ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA COMISIÓN INFORMATIVA HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y URGENTE DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024.- Sres. Asistentes Sr. Presidente Don José Ángel Sánchez Rodríguez Sres. Concejales Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallicio Doña Lorena Rodríguez Pérez Sra. Secretaria-Interventora-Acctal., Doña María Elena Pérez Rodríguez La Secretaria-Interventora-Tesorera-Acctal. Fecha Firma: 19/09/2024 HASH: 00293d8534ba6942a7febad20cd9c9b3 MARIA ELENA PEREZ RODRIGUEZ (1 de 2) PRIMERO.- APROBACIÓN DE LA URGENCIA DE LA SESIÓN. DICTAMEN QUE PROCEDA.- JOSE ANGEL SANCHEZ RODRIGUEZ (2 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 19/09/2024 HASH: da603172aae4c0ca2c45591233e7d75b Explicada la motivación de la declaración de urgencia de la sesión, se somete a votación, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Coalición Canaria. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, declarar la urgencia de la sesión. SEGUNDO.- PROPUESTA DE ALCALDÍA SOBRE CESIÓN GRATUITA A FAVOR DE LA FUNDACIÓN CANARIA ISONORTE INMUEBLE PARA LA CREACIÓN DE UN HOGAR FUNCIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ACTIVIDAD INTEGRADA EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE PRESTACIÓN PRIVADA, A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD E INICIATIVA SOCIAL (FUNDACIÓN). DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria y de orden del Sr. Presidente se da cuenta a los integrantes de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas de la propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 743/2024 PROPUESTA DE ALCALDÍA En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita de bien patrimonial y considerando la conveniencia y oportunidad de ceder gratuitamente un Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 En la Villa de Garafía, siendo las 09:00 horas del día 19 de septiembre de 2024, se constituyó en el Salón de Comisiones de esta Casa Consistorial la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas, con la asistencia de los Sres. relacionados al margen y la excusa de Doña Glemis Rodríguez Pérez y Doña Vanesa Pérez Pérez. Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA La sesión se celebra en 1ª Convocatoria y con carácter Extraordinaria y Urgente. Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 Declarado abierto el acto, se procede a dar cuenta del Orden del Día. inmueble titularidad del Ayuntamiento de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, con la finalidad de llevar a cabo la creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales pero de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal, a la Fundación Canaria ISONORTE. Vista la justificación documental y memoria demostrativa elaborada por la Fundación en la que se establece la justificación de la cesión gratuita del bien patrimonial para poder llevar a cabo su proyecto y el interés social y comarcal del mismo. A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Fecha/N.º Observaciones Memoria Justificativa y proyecto Presentado Informe de Secretaría 28/06/2024   Certificado del Inventario de Bienes 28/06/2024   Informe Técnico 26/06/2024   Informe de Intervención 28/06/2024   Informe-Propuesta de Secretaría 10/07/2024   Acuerdo del Pleno sobre inicio de expediente de cesión del inmueble Anuncio de Información Pública 22/07/2024 BOP n.º 88  Certificado de Secretaría de las Alegaciones Presentadas Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias.   Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación: PRIMERO. Ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024  Reg.: 20247-E-RC-3386 26/06/2024 16/07/2024   23/04/2024 No se ha presentado alegación alguna actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. SEGUNDO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, el bien revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía.   TERCERO. Anotar la cesión gratuita en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma.   CUARTO. Facultar al Alcalde, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública de cesión del bien.   QUINTO. Notificar el presente Acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a Escritura pública la cesión referida.   SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales según la Legislación hipotecaria.   SÉPTIMO. Remitir una copia autenticada del expediente completo a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de la toma de conocimiento de la cesión del bien patrimonial.   No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Explicado la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Coalición Canaria. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO. Ceder gratuitamente a favor de la Fundación Canaria ISONORTE, con CIF G38490785, el siguiente bien inmueble:  inmueble situado en el lugar conocido por Cruz del Llanito, en el barrio de Las Tricias, perteneciente a este término municipal de La Villa de Garafía, con referencia catastral 000100600BS18E0001FA, el cual linda al Norte, Sur y Oeste con propietarios particulares y al Este con camino público, y se ubica concretamente en las coordenadas UTM(28R) x=210.334; y=3.187.509; a una cota de 728 metros de altitud, para creación y gestión privada de Hogar Funcional para personas con discapacidad, actividad integrada en el ámbito de los servicios sociales, de prestación Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 privada, a través de una entidad e iniciativa social (fundación), no siendo por tanto considerada como servicio público municipal. SEGUNDO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de dos años y en todo caso, si la Fundación deja de prestar, en cualquier momento, el uso previsto, el bien revertirá en el plazo máximo de seis meses al Ayuntamiento de La Villa de Garafía.   TERCERO. Anotar la cesión gratuita en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma.   CUARTO. Facultar al Alcalde, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública de cesión del bien.   QUINTO. Notificar el presente Acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a Escritura pública la cesión referida.   SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales según la Legislación hipotecaria.   SÉPTIMO. Remitir una copia autenticada del expediente completo a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de la toma de conocimiento de la cesión del bien patrimonial. TERCERO.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA N.º 6: SUPLEMENTO DE CRÉDITO A CARGO DE REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria y de orden del Sr. Presidente se da cuenta a los integrantes de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas de la propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 965/2024 Procedimiento: Modificación de Créditos PROPUESTA DE RESOLUCIÓN En relación con el expediente relativo a la modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes,   ANTECEDENTES DE HECHO   PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.    Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 SEGUNDO. Con fecha 17 de septiembre de 2024, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.   TERCERO. Con fecha 17 de septiembre de 2024, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.   CUARTO. Con fecha 17 de septiembre de 2024, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y, con la misma fecha, se elaboró Informe de Intervención sobre el cálculo la Estabilidad Presupuestaria. LEGISLACIÓN APLICABLE   La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:   — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) N.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2.º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — La Base 16 de las Bases de ejecución del Presupuesto. SEGUNDO. A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación, se considera que el expediente se está tramitando conforme a la legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno de conformidad con el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Es por lo que, quien suscribe emite el siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 Suplementos en Aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Suplemento de crédito Pro Económica 4500 13100 Personal laboral temporal 30.000,00 9200 22107 EPIS 15.000,00 3340 22609 Actividades culturales 30.000,00 3341 22612 Banda Municipal de Música Salvatierra 9200 62301 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 15.000,00 4500 62501 Mobiliario Urbano 30.000,00 1610 62906 Inversiones en Infraestructuras Hidráulicas 1710 63904 Parques Infantiles 15.000,00 1621 63905 Adquisición de contenedores 15.000,00 4500 69201 Inversiones en caminos y carreteras 700.000,00  9200 22706  Estudios y trabajos técnicos  100.000,00 9200 22799  Otros trabajos realizados por otras empresas y particulares   4500 62913  Acondicionamiento de edificios y otras construcciones  TOTAL 1.535.500,00 Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos: Suplementos en Conceptos de Ingresos Aplicación: económica Descripción Euros Cap. Art. Conc. Remanente de tesorería para gastos 8  87  87000 generales  1.535.500,00       TOTAL INGRESOS 1.535.500,00  Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes: a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA 18.500,00 76.000,00 Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 165.000,00 326.000,00 correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.  SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Explicado la tramitación hasta ahora efectuada se somete a votación la propuesta dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Coalición Canaria. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación: Suplementos en Aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Suplemento de crédito Pro Económica 4500 13100 Personal laboral temporal 30.000,00 9200 22107 EPIS 15.000,00 3340 22609 Actividades culturales 30.000,00 3341 22612 Banda Municipal de Música Salvatierra 9200 62301 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 15.000,00 4500 62501 Mobiliario Urbano 30.000,00 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 18.500,00 1610 62906 Inversiones en Infraestructuras Hidráulicas 1710 63904 Parques Infantiles 15.000,00 1621 63905 Adquisición de contenedores 15.000,00 4500 69201 Inversiones en caminos y carreteras 700.000,00  9200 22706  Estudios y trabajos técnicos  100.000,00 9200 22799  Otros trabajos realizados por otras empresas y particulares   4500 62913  Acondicionamiento de edificios y otras construcciones  TOTAL 1.535.500,00 Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos: Suplementos en Conceptos de Ingresos Aplicación: económica Descripción Euros Cap. Art. Conc. Remanente de tesorería para gastos 8  87  87000 generales  1.535.500,00       TOTAL INGRESOS 1.535.500,00  Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes: a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.  SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 76.000,00 165.000,00 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA 326.000,00 Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 CUARTO.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024", PARA ANUALIDAD 2024. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria y de orden del Sr. Presidente se da cuenta a los integrantes de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas del acuerdo adoptado con fecha 26 de agosto de 2024 por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en relación a la modificación parcial del “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024” para la anualidad 2024. Explicado el asunto se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (TRES) 2 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Coalición Canaria. Votos en contra: 0 (CERO). Abstenciones: 0 (CERO). La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presente, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente, DICTAMEN PRIMERO. Aprobar la modificación parcial del “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024” para la anualidad 2024 en los términos aprobados por el Excmo. Cabildo Insular en su acuerdo de fecha 26 de agosto de 2024 y que han sido elevados a la aprobación del Pleno de la Corporación del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía. SEGUNDO. Aprobar el borrador de Convenio y su Memoria Anexo de Aplicación de la modificación parcial del “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024” para la anualidad 2024 aprobada en el apartado anterior en los términos en que ha sido elevada a la aprobación del Pleno de la Corporación del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía y del tenor literal siguiente: PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024, CONVENIO Y MEMORIA - ANEXO DE APLICACIÓN. ============================================================ CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE…….., EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. AÑOS 2021-2024 En Santa Cruz de La Palma, COMPARECEN: De una parte, el Excmo. Sr. Don………….., provisto de D.N.I nº………, en su condición acreditada de Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, entidad con C.I.F. núm. P-3800002B, en la representación legal que del mismo tiene, facultado para el presente acto en virtud de acuerdo plenario de fecha… de…. De 202… Y de otra parte, el Sr. Don…………, provisto de D.N.I nº………, en su condición acreditada de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, entidad con C.I.F. núm., en la Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 representación legal que del mismo tiene, facultado para el presente acto en virtud de acuerdo …. de fecha…… de…… de 202…. Los comparecientes, que actúan en función de sus respectivos cargos, en nombre y representación de las Administraciones que presiden se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente para suscribir el presente CONVENIO, y a tal efecto E X P O N E N 1. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuye en su artículo 36, como competencia propia de los Cabildos Insulares, la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, estableciendo asimismo la obligatoriedad de aprobar anualmente un Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal. 2. De acuerdo con la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, entre las competencia de los cabildos está la asistencia a los municipios consistente en la cooperación económica para la financiación de inversiones, actividades y servicios de competencia municipal. 3. Asimismo, en dicha Ley, se establece que los cabildos Insulares deberán aprobar anualmente el plan insular de cooperación en obras y servicios de competencia municipal, con el objeto de cooperar económicamente en las obras y servicios de competencia municipal, garantizando la participación de todos los municipios de la isla, mediante la apertura de una fase previa de consulta a los ayuntamientos, para que formulen sus propuestas. El plan deberá contener una memoria justificativa de sus objetivos y los criterios de distribución de los fondos, que deben ser objetivos y equitativos y entre los que estará el análisis de los costes efectivos de los servicios de los municipios, así como el correspondiente baremo para su aplicación. 4. Elaborado el plan, deberá someterse a audiencia de los ayuntamientos de la isla e información pública, para su posterior aprobación definitiva por el cabildo insular. 5. Las Administraciones Públicas, en sus relaciones, se rigen por los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Ley 40/2015. 6. En el Presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular para el ejercicio 2021, se incluyen las siguientes aplicaciones presupuestarias, para financiar el Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales, objeto del presente Convenio: APLICACIÓN DENOMINACIÓN CRÉDITO 453.762.01 Plan Insular de cooperación en obras 453.462.01 Plan Insular de cooperación Municipal en servicios En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria y acuerdan suscribir el Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 2.842.397,28 € 307.602,72 € presente documento con arreglo a las siguientes ESTIPULACIONES: PRIMERA.- Es objeto de este documento la definición de los criterios objetivos, técnicos y económicos para la elaboración y ejecución del Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el período 2021- 2024. Asimismo, tiene por objeto establecer las condiciones mediante las que se llevará a efecto la ejecución del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos, en el que se materializara el ejercicio de las facultades que la legislación vigente atribuye a este Cabildo para la cooperación económica a las obras y servicios de competencia municipal. SEGUNDA.- Que será de aplicación el contenido de la Memoria - Anexo que desarrolla el presente Convenio con los Ayuntamientos para obras y servicios Municipales 2021- 2024, y que se incorpora al presente. El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas será razón suficiente para la resolución del mismo respecto de la parte incumplidora. TERCERA.- Que en aplicación de lo presupuestado por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en su Presupuesto General del Ejercicio de 2021, aplicación presupuestaria 453.762.01 “Plan Insular de Cooperación en obras”, por importe de 2.842.397,28 Euros, RC Nº de Operación 12021000042385, y aplicación presupuestaria 453.462.01 “Plan Insular de Cooperación municipal en servicios”, por importe de 307.602,72 Euros, RC Nº de Operación 12021000042390, en concordancia con lo dispuesto en las Bases de Ejecución de dicho Presupuesto, en su previsión plurianual para los ejercicios inmediatos siguientes hasta el 2024, se determinará en cada ejercicio la relación de obras o servicios correspondientes a cada uno de los catorce municipios en particular, que se incorporarán al Convenio, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. El Cabildo Insular de La Palma, a través del presente convenio, adquiere el compromiso de gasto para los ejercicios 2022-2024: - Anualidad 2022: 3.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C.FUT número 12021000045016, en la cantidad de 3.000.000€ del Presupuesto General de la Corporación de 2022, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT número 12021000045020, en la cantidad de 150.000€ del Presupuesto General de la Corporación de 2022, 100 por 100 fondos propios. - Anualidad 2023: 3.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C.FUT número 12021000045017, en la cantidad de 3.000.000€ del Presupuesto General de la Corporación de 2023, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT número 12021000045021, en la cantidad de 150.000€ del Presupuesto General de la Corporación de 2023, 100 por 100 fondos propios. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 - Anualidad 2024: 4.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C. número 12024000018478 y complementaria número 12024000019609, en la cantidad de 3.000.000 € y 1.000.000 €, respectivamente, del Presupuesto General de la Corporación de 2024, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “Plan Insular de cooperación MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT número 12021000045023, en la cantidad de 150.000€ del Presupuesto General de la Corporación de 2024, 100 por 100 fondos propios. La plurianualidad de este Convenio siempre estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las anualidades previstas. CUARTA.- Se pacta expresamente que para la presente Anualidad de 2021 y dada la fecha de la firma del presente convenio, el abono de la misma se realizará de manera anticipada, pudiendo ejecutarse y justificarse las obras o servicios hasta el 31 de octubre de 2024. Para la anualidad 2022, el abono de la aportación del Cabildo Insular de La Palma, se realizará de manera anticipada, pudiendo ejecutarse y justificarse las obras o servicios hasta el 31 de octubre de 2024. Para la anualidad 2023, el abono de la aportación del Cabildo Insular de La Palma, se realizará de manera anticipada, pudiendo ejecutarse y justificarse las obras o servicios hasta el 31 de octubre de 2024. Para la anualidad 2024, el abono de la aportación del Cabildo Insular de La Palma, se realizará de manera anticipada, pudiendo ejecutarse y justificarse las obras o servicios hasta el 31 de octubre de 2025. QUINTA.- Por medio del presente convenio, se delega en los respectivos Ayuntamientos la competencia para la ejecución de las obras y servicios incluidos en el Plan, de conformidad con el art. 22.2.g) y art. 47.2.h) de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, que se entiende aceptada por los mismos a la firma del convenio. SEXTA.- En ningún caso se modificarán unilateralmente las obras o servicios pactados en el presente acuerdo. Se requerirá, en todo caso, el acuerdo de ambas partes, y su posterior aprobación por los órganos competentes, Pleno del Cabildo Insular y Pleno del respectivo Ayuntamientos. SÉPTIMA.- Los Ayuntamientos debían presentar, antes del 31 de mayo de 2021, la relación de obras o servicios a incluir en esta anualidad 2021, acompañada de una descripción o memoria justificativa de cada actuación solicitada, que nos permitiera tener una valoración técnica de la misma y de los objetivos que se pretenden conseguir, así como, en su caso, un análisis de los costes efectivos de los servicios, para su debida aprobación por el Cabildo Insular. Para las anualidades 2022-2024, los Ayuntamientos remitirán la relación de obras o servicios municipales a incluir en el Plan, acompañada de una descripción o memoria justificativa de cada actuación solicitada, que nos permitiera tener una valoración técnica de la misma y de los objetivos que se pretenden conseguir, así como, en su Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 caso, un análisis de los costes efectivos de los servicios, antes del 15 de febrero de cada anualidad. OCTAVA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, extendiéndose su duración hasta la finalización de los trámites y actuaciones que constituyen el objeto del mismo. NOVENA.- El presente Convenio podrá resolverse por las siguientes causas: a. Por mutuo acuerdo de las partes. b. Por el incumplimiento de cualquiera de las partes intervinientes de las estipulaciones contenidas en el presente convenio. La parte afectada por el incumplimiento deberá justificar de manera motivada dicho incumplimiento y solicitar expresamente la resolución del Convenio. c. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes. DÉCIMA.- El Cabildo de La Palma y los Ayuntamiento de la isla, podrán ejercer el control y la inspección del cumplimiento de las obligaciones que asumen ambas entidades con la firma del convenio, así como el seguimiento de la ejecución de las obras o actuaciones. Para tal fin, el Cabildo solicitará al ayuntamiento la documentación necesaria y realizará las comprobaciones que estime oportunas para acreditar los gastos realizados. UNDÉCIMA.- Se creará una comisión formada por tres representantes de cada una de las administraciones intervinientes, que tendrá entre sus funciones el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y, más concretamente, las siguientes: - Resolver los problemas de cumplimiento que puedan plantearse respecto al convenio. - Resolver los problemas de interpretación del Convenio que pudieran plantearse durante su vigencia. - Estudiar y proponer cualquier clase de medida y acción que redunde en beneficio de la ejecución del Convenio. Los tres representantes del Cabildo Insular serán designados por el Miembro titular del área de Infraestructura, Innovación, Nuevas Tecnologías y Ordenación del Territorio El Excmo. Cabildo Insular de La Palma designará a la Presidencia y la Secretaría de dicha Comisión. El/la presidente/a de la Comisión decidirá, en el caso de votaciones, el resultado de empate con voto de calidad. DUODÉCIMA.- En caso de incumplimiento en la justificación de las obras o servicios por parte de algún Ayuntamiento, se procederá al reintegro de las cantidades percibidas, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el 94 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. DECIMOTERCERA.- El presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa. Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, las partes firman el presente Convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 EL PRESIDENTE, EL ALCALDE – PRESIDENTE, MEMORIA - ANEXO DE APLICACIÓN DESARROLLO DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. EJERCICIOS 2021-2024 ARTÍCULO 1.- La presente Memoria - Anexo contiene la regulación de la forma de distribución, ejecución, justificación y cobro de los fondos que, con carácter plurianual 2021 – 2024, concierte el Cabildo Insular de La Palma con los catorce municipios de la Isla, en materia de obras y servicios municipales. ARTÍCULO 2.- La cuantía a aportar por el Cabildo Insular será de Trece millones seiscientos mil euros (13.600.000 euros) en un programa de cuatro anualidades, cuya distribución es la siguiente: Año 2021…………………………………………………… 3.150.000 euros Año 2022…………………………………………………… 3.150.000 euros Año 2023…………………………………………………… 3.150.000 euros Año 2024…………………………………………………… 4.150.000 euros ARTÍCULO 3.- El Cabildo Insular de La Palma es competente para elaborar, con la participación de los Ayuntamientos, el Plan Insular de Cooperación, de conformidad con lo establecido el art. 36 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, el art.32 y art.33 del Real Decreto Legislativo 781/1986, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen Local y art. 43 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias y el artículo 14 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares. El art. 14 de la Ley de cabildos insulares establece que el Plan deberá contener una memoria justificativa de sus objetivos y los criterios de distribución de los fondos, que deberán ser objetivos y equitativos y entre los que estará el análisis de los costes efectivos de los servicios de los municipios, así como el correspondiente baremo para su aplicación. ARTÍCULO 4.- OBJETIVOS DEL PLAN Los artículos 31 y 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establecen como competencia propias de este Cabildo, garantizar los principios de lealtad institucional, solidaridad y equilibrio intermunicipal, en el marco de la política económica y social y, en particular, asegurar la prestación integral y adecuada de los servicios de competencia municipal en la totalidad del territorio insular. En virtud de tales competencias, el objetivo principal del Plan de Cooperación es propiciar que todos los ciudadanos de esta isla, cualquiera que sea el municipio al que pertenezcan, puedan beneficiarse y acceder al mismo nivel de servicios públicos básicos, garantizando los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal. Todo ello, dentro del marco socioeconómico actual, que exigen una especial atención a las iniciativas locales de inversión cuya finalidad sea el desarrollo económico local y la Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 máxima eficiencia en la asignación de los recursos públicos. La importancia del Plan también hay que contemplarla desde el punto de vista de fomento del empleo y de la actividad económica local, ya que la ejecución de las obras programas conlleva la utilización de un importante volumen de mano de obra y de materiales que beneficia a los trabajadores y las empresas locales. Con el objetivo de mantener e impulsar la línea de actuación que se ha venido realizando, el Cabildo Insular de La Palma, tiene previsto destinar 13.600.00 euros en un programa de cuatro anualidades, a la cooperación económica con los Ayuntamientos, dando prioridad a aquellas actuaciones propuesta por cada Ayuntamiento, que tengan capacidad de incentivar o apoyar la actividad económica, fomentar el empleo, permitir obtener ahorro del gasto público y fomentar la prestación eficiente de los servicios. El Cabildo a través del Plan colabora con los Ayuntamientos en el mantenimiento y mejora de las infraestructuras y equipamientos, y en los servicios que prestan, según las propuestas que formulan los propios Ayuntamientos, y en las que recogen las carencias que tiene en sus municipios en la prestación de servicios esenciales y en dotación de equipamiento básico, a fin de lograr que el nivel y calidad de vida de los habitantes de estos municipios mejoren. Son objetivos del presente Plan: 1. Establecer los criterios y la relación de prioridades para la puesta en marcha de las obras que permitan garantizar el ejercicio de las competencias municipales. 2. Cooperar económicamente en la financiación de inversiones necesarias para reducir el déficit de las infraestructuras municipales, conforme a las propuestas efectuadas por los Ayuntamientos. 3. Establecer las pautas que regularán el procedimiento para la elaboración, tramitación y aprobación del Plan, así como las normas para su gestión y ejecución. 4. Ser un mecanismo de búsqueda de un mayor diálogo entre las Administraciones que intervienen en la vida insular, permitiendo disponer de una visión general de las actuaciones a realizar en el período temporal del mismo. 5. Contribuir a la generación de efectos positivos en la economía y empleo insulares. 6. Contribuir a la eficiencia en el uso de los recursos públicos locales, involucrando a las Administraciones públicas que intervienen en la actividad insular en la creación de un espacio de trabajo común. 7. Contribuir a la eficiencia de los recursos públicos. De las 45 actuaciones que se recogen en el Plan, se reparten principalmente en: Infraestructuras: destacan las actuaciones de repavimentaciones, arreglo redes de saneamiento y pistas, urbanización avenida, adecuación de caminos y áreas vecinales, acondicionamiento de muros y depósitos, reforma plaza, mejora de accesos alumbrado público y mejora de cementerios. Equipamientos: dentro de los equipamientos referidos a edificios y espacios Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 destinados a la prestación de servicios públicos, destacan los relacionados con instalaciones deportivas, espacios culturales. Servicios Sociales: fomento del empleo y mantenimiento de escuela infantil, acciones formativa. ARTÍCULO 5.- CRITERIOS Por así haberse acordado unánimemente por los catorce municipios de la Isla, en reunión celebrada en el Cabildo Insular, el día 29 de abril de 2021, los recursos se distribuirán de acuerdo con los siguientes criterios durante la vigencia del Convenio: CRITERIO DE SOLIDARIDAD: 50% del importe de la anualidad distribuido en partes iguales entre los catorce municipios de la Isla. CRITERIO POBLACIÓN: 50% del importe de la anualidad. MUNICIPIO POBLACION 2020 POBLACION % BARLOVENTO 1.926 1,153873805 BREÑA ALTA 7.247 4,34170481 BREÑA BAJA 5.821 3,487382875 FUENCALIENTE 1.751 1,04903065 GARAFIA 1.730 1,036449472 LOS LLANOS 20.760 12,43739366 MAZO 4.859 2,911045077 EL PASO 7.623 4,566967816 PUNTAGORDA 2.203 1,319825541 PUNTALLANA 2.553 1,52951185 SAUCES 4.182 2,505451844 S/C PALMA 15.695 9,402933212 TAZACORTE 4.601 2,756476311 TIJARAFE 2.507 1,501953078 TOTAL 83.458 50 ARTÍCULO 6.- DISTRIBUCIÓN ECONÓMICA DEL PLAN El reparto se verificará durante la vigencia del Convenio (2021-2024), con base al siguiente cuadro: MUNICIPIO POBLACION 2020 SOLIDARIDAD TOTAL POBLACION % % % BARLOVENTO 1.926 1,153873805 3,5714285 4,725302305 BREÑA ALTA 7.247 4,34170481 3,5714285 7,91313331 BREÑA BAJA 5.821 3,487382875 3,5714285 7,058811375 FUENCALIENTE 1.751 1,04903065 3,5714285 4,62045915 GARAFIA 1.730 1,036449472 3,5714285 4,607877972 LOS LLANOS 20.760 12,43739366 3,5714285 16,00882216 MAZO 4.859 2,911045077 3,5714285 6,482473577 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 EL PASO 7.623 4,566967816 3,5714285 8,138396316 PUNTAGORDA 2.203 1,319825541 3,5714285 4,891254041 PUNTALLANA 2.553 1,52951185 3,5714285 5,10094035 SAUCES 4.182 2,505451844 3,5714285 6,076880344 S/C PALMA 15.695 9,402933212 3,5714285 12,97436171 TAZACORTE 4.601 2,756476311 3,5714285 6,327904811 TIJARAFE 2.507 1,501953078 3,5714285 5,073381578 TOTAL 83.458 50 50 100 ARTÍCULO 7.- El carácter de las inversiones a realizar lo será por previsión anual o plurianual, con proyecto y con una inversión mínima por obra o servicio del 5% del monto anual o plurianual que por dicho concepto se asigne al municipio, ello con el objetivo de evitar actuaciones de escasa entidad. ARTÍCULO 8.- La justificación se realizara mediante la presentación de una Memoria económica justificativa del coste de los conceptos subvencionados, que contendrá: - Relación clasificada, firmada por el Secretario o Interventor del Ayuntamiento, de los gastos e inversiones realizados por la Entidad beneficiaria en el que se identifique el objeto de la actividad, el nombre del acreedor, fecha e importe de la factura y fecha de pago. - Las facturas, certificaciones o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. - Justificación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad. Asimismo, para las obras deberá presentarse acta de recepción de la obra, certificación final de obra, fotografía del cartel colocado en el lugar donde se está ejecutando la inversión, según medidas y formato del artículo 10. ARTÍCULO 9.- En el caso de que una vez contratada la obra y/o el servicio, se produjera una baja, y como consecuencia un remanente en la cantidad que le corresponde al Ayuntamiento, este podrá reinvertirse, con las siguientes condiciones: - Previamente a la aplicación del remanente deberá comunicar al Cabildo la cuantía y el destino de la inversión, mediante la presentación de la correspondiente memoria y que será aprobada por los órganos competentes, Pleno del Cabildo Insular y Pleno del respectivo Ayuntamientos. - En ningún caso, supondrá un aumento en los plazos de ejecución y justificación. - La inversión ejecutada con cargo al remanente se justificará de acuerdo con el artículo 8. ARTÍCULO 10.- En cada obra o servicio se señalizará la identificación y el objeto, su presupuesto global, financiación y plazo de ejecución, con independencia de cualquier otro dato que por exigencia legal se requiera, mediante la colocación de un cartel en lugar visible y en dimensiones no inferiores a 2 metros de largo por 1,5 metros de ancho. En el cartel se incluirá el logotipo del Cabildo y el del respectivo Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024 Ayuntamiento. El cumplimiento de este requisito será obligatorio. ARTÍCULO 11.- La previsión de obras o servicios que se contengan para cada Municipio en el Convenio, serán obligatoriamente:  Para la conclusión de obras o servicios comenzados con anterioridad a la firma del mismo, que adolezcan de financiación parcial para su conclusión, o  Para iniciar o concluir obras o servicios durante la vigencia del Convenio. A dicho fin, en el caso de incluirse obras o servicios por montos superiores a la cantidad a aportar por el Cabildo, habrá de contemplarse ineludiblemente que, en los plazos de vigencia del Convenio, se concluirán definitivamente las obras o servicios por otros medios de financiación (propios del Ayuntamiento o externos, no provenientes del Cabildo). ARTÍCULO 12.- Podrá formar parte del Convenio y por lo tanto de su financiación, los honorarios profesionales por la prestación del servicio de redacción de proyectos y direcciones de obras y coordinación de seguridad y salud. ARTÍCULO 13.- La firma del Convenio y de la presente Memoria – Anexo, supone la plena aceptación de cuantos datos y derechos y obligaciones dimanan y se constatan en ellos. ============================================================” TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la tramitación y firma de cuenta documentación sea necesaria. CUARTO. Que del presente Acuerdo se de cuenta al Excmo. Cabildo Insular de La Palma para su conocimiento y efectos oportunos.- No habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, DON JOSE ANGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, ALCALDE-PRESIDENTE levanta la Sesión siendo las 09:15 horas, de lo cual como Secretaria-Acctal. doy fe. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 4RC796N2T2CKZCWWSTPS433G7 Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 18 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2024-0010 Fecha: 19/09/2024