratos, incorporando al expediente, propuesta de la mesa de contratación, acuerdo de adjudicación y contratos que se otorguen, así como las notificaciones, publicaciones y comunicaciones que sean preceptivas. Documento firmado electrónicamente” Explicada la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (1 del Grupo Municipal PSOE, 2 del Grupo Municipal, 1 del Grupo Municipal Mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO : Aprobar la tramitación del expediente de contratación del servicio denominado "SERVICIOS DE GESTIÓN DE SERVICIO EN LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LLANO NEGRO Y LAS TRICIAS EN ESTA VILLA DE GARAFÍA", al entender necesaria su ejecución para la realización de los fines propios de las competencias municipales, que redundará en el bienestar de los vecinos y visitantes del Municipio. SEGUNDO: Autorizar y aprobar el gasto plurianual que conlleva el expediente objeto de aprobación con cargo a la aplicación presupuestaria 4300.22797 del Presupuesto General de Gastos del Ayuntamiento para el ejercicio 2024 para el gasto correspondiente a este ejercicio y adquirir el compromiso de consignar el importe correspondiente de modo adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento para las siguiente anualidades. TERCERO: Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas particulares que han de regir el contrato y la selección de los contratistas, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria sujeto a regulación armonizada. CUARTO: La apertura del procedimiento abierto, tramitación ordinaria sujeto a regulación armonizada de adjudicación del contrato, con la inserción del correspondiente anuncio en el Perfil del Contratante del Pleno. QUINTO: Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la suscripción de los correspondientes contratos, incorporando al expediente, propuesta de la mesa de contratación, acuerdo de adjudicación y contratos que se otorguen, así como las notificaciones, publicaciones y comunicaciones que sean preceptivas. No habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, DON JOSE ANGEL SANCHEZ RODRIGUEZ, ALCALDE-PRESIDENTE levanta la Sesión siendo las Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024 12:13 horas, de lo cual como Secretaria-Acctal. doy fe. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: SEW3SWPEDQDWNDGJE5D2FQ35P Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 20 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0008 Fecha: 10/06/2024