ACTA DE LA SESIÓN DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CELEBRADA CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 03 DE AGOSTO DE 2023.- ASISTENTES: EL ALCALDE DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Secretaria-Interventora-Tesorera Acctal. Fecha Firma: 29/08/2023 HASH: 00293d8534ba6942a7febad20cd9c9b3 MARIA ELENA PEREZ RODRIGUEZ (1 de 2) Concejales DOÑA DAINA DEL ARCO IRIS SGOBINO GALLICIO DON FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDEZ HERRERA DOÑA MARÍA YESSICA BONILLA SANTANA DOÑA GLEMIS RODRÍGUEZ PÉREZ DOÑA VANESA PÉREZ PÉREZ DON YERAY CASTRO RODRÍGUEZ DON JOSÉ ALBERTO LORENZO CASTRO Secretaria-Interventora Acctal. DOÑA MARÍA ELENA PÉREZ RODRÍGUEZ ORDEN DEL DÍA Alcalde - Presidente Fecha Firma: 29/08/2023 HASH: 0ed48d8fdb9cbd5f4baa162edc154ba0 1.- ABROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE PLENO; EXTRAORDINARIO 17 DE JUNIO DE 2023, EXTRAORDINARIO 26 DE JUNIO DE 2023, EXTRAORDINARIO 26 DE JUNIO DE 2023, EXTRAORDINARIO Y URGENTE DE 30 DE JUNIO DE 2023 Y EXTRAORDINARIO Y URGENTE DE 27 DE JULIO DE 2023. ACUERDO QUE PROCEDA.- Jose Ángel Sánchez Rodiguez (2 de 2) No habiendo ni objeción ni intervención alguna, se somete a aprobación las actas de los plenos y se aprueban por unanimidad de los concejales presentes en la sesión. 2.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS EN RELACIÓN AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Y EL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA, POR EL QUE SE REGULA LA ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO SUSCRITO POR LA EXPRESADA CONSEJERÍA CON LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM) AL OBJETO DE ESTABLECER EL RÉGIMEN DE GESTIÓN Y FINANCIACIÓN COMPARTIDA DE LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE TITULARIDAD MUNICIPAL AUTORIZADAS QUE IMPARTEN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL. ACUERDO QUE PROCEDA. Por el Sr. Alcalde se informa al respecto del asunto que ya fue tratado en la Comisión Informativa. La Sra. Portavoz del Grupo Municipal Socialista Doña Glemis Rodríguez Pérez pregunta sobre el dato que quedó sobre la mesa relativo al cobro de los servicios de la Escuela Infantil. Toma la palabra la Sra. Concejala Delegada de Servicios Sociales Doña Daina Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 En la localidad de la Villa de Garafía siendo las 19:00 horas del día 03 de agosto de 2023, se reúnen en el salón de actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión Ordinaria, previamente convocada, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, con asistencia de los Sres. relacionados al margen y la ausencia justificada de Doña Lorena Rodríguez Pérez. Una vez verificada por Secretaria- Interventora Acctal. la válida constitución del Pleno, el Presidente abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente: Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 44 ACTA DEL PLENO Sgobino explicando que de momento se ha decidido no cobrar, se va a continuar de la misma manera que venía siendo hasta ahora y, se estudiará este tema desde el Departamento de Servicios Sociales para poder tener claras las posibles exenciones y bonificaciones en la ordenanza. La Sra. Secretaria informa que en relación a lo que se está hablando en la Cláusula Cuarta del borrador de Convenio Marco que nos ocupa, se establece que: “Cuarta.- Compatibilidad del régimen de financiación compartida con reducciones o bonificaciones en las cuotas. El régimen de financiación compartida regulado en la cláusula tercera es compatible con las reducciones de cuota, así como con las exenciones y bonificaciones que se establezcan en la correspondiente Ordenanza Municipal reguladora del precio por la prestación del servicio de escuelas infantiles de primer ciclo. Así mismo, resulta compatible con otras subvenciones que el Ayuntamiento y/o familias puedan obtener para el mismo fin, siempre que no se supere el coste total del servicio.“ No obstante, también explica la Sra. Secretaria-Acctal. que es un tema que habrá que estudiar bien y en profundidad a la hora de la redacción de la correspondiente ordenanza reguladora del servicio. Tras un cambio de impresiones y previa deliberación se somete el asunto a votación dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (ocho) 4 del Grupo Municipal Popular, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- APROBAR en todos sus términos y tal y como ha sido elevado a la aprobación de este órgano el convenio que se transcribe literalmente a continuación: "CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA POR EL QUE SE REGULA LA ADHESIÓN DEL MISMO AL CONVENIO MARCO SUSCRITO POR LA EXPRESADA CONSEJERÍA CON LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM) AL OBJETO DE ESTABLECER EL RÉGIMEN DE GESTIÓN Y FINANCIACIÓN COMPARTIDA DE LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE TITULARIDAD MUNICIPAL AUTORIZADAS QUE IMPARTEN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL. En Santa Cruz de Tenerife, a la fecha de la firma electrónica. REUNIDOS De una parte, Manuela Armas Rodríguez, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en su nombre y representación, interviene en el presente acto en el uso de las facultades y atribuciones que le Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 44 ACTA DEL PLENO confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el artículo 6.f) del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, previamente autorizada para la suscripción del presente convenio de cooperación por Orden Departamental n.º 438/2022, de 20 de julio dictada en virtud de la delegación conferida a través del Decreto 149/2022, de 16 de junio. De otra parte, José Ángel Sánchez Rodríguez en nombre y representación del Ayuntamiento de la Villa de Garafía, en calidad de titular de la Alcaldía - Presidencia, y teniendo atribuida la representación legal del mismo en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de los municipios de Canarias, interviniendo en el presente acto previa autorización acordada por el Pleno Municipal / la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha ............................................................de conformidad con lo establecido en el ap. 3 del artículo 16 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y acompañado del Secretario General del Ayuntamiento, competente para firmar el convenio junto con aquel en virtud de lo estipulado en el artículo 55.1 a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias Las personas comparecientes se reconocen, de manera recíproca, plena capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir el presente convenio y a tal fin, EXPONEN Primero.- Con fecha 23 de diciembre de 2021, se suscribió un convenio marco de cooperación entre la Federación Canaria de Municipios (en adelante la FECAM), y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (en adelante, la Consejería) para establecer las fórmulas generales de gestión y financiación compartida de las escuelas de educación infantil de titularidad municipal autorizadas que imparten el primer ciclo de educación infantil. Dicho convenio consta registrado con número 71 en el Registro General Electrónico de Convenios, habiéndose publicado en el BOC n.º 6, de 10 de enero de 2022, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Segundo.- La cláusula quinta del citado convenio marco de cooperación establece los requisitos, plazos y procedimiento a seguir para la adhesión de las entidades locales interesadas al mencionado convenio, para ello dispone que: «1. Podrán adherirse al presente Convenio las entidades locales titulares de Escuelas de Educación Infantil debidamente autorizadas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en la Orden de 3 de febrero de 2009, por la que se establece la adecuación de los requisitos para la creación o autorización de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la determinación del Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 44 ACTA DEL PLENO régimen transitorio regulado en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre. 2. Procedimiento de adhesión: Aquellos ayuntamientos que cumplan con los requisitos previstos en el apartado anterior, deberán remitir a la FECAM, a través de su sede electrónica, la solicitud de adhesión al presente Convenio conforme al modelo que figura en el anexo y esta, en el plazo de 10 días desde su recepción, la remitirá a la Consejería que, a través de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa llevará a cabo los trámites pertinentes para la suscripción de los convenios específicos de adhesión. Las solicitudes de adhesión deberán presentarse antes del 31 de marzo de 2022, aplicándose los efectos de la financiación compartida desde el 1 de enero de 2022 a los convenios específicos que se suscriban. No obstante, se admitirá la presentación de solicitudes de adhesión con posterioridad al plazo indicado, si bien la financiación compartida que se establezca solo surtirá efectos desde la fecha de suscripción del convenio específico correspondiente.» Conforme a lo expresado, consta acreditado en el expediente que el Ayuntamiento de la Villa de Garafía cuenta con un centro debidamente autorizado para impartir el primer ciclo de educación infantil conforme a lo señalado en el apartado 1 de la precitada cláusula. Tercero.- Con fecha 29 de marzo de 2022, por el Ayuntamiento de la Villa de Garafía (en adelante, el Ayuntamiento), se suscribió solicitud de adhesión al expresado convenio marco de cooperación de conformidad con el procedimiento de adhesión señalado en el expositivo anterior, siendo remitida a la Consejería a través de la FECAM con fecha de entrada 5 de abril de 2022. Cuarto.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE), al regular los principios generales de la educación infantil, dispone, con carácter básico, en su artículo 12.5 que «La programación, la gestión y el desarrollo de la educación infantil atenderán, en todo caso, a la compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y evolución infantil, así como a la detección precoz y atención temprana de necesidades específicas de apoyo educativo.» Por otro lado, en el apartado 1 del artículo 14 del mismo texto legal, se dispone que la etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad. A este respecto, señala el apartado 2 del citado precepto que, el carácter educativo de uno y otro ciclo será recogido en una propuesta pedagógica por todos los centros que impartan educación infantil. Con carácter básico, al igual que los anteriores, el apartado 7 del artículo 14 establece que el Gobierno, en cooperación con las Comunidades Autónomas, determinará los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regulará los requisitos de titulación de sus profesionales y los que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumno-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares. En línea con lo anterior, el artículo 15.1 de la LOE -también de carácter básico- dispone que «Las Administraciones públicas incrementarán progresivamente la Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 44 ACTA DEL PLENO oferta de plazas públicas en el primer ciclo con el fin de atender todas las solicitudes de escolarización de la población infantil de cero a tres años. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. Todos los centros habrán de estar autorizados por la Administración educativa correspondiente y supervisados por ella.» A nivel autonómico, el Estatuto de Autonomía de Canarias (EAC) dispone en su artículo 133.1.a) que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de enseñanza no universitaria, con relación a las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado y a las enseñanzas de educación infantil, dejando a salvo lo dispuesto en los artículos 27 y 149.1.30a) de la Constitución. Dicha competencia incluye, en todo caso, la determinación de los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil y la regulación de los centros en los que se imparta dicho ciclo, así como la definición de sus plantillas de profesorado y las titulaciones y especializaciones del personal restante. A su vez, el apartado 3 del mencionado precepto dispone -en relación con las enseñanzas a que refiere el apartado 1, lo que incluye a la educación infantil de primer ciclo- que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución, que incluye, en todo caso, entre otras: El establecimiento y la regulación de los criterios de acceso a la educación, de admisión y de escolarización del alumnado en los centros docentes; el régimen de sostenimiento, con fondos públicos, de las enseñanzas del sistema educativo y de los centros que las imparten; y los requisitos y condiciones de los centros docentes y educativos y el control de la gestión de los centros docentes públicos y de los privados sostenidos con fondos públicos o concertados. Por otra parte, el artículo 21.1 del EAC, relativo a los derechos en el ámbito de la educación, establece que «todas las personas tienen derecho a una educación pública, gratuita, aconfesional y de calidad, prestando especial atención a la educación infantil, en los términos de la ley.» Quinto.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (en adelante LCEnU), señala en su artículo 15.1 que «el Gobierno de Canarias y las corporaciones locales coordinarán sus actuaciones, cada una en el ámbito de sus competencias, para lograr una mayor eficacia de los recursos destinados a la educación y contribuir a los fines establecidos en esta ley». Este precepto establece, así mismo, la posibilidad de recurrir a la suscripción de protocolos, convenios o acuerdos de cooperación, entre las administraciones locales y la consejería competente en materia de educación. En cuanto a la educación infantil, y en concordancia con la normativa citada en el expositivo anterior, el artículo 29 de la LCEnU atribuye a la Consejería la competencia para la planificación y gestión de la oferta educativa del primer ciclo. Así mismo, dispone que el Gobierno de Canarias debe determinar el currículo de la educación infantil, permitiendo un amplio margen de autonomía pedagógica a los centros educativos, así como establecer las características de los centros que imparten esta etapa educativa, los requisitos exigibles a las instalaciones de los centros y la capacitación que debe acreditar el personal educador que trabaje con ellos. A su vez, el apartado 8 del mencionado precepto reitera el mandato Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 44 ACTA DEL PLENO dispuesto en el referido artículo 15.1 de la LOE. Sexto.- La Consejería ostenta la competencia en materia de enseñanza no universitaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías. Séptimo.- El presente convenio trae causa del referido convenio marco de cooperación suscrito entre la Consejería y la FECAM para dar cumplimiento al mandato contenido en el Decreto-ley 22/2020, de 23 de diciembre, de garantía de las Escuelas Infantiles de titularidad municipal, siendo, a su vez, el medio establecido para la adhesión de los ayuntamientos a las fórmulas generales de gestión y financiación compartida de las escuelas de educación infantil de titularidad municipal debidamente autorizadas por la Consejería. A este respecto debe precisarse que la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL) señala en su artículo 7 que las competencias de las entidades locales son propias o atribuidas por delegación, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado cuarto del citado precepto legal respecto del ejercicio de competencias distintas de las anteriores. En esta misma línea, la la Ley 7/2015, 1 de abril, de los municipios de Canarias establece en su artículo 10 que los municipios podrán ejercer, además de las competencias propias y las delegadas, aquellas otras que cumpliendo con los requisitos legales, promuevan actividades y servicios que contribuyan a satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Así mismo, el artículo 11 señala que los municipios canarios asumirán, en todo caso, las competencias que les asignen como propias, las leyes sectoriales de la Comunidad Autónoma de Canarias, entre otras, en materia de educación. De esta forma, la referida LCEnU atribuye competencias a los municipios en materia educativa conforme se desprende de sus artículos 2, 5, 6, 11 y 15, ello sin olvidar lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la citada Ley 7/2015, de 1 de abril. Octavo.- Con fecha 9 de mayo de 2022 y con fecha 14 de marzo de 2023 se aprueba por Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para los años 2022 y 2023 respectivamente con inclusión expresa de la subvención destinada a escuelas de educación infantil municipales autorizadas por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deporte. El objetivo del mismo es fomentar la escolarización temprana, sufragando parte de los servicios educativos y de comedor de las plazas escolares autorizadas ocupadas de los centros de titularidad pública municipal autorizados, que impartan el primer ciclo de educación infantil (0-3 años), para el correcto funcionamiento de los ejercicios 2022 y 2023. Noveno.- Con fecha 20 de mayo de 2022 el Gobierno de Canarias autorizó el gasto plurianual número 480/2022, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para financiar la convocatoria de subvenciones durante los ejercicios 2022 y 2023, destinadas al fomento de la escolarización temprana de 0 a 3 años, por importe de once millones trescientos cuarenta y nueve mil tres euros con sesenta y ocho céntimos (11.349.003,68 €). En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de la Villa de Garafía convienen en firmar el presente convenio específico de cooperación, con arreglo a las siguientes Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 44 ACTA DEL PLENO CLÁUSULAS Primera.- Objeto. El objeto del presente convenio específico es establecer los mecanismos de cooperación necesarios entre la Consejería y el Ayuntamiento de Garafía, mediante la adhesión del mismo al convenio marco de cooperación suscrito por la Consejería y la FECAM en el que se establecen las fórmulas generales de gestión y financiación compartida de las escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal autorizadas que imparten el primer ciclo de educación infantil; procediendo con ello a la concreción de los mecanismos de gestión y financiación compartida que resultarán de aplicación a las siguientes escuelas de educación infantil autorizadas cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento. Las fórmulas de gestión y financiación compartida reguladas en el presente convenio, serán de aplicación a las escuelas de educación infantil autorizadas a la fecha de entrada en vigor del presente convenio cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento, y cuyos datos se indican a continuación: DENOMINACI CÓDIGO DE PLAZAS AUTORIZADAS Santo Domingo ÓN CENTRO 38015837 10 No obstante, lo dispuesto en el presente convenio será de aplicación a aquellas otras escuelas de educación infantil públicas ubicadas en el citado término municipal, cuya creación y/o autorización se produzca durante la vigencia del presente convenio. Siendo el objetivo final garantizar la red de escuelas infantiles cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento, y favorecer su incremento, así como la ampliación o mejora de las existentes. Segunda.- Obligaciones de las partes para llevar a cabo la gestión compartida de las escuelas de educación infantil de titularidad municipal autorizadas cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento. 1. La Consejería se obliga a: a) Respetar la autonomía del Ayuntamiento de la Villa de Garafía para la gestión de sus escuelas infantiles en todos aquellos aspectos que no afecten a su marco competencial como administración educativa. b) Impulsar la interoperatividad de los datos relativos a la gestión administrativa y académica del alumnado en coordinación con la persona o personas designadas por el Ayuntamiento. c) Compartir con el Ayuntamiento, si así lo solicita, un listado de personas que integran la correspondiente lista de empleo de personal docente y que estén en posesión de la titulación requerida para impartir educación infantil, al objeto de efectuar posibles contrataciones. Esta obligación únicamente podrá llevarse a cabo en relación con las personas que integran la correspondiente lista de empleo de personal docente que, previamente, así lo autoricen. d) Las unidades técnicas adscritas a la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, prestarán asesoramiento técnico en Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 44 ACTA DEL PLENO relación con las prescripciones que debe seguir el Ayuntamiento para la ejecución de las obras que resulten necesarias en las escuelas municipales, a los efectos de cumplir con los requisitos exigibles a los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en el ámbito autonómico de acuerdo con la normativa de aplicación. Dicho asesoramiento se podrá prestar, a su vez, con relación a la elaboración o modificación del plan de autoprotección del centro. Así mismo, a solicitud del Ayuntamiento, la Consejería prestará asesoramiento sobre el material educativo y didáctico idóneo para el alumnado matriculado y sobre la normativa educativa aplicable, en particular, en lo relativo a los aspectos pedagógicos. e) Dar soporte y orientación al personal de las escuelas de educación infantil en relación con la atención a niñas y niños con necesidades específicas de apoyo educativo, a través del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de zona o específico que corresponda en cada caso a las citadas escuelas. Los contenidos de las acciones que se desarrollen a este respecto, se ajustarán en todo momento a la normativa de aplicación. f) Prever, en la oferta formativa que realiza la Consejería, acciones formativas dirigidas al personal docente y no docente de las escuelas de educación infantil o, en su caso, tener en consideración su posible participación en las acciones formativas que oferten con carácter general. g) Garantizar y supervisar la adecuada atención educativa del alumnado de las Escuelas Infantiles a través de las facultades que tiene encomendadas la Inspección de Educación. h) Impartir las instrucciones relativas a la interpretación de las condiciones o requisitos establecidos en el presente convenio, que no se encuentren atribuidas a la Comisión de Seguimiento. 2. El Ayuntamiento se obliga a: a) Mantener durante todo el tiempo de vigencia del convenio las plazas escolares del primer ciclo de educación infantil autorizadas por la Consejería. b) Remitir a la FECAM a la firma del presente convenio específico, en el plazo de 15 días hábiles, la Declaración Responsable suscrita por la Presidencia de la Entidad Local, conforme al anexo I, así como el Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de subvenciones, conforme el anexo II. Aquellos ayuntamientos que hayan solicitado la adhesión antes del 31 de marzo, presentarán un Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos anual. c) Remitir a la FECAM, en los plazos establecidos en la cláusula sexta la documentación señalada en la cláusula citada del presente convenio conforme a los requisitos allí establecidos. A su vez, deberá remitir la documentación adicional que pueda ser requerida por la Consejería directamente o través de la FECAM, en su condición de entidad colaboradora. En este último caso, la obligación de aportación de documentos u otros extremos que se determinen, deberá ajustarse a los plazos y procedimiento que se indique. d) Impulsar la participación y cooperación efectiva entre la escuela y las familias a través de la implementación de fórmulas de comunicación tales como: programación de actividades y jornadas de convivencia e información periódicas; y cualquier otro que se estime conveniente para favorecer la referida cooperación y Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 44 ACTA DEL PLENO participación. e) Establecer los medios precisos para impulsar el funcionamiento eficaz de los mecanismos de coordinación y cooperación entre las administraciones públicas a nivel autonómico, insular, local e intersectorial (educación, sanidad, asuntos sociales, justicia). f) Contratar al personal docente y no docente que resulte necesario para el correcto funcionamiento de la escuela infantil, con estricta sujeción a los requisitos de titulación exigidos en cada caso por la normativa de aplicación. g) Elaborar una propuesta pedagógica adecuada a los contenidos educativos previstos en la legislación vigente para esta etapa educativa, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en esta materia. h) Colocar en la fachada de las escuelas de educación infantil la señalización identificativa que permita, tanto a las personas usuarias de las escuelas municipales como a la ciudadanía en general, conocer qué escuelas de educación infantil se están gestionando de forma compartida por la Consejería y el Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde la firma del presente convenio. Tercera.- Obligaciones de las partes en materia de financiación compartida de las escuelas de educación infantil autorizadas cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento. 1. La distribución de la financiación de las cuotas de los servicios educativos y de comedor de las plazas públicas del primer ciclo de educación infantil de los centros referidos en la cláusula primera, se efectuará distribuyendo entre ambas partes y, en su caso, las familias, el coste de cada plaza autorizada ocupada. Para ello se aplicarán los porcentajes de financiación que se señalan en la tabla que sigue, a la cuota base fijada anualmente por el Ayuntamiento, siempre que la misma no sea superior a 300 euros; de lo contrario, el valor de referencia para la aplicación de los citados porcentajes será la expresada cantidad. La fijación de los tramos recogidos en la tabla se establecen de acuerdo a lo señalado en el apartado 4 de la presente cláusula, dando lugar al reparto siguiente: (*) FINANCIACIÓN FINANCIACIÓN MÁXIMA CONSEJERÍ A MÍNIMA AYUNTAMIEN TO A 0,00 % 0,00 % 100,00% Más del 3 y medio IPREM B 33,33 % 33,33 % 33,33 % 3 y medio IPREM C 40,00 % 33,33 % 26,67 % 3 IPREM D 50,00 % 33,33 % 16,67 % 2 y medio IPREM E 66,67 % 33,33 % 0,00 % 1 y medio IPREM 2. La Consejería asume la financiación de la cuota correspondiente a los servicios educativos y de comedor de las plazas escolares autorizadas ocupadas, hasta el límite del porcentaje señalado para cada tramo en la tabla anterior. A efectos de determinar el importe a abonar por la Consejería, deberá atenderse al límite máximo establecido en el apartado 1 y, la financiación así establecida se aplicará a la totalidad del ejercicio correspondiente. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 44 ACTA DEL PLENO CUOTA MÁXIMA FAMILIA INGRESOS FAMILIA 3. El Ayuntamiento se obliga a: a) Financiar la cuota correspondiente a los servicios educativos y de comedor, como mínimo, conforme al porcentaje señalado en la tabla anterior. La determinación del importe se efectuará, en todo caso, tomando como referencia la cuota base vigente al inicio de cada curso escolar de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Fiscal reguladora del servicio. b) Asumir el coste del mantenimiento y la reposición del equipamiento y del material didáctico necesario para el correcto funcionamiento de cada escuela infantil, según las prescripciones técnicas establecidas por la Consejería. Asimismo, el Ayuntamiento asumirá todos los gastos de funcionamiento del centro tales como: suministro de agua, electricidad, teléfono, y material fungible. c) Realizar y remitir a la Consejería a través de la FECAM, la baremación cuatrimestral de las rentas familiares del alumnado escolarizado, a fin de determinar el importe a cofinanciar por la Consejería de acuerdo con los porcentajes recogidos en la tabla anterior y en la forma prevista en la cláusula sexta. 4. Tramos de financiación: La distribución de la financiación se efectúa considerando los niveles de renta de la unidad familiar en tramos, de tal manera que para el cálculo de la renta de la unidad familiar, se tomará como valor de referencia el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a aquel en el que se vaya a efectuar la determinación y abono del importe de financiación compartida que corresponda (ej: En 2022, se tomará como referencia el IPREM de 2021, y así sucesivamente). Para ello, se establecen cinco tramos de renta de la unidad familiar: A) Alumnado cuya renta familiar anual supere tres veces y medio el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en familias de uno a cuatro miembros computables. B) Alumnado cuya renta familiar anual se encuentre entre tres veces y medio y tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente. A partir del cuarto miembro este límite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable. C) Alumnado cuya renta familiar anual se encuentre entre tres veces y dos y medio el indicador público de renta de efectos múltiples vigente. A partir del cuarto miembro este límite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable. D) Alumnado cuya renta familiar anual se encuentre entre dos veces y medio y uno y medio del indicador público de renta de efectos múltiples vigente. A partir del cuarto miembro este límite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable. E) Alumnado cuya renta familiar anual no supere uno y medio el indicador público de renta de efectos múltiples vigente. A partir del cuarto miembro este límite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable. El IPREM correspondiente al ejercicio 2021 quedó establecido en la cuantía anual de 7.908,60 euros (14 pagas) por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estados para el año 2021. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 44 ACTA DEL PLENO 5. Son miembros computables de la unidad familiar a los efectos del presente convenio: A) El/La alumno/a matriculado/a en la escuela de educación infantil. B) La madre y el padre, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso. C) En el caso de divorcio o separación legal de los progenitores, no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el/la menor escolarizado/a, sino en su caso el/la nuevo/a cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo. D) No se aplicará lo previsto en el párrafo anterior cuando la persona solicitante se encuentre en situación de custodia compartida, integrando en este supuesto la unidad familiar las personas relacionadas en el apartado B, con independencia de la no convivencia de ambas en el mismo domicilio. 6. Atendiendo a lo dispuesto en los apartados anteriores y al número de plazas autorizadas que se señalan en la cláusula primera, el importe máximo de la financiación de los gastos relativos a los servicios educativos y de comedor que asume la Consejería será 24.001,20 € para cada anualidad, aplicando la cuota máxima fijada por la Consejería, tal como se desprende de lo señalado en el anexo V del presente convenio, abarcando los compromisos económicos tres ejercicios, según se indica en la tabla siguiente: ANUALI IMPORTE ACTIVIDAD COFINANCIADA DAD 2022 16.000,08 € Dos primeros cuatrimestres de 2022 2023 24.001,20 € Tercer cuatrimestre de 2022 y dos primeros cuatrimestres de 2023 2024 8.000,40 € Tercer cuatrimestre de 2023 Cuarta.- Compatibilidad del régimen de financiación compartida con reducciones o bonificaciones en las cuotas. El régimen de financiación compartida regulado en la cláusula tercera es compatible con las reducciones de cuota, así como con las exenciones y bonificaciones que se establezcan en la correspondiente Ordenanza Municipal reguladora del precio por la prestación del servicio de escuelas infantiles de primer ciclo. Así mismo, resulta compatible con otras subvenciones que el Ayuntamiento y/o las familias puedan obtener para el mismo fin, siempre que no se supere el coste total del servicio. Quinta.- Aplicación Presupuestaria y disponibilidad de crédito. El importe que resulte de aplicación para la financiación que corresponda a la Consejería conforme a lo señalado en la cláusula tercera, está supeditado a la disponibilidad crédito adecuado y suficiente, procediendo, en su caso, su abono con cargo a la aplicación presupuestaria 1805/322B/4500400 184G0408 «Fomento de la escolarización temprana». Sexta.- Requisitos a cumplir por el Ayuntamiento y procedimiento para el abono, por la Consejería, del importe que proceda conforme al régimen de financiación Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 44 ACTA DEL PLENO compartida establecido en el presente convenio. El Ayuntamiento, respecto de los periodos y, en los plazos que a continuación se señalan, deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Remitir a la FECAM -a través de su sede electrónica-, la documentación siguiente: a) Certificación expedida por el órgano competente municipal, conforme al modelo del anexo III, que acredite la efectiva baremación de las rentas familiares del alumnado escolarizado en cada una de las escuelas infantiles señaladas en la cláusula primera, aplicando para ello, a cada tramo de la tabla señalada en la cláusula tercera, los límites de ingresos de la unidad familiar que allí se indican. b) Declaración Responsable suscrita por la Presidencia de la Entidad Local, en la que conste de forma expresa que los fondos a aportar por la Consejería serán destinados a la financiación del coste de mantenimiento de las plazas autorizadas ocupadas en las escuelas de educación infantil de primer ciclo cuya titularidad ostenta, cumpliendo con la finalidad prevista en el presente convenio, según se establece en el anexo IV. c) A su vez, podrá requerirse la aportación de documentación adicional relativa a cada cuatrimestre conforme a lo indicado en el apartado 2 c) de la cláusula segunda. 2. La financiación que corresponda aportar a la Consejería, se distribuirá en tres cuatrimestres: el primero, de enero a abril; el segundo, de mayo a agosto; y, el tercero, de septiembre a diciembre.  La documentación relativa al primer cuatrimestre deberá remitirse, cada año, dentro de los 15 primeros días hábiles del mes de mayo.  La documentación relativa al segundo cuatrimestre deberá remitirse, cada año, dentro de los 15 primeros días hábiles del mes de septiembre.  La documentación relativa al tercer cuatrimestre deberá remitirse, cada año, dentro de los 15 primeros días hábiles del mes de enero del ejercicio siguiente. Recibida la documentación correspondiente a cada cuatrimestre, la FECAM procederá, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su recepción, a su comprobación así como a la determinación del importe que corresponda financiar de acuerdo con lo previsto en el cláusula tercera, emitiendo el informe correspondiente que deberá remitirse, junto a la documentación aportada, a la Consejería una vez concluya el plazo indicado. La persona titular de la Consejería, en el plazo de 15 días a contar desde la recepción de la documentación, y a propuesta de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa previo examen de la documentación recibida, dictará la correspondiente Orden por la que, en su caso, acordará la concesión y el libramiento de los fondos a la FECAM. En el plazo de 3 días desde su recepción la FECAM procederá al pago, distribuyendo los importes que procedan por cada escuela de educación infantil afectada por el régimen de financiación compartida regulado en el presente convenio. La acreditación del cumplimiento de los requisitos señalados servirá de justificación de los fondos que se concedan para la finalidad descrita en el presente convenio. Séptima.- Comisión de Seguimiento. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 44 ACTA DEL PLENO 1. Se creará una Comisión paritaria de Seguimiento cuyas funciones serán las de resolver cuantas cuestiones pueda plantear la interpretación y el cumplimiento del presente convenio. 2. El quórum necesario para la válida constitución de la comisión será el de mayoría de sus miembros, adoptándose sus acuerdos por mayoría de votos. La Comisión se podrá constituir, convocar, celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia. En las sesiones que se celebren a distancia, sus miembros podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando se empleen medios electrónicos que aseguren la identidad de los miembros. La suplencia de alguna de las personas integrantes de la Comisión deberá comunicarse, mediante documento suscrito por titular y suplente, a través de su Presidencia con una antelación mínima de 3 días a la fecha de la convocatoria. La suplencia de la Presidencia se comunicará en el mismo acto por quien vaya a ejercerla, debiendo aportar la citada documentación. 3. La Comisión de Seguimiento estará formada por cuatro (4) vocales, con voz y voto:  Dos (2) vocales, en representación de la Consejería.  Dos (2) vocales, en representación del Ayuntamiento. La Presidencia corresponderá a una de las personas designadas como representantes de la Consejería. A las reuniones podrán asistir, como asesores/as, con voz pero sin voto, el personal técnico que se juzgue conveniente, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. 4. Le corresponde a la Comisión de Seguimiento el conocimiento de las incidencias que puedan surgir durante el periodo de vigencia del Acuerdo, de las circunstancias que concurran en la ejecución de los compromisos adoptados. Asimismo, le corresponde el dictado de instrucciones necesarias para asegurar su adecuada realización, así como informar a las partes signatarias de las incidencias acaecidas durante su ejecución y la propuesta razonada de su modificación. 5. El funcionamiento de la comisión se ajustará a lo siguiente:  Secretaría y actas: La Secretaría se ejercerá por una persona con categoría de Técnico/a de Administración General, Rama Jurídica, perteneciente a la Consejería, que no será considerada como vocal de la Comisión de Seguimiento.  Lugar de celebración: las sesiones de la Comisión se celebrarán presencialmente en el lugar que en cada caso designe la Presidencia, sin perjuicio de la posibilidad de su celebración a distancia por medios electrónicos.  Periodicidad de las sesiones: la Comisión se reunirá a instancia de cualquiera de las partes, por convocatoria de su Presidencia, y, al menos, una vez durante la vigencia del presente Convenio. Asimismo, se reunirá como mínimo una vez al año, y cuantas veces sea necesario para evaluar el desarrollo de los objetivos del presente convenio. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 44 ACTA DEL PLENO La asistencia de estas sesiones, por parte de las personas designadas como vocales en representación de la Consejería, se dispondrá entre las acciones propias del desempeño de su trabajo, y no conllevará el cobro de indemnizaciones establecidas en el artículo 3 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre.  Régimen jurídico: la Comisión Mixta de Seguimiento se regulará, en cuanto a su funcionamiento, régimen de acuerdos y sesiones, por las previsiones anteriores y, supletoriamente, por las disposiciones contenidas en la normativa administrativa común para el funcionamiento de los órganos colegiados. Octava.- Vigencia y prórroga. El presente convenio específico, entrará en vigor a la fecha de su firma, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de Canarias. Su duración se extenderá hasta que se produzca el abono correspondiente al último cuatrimestre de 2023, salvo denuncia expresa de incumplimiento o resolución formulada por cualquiera de las partes. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, la partes podrán acordar unánimemente su prórroga cuya duración deberá ajustarse al límite establecido en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dicha prórroga se formalizará a través de la suscripción de la correspondiente adenda de prórroga en los términos señalados en el artículo 6.1.e) del Decreto 11/2019, de 11 de febrero. Una vez publicado en el Boletín Oficial de Canarias, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de la citada publicación, se inscribirá en el Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias. Novena.- Modificación. El presente convenio se podrá modificar a instancia de cualquiera de las partes firmantes, previo acuerdo unánime de estas, al objeto de regular aquellas cuantos extremos resulten necesarios para la consecución de su objeto y que no hayan sido recogidas en el presente acuerdo, así como para corregir aquellas determinaciones que dificulten la consecución de las actuaciones convenidas; para ello se procederá a la suscripción de la correspondiente adenda, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos. Décima. Causas de extinción. El presente convenio se extinguirá por cumplimiento de su objeto o si concurre cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La resolución dará lugar a los siguientes efectos: a) Cuando la resolución obedezca a mutuo acuerdo, las partes, previo informe de la Comisión de Seguimiento, suscribirán acuerdo específico en el que se detalle el modo de terminación de las actuaciones en curso. b) Cuando la resolución se deba al incumplimiento total de las obligaciones por parte de cualquiera de los firmantes o en aquellos incumplimientos parciales de aquellas actuaciones que, a juicio de la Comisión de Seguimiento mediante informe Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 44 ACTA DEL PLENO motivado, resulten esenciales o indispensables para la correcta y completa ejecución del convenio. Décimo Primera.- Protección de Datos de Carácter Personal. Las instituciones firmantes, deberán respetar las prescripciones del reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los datos que se obtengan con motivo de la ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio. Décimo Segunda.- Naturaleza y régimen jurídico. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y, por consiguiente, se estará a los principios de Derecho Administrativo, siendo el régimen aplicable el dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en el Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la citada norma, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de esta ley y del resto del ordenamiento jurídico administrativo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse en relación con la interpretación y aplicación del Convenio. Asimismo, le será de aplicación lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, al Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Décimo Tercera. Jurisdicción. Las partes acuerdan expresamente someter las cuestiones que pudieran suscitarse como consecuencia de la vigencia, cumplimiento o extinción del presente convenio de cooperación a la jurisdicción de los jueces y tribunales del orden de lo Contencioso-Administrativo. Las citadas cuestiones serán de conocimiento y competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, conforme al artículo 10.1.g) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Y las partes, en prueba de conformidad con lo pactado en el presente convenio, que se extiende por duplicado ejemplar y a un solo efecto, lo firman a continuación en el lugar y fecha indicados en el encabezado. Consejera de Educación, de Universidades, Cultura y Deportes del Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 44 ACTA DEL PLENO Alcalde Presidente Ayuntamiento de la Villa de Garafía Gobierno de Canarias. Secretaría General del Ayuntamiento de Garafía ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE (Remitir a la firma del convenio específico) D. / Dña. , provisto/a de DNI , en calidad de Alcalde/sa - Presidente/a del Ayuntamiento de con CIF , y dirección a efecto de notificaciones en , DECLARA que: Primero.- Bajo mi expresa responsabilidad, son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud y que (Marcar con una X lo que corresponda): □El Ayuntamiento no se halla incurso en las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de la subvención. □Que conoce y acepta las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas en la normativa reguladora de las subvenciones directas para la gestión y financiación compartida de las Escuelas de Educación Infantil de titularidad pública municipal, durante el ejercicio 2022. □No ha obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud. □Ha obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionada con esta solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. La Comunidad Autónoma de Canarias consultará los datos necesarios para la resolución de la presente solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que NO AUTORICE su consulta, (si marca NO AUTORIZO CONSULTA, la Comunidad Autónoma de Canarias no podrá recabar dicho documento, por lo que deberá aportarlo EN PAPEL, junto con la solicitud) Certificado de estar al corriente en la Seguridad Social Certificado de estar al corriente de pago para ayudas y subvenciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria Certificado de estar al corriente de pago para ayudas y subvenciones con la Hacienda Canaria A fecha de la firma electrónica Fdo: El/La Alcalde/sa Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 44 ACTA DEL PLENO □ No autorizo consulta de datos □ No autorizo consulta de datos □ No autorizo consulta de datos ANEXO PROYECTO Y PLAN DE FINANCIACIÓN – PREVISIÓN DE GASTOS E INGRESOS * Si el Ayuntamiento tiene varias escuelas de Educación Infantil, remitir este Anexo II por cada una de ellas. Nombre de la Escuela Infantil: Entidad titular de la Escuela Infantil: Código del centro: CIF: Dirección: Municipio: Código Postal: Isla: Teléfono: Correo electrónico: Persona de contacto: Teléfono: Denominaci ón del proyecto Convenio específico de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de , por el que se regula la adhesión del mismo al Convenio Marco suscrito por la expresada Consejería con la Federación Canaria de Municipios (FECAM) al objeto de establecer el régimen de gestión y financiación compartida de las escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal autorizadas que imparten el primer ciclo de Educación Infantil. Duración Importe solicitado por por plaza ocupada autorizada: Porcentaje de la ayuda sobre los ingresos totales del centro: Previsión de Gastos e Ingresos GASTOS: INGRESOS: ANEXO Objetivo de la ayuda A fecha de la firma electrónica Breve descripción de la actividad a desarrollar para alcanzar dicho objetivo Fdo: El/La Alcalde/sa Plan de financiación. (Si la adhesión es antes del 31 de marzo de 2022: Plan anual; Si la adhesión es después del 31 de marzo de 2022: Plan a partir de la suscripción del convenio específico) ¿Cuenta con otras vías de financiación? Si No (En caso afirmativo, especificar): ANEXO Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 44 ACTA DEL PLENO CERTIFICACIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE MUNICIPAL SOBRE EL NÚMERO DE PLAZAS AUTORIZADAS OCUPADAS * Si el Ayuntamiento tiene varias escuelas de educación infantil, remitir este anexo III por cada una de ellas. D./Dña. en calidad de del Ayuntamiento de . CERTIFICA: Primero.- En relación con el convenio específico de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de , por el que se regula la adhesión del mismo al Convenio Marco suscrito por la expresada Consejería con la Federación Canaria de Municipios (FECAM) al objeto de establecer el régimen de gestión y financiación compartida de las escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal autorizadas que imparten el primer ciclo de Educación Infantil, suscrito con fecha de de 2022, se acreditan la efectiva baremación de las rentas familiares del alumnado escolarizado, de las siguientes plazas autorizadas ocupadas, correspondientes a los meses siguientes: N.º de plazas autorizadas ocupadas EN E Denominació (* n Escuela Infantil ) FE B MA R A B C D E Total plazas autorizadas ocupadas Segundo.- Mediante la presente y a efectos de justificación de la misma se acredita la veracidad y regularidad de los datos. Tercero.- Por parte de este Ayuntamiento se ha llevado a cabo la actividad y se ha dado cumplimiento a la finalidad prevista en el presente convenio. A fecha de la firma electrónica Fdo: El/La Alcalde/sa ANEXO DECLARACIÓN RESPONSABLE (Remitir a la finalización del cuatrimestre junto con el certificado del órgano Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 44 ACTA DEL PLENO AB R MA Y JU N JU L AG O SE P OC T NO V DIC competente municipal) D. / Dña. , provisto/a de DNI , en calidad de Alcalde/sa - Presidente/a del Ayuntamiento de con CIF , y dirección a efecto de notificaciones en , DECLARA que: Primero.- En relación con el convenio específico de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de , por el que se regula la adhesión del mismo al Convenio Marco suscrito por la expresada Consejería con la Federación Canaria de Municipios (FECAM) al objeto de establecer el régimen de gestión y financiación compartida de las escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal autorizadas que imparten el primer ciclo de Educación Infantil, suscrito con fecha de de 2022, declaro que los fondos aportados por la Consejería han sido destinados a la financiación del coste de mantenimiento de las plazas autorizadas ocupadas en la/las escuela/s de Educación Infantil denominada/s: Segundo.- Por parte de este Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a la finalidad prevista en el presente convenio. A fecha de la firma electrónica Fdo: El/La Alcalde/sa REPARTO DE LA COFINANCIACIÓN DEL COSTE DE CADA PLAZA AUTORIZADA Y OCUPADA EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL CUYA TITULARIDAD OSTENTA EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA. En aplicación de los criterios establecidos en la cláusula tercera, la cofinanciación acordada por las partes para cada una de las plazas ocupadas en los diferentes tramos será la siguiente: (*) FINANCIACIÓN FINANCIACIÓN MÁXIMA CONSEJERÍ A MÍNIMA AYUNTAMIEN TO A 0 0 300 € > 28.371,98 € B 99,99 € 99,99 € C 120 € 99,99 € D 150 € 99,99 € E 200,01 € 99,99 € Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 44 ACTA DEL PLENO CUOTA MÁXIMA INGRESOS FAMILIA FAMILIA 100,02 € 24.318,84 € – 28.371,98 € 80, 01 € 20.265,70 € – 24.318,84 € 50, 01 € 12.159,42 € – 20.265,70 € 0 < 12.159,42 € Cuota base limitada según cláusula tercera: 300,00 € Cuota base 395,35 € mensuales por servicio educativo según informe sobre la estimación del coste del personal de la Escuela Infantil Municipal emitido y firmado por el Presidente de la Entidad con fecha 18 de marzo de 2023. Se aplica un sistema de reducciones de cuota en función de la renta familiar y el número de miembros de la unidad familiar. (*) INGRESOS FAMILIA A Más del 3 y medio IPREM B 3 y medio IPREM C 3 IPREM D 2 y medio IPREM E 1 y medio IPREM IMPREN ANUAL AÑO 2021 8.106,28 EUROS (14 pagas)” SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del convenio aprobado en el apartado anterior. TERCERO.- Dar traslado del acuerdo adoptado por el Pleno, a la Intervención Municipal, para su conocimiento y trámite oportuno. 3.- PROPUESTA DE ALCALDÍA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTIÓN COMPARTIDA DE LA RESIENCIA DE MAYORES DE GARAFÍA. ACUERDO QUE PROCEDA.- Se da cuenta de la Propuesta de Alcaldía de liquidación del contrato de servicios de gestión compartida de la Residencia de Mayores de Garafía que trascrita literalmente a continuación dice: “Expediente n.º: 1054/2023 Resolución de Alcaldía Procedimiento: Liquidación de un Contrato de Servicios PROPUESTA DE ACALDÍA Visto que, con fecha 30 de junio de 2023, finalizó el siguiente contrato de servicios: Expediente 583/2021 Procedimiento Acuerdo del Pleno: adjudicación Fecha 31/05/2021 Tipo de Contrato: Servicios Objeto del contrato: Gestión compartida Residencia de Mayores de Garafía Procedimiento de contratación: Abierto, plurianual, sin división de lotes Tipo de Tramitación: urgente Código CPV: 85311000-2 85311100-3 55300000-3 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 44 ACTA DEL PLENO Órgano de Contratación: Pleno de la Corporación Contratista: Formas Nivaria, SL. CIF B76515656 Representante: Don Guillermo de las Casas León, NIF 43799530D Garantía Definitiva: 5% Garantía Complementaria:0% Fecha de Formalización: 23/06/2021 Nº de Contrato: 2021-0031 Fecha de Inicio de Ejecución: 01/07/2021 Fecha de finalización: 30/06/2023 Visto que con fecha 02 de julio de 2023 se presentó la última factura correspondiente al servicio prestado. Visto el informe emitido con fecha 24/07/2023, por la Directora de La Residencia de Mayores donde consta las horas y jornadas de servicios contratadas y no prestadas. A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Fecha/N.º Informe de Secretaría 31/07/2023 Propuesta de Liquidación 31/07/2023 Informe-Propuesta de Secretaría 31/07/2023 Informe de Intervención 31/07/2023 Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se propone al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar definitivamente la liquidación del contrato de servicios descrito en los antecedentes. SEGUNDO. Aprobar, disponer y reconocer la cantidad de 13.980,80 euros a la que asciende la liquidación del contrato por las obligaciones pendientes de abonar. TERCERO. Ordenar el abono de las cantidades adeudadas a favor del contratista, de acuerdo con el informe de fiscalización emitido por la Intervención. CUARTO. Notificar la presente Resolución al contratista con indicación de los recursos pertinentes, a los efectos oportunos. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Se da explicación del asunto y sin haber intervención alguna, se somete al asunto a votación dando el siguiente resultado: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 44 ACTA DEL PLENO VOTOS A FAVOR: 8 (ocho) 4 del Grupo Municipal Popular, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Aprobar definitivamente la liquidación del contrato de servicios descrito en los antecedentes. SEGUNDO. Aprobar, disponer y reconocer la cantidad de 13.980,80 euros a la que asciende la liquidación del contrato por las obligaciones pendientes de abonar. TERCERO. Ordenar el abono de las cantidades adeudadas a favor del contratista, de acuerdo con el informe de fiscalización emitido por la Intervención. CUARTO. Notificar la presente Resolución al contratista con indicación de los recursos pertinentes, a los efectos oportunos. 4.- DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE MODIFICACIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LOS CONCEJALES. ACUERDO QUE PROCEDA.- Se da cuenta al Pleno de la Corporación de la Resolución de Alcaldía nº. 2023- 774, de fecha 01 de agosto de 2023, que trascrita literalmente a continuación dice: “Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Delegaciones y Avocaciones de Competencias RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA   Visto que con fecha 20 de junio de 2023, se resolvió mediante decreto de Alcaldía Nº 2023-0615, las delegaciones de competencias de los concejales tras haberse constituyo el ayuntamiento el pasado día 17 de junio de 2023.   Visto que se ha visto la necesidad y conveniencia de modificar la delegación de competencias en materia de Educación.  De conformidad con las atribuciones conferidas en el Artº. 21.3 de la Ley de Bases del Régimen Local, Artº. 43 del R.O.F  RESUELVO   PRIMERO. Delegar las competencias en materia de Educación y de Juventud a Doña María Yéssica Bonilla, las cuales asumirá, además de las ya delegadas de las Áreas de Fiestas y Deportes. SEGUNDO. Dejar sin efecto la delegación de competencias en materia de Educación a la concejala Doña Daina del Arco Iris Sgobino, TERCERO. Notificar a los Sres. Concejales, la presente Resolución, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 44 ACTA DEL PLENO requiriéndole para que proceda a su aceptación en los tres días hábiles contados desde la notificación y advirtiéndole que de no hacer manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación se entenderá tácitamente aceptada.   CUARTO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que éste celebre.   QUINTO. Establecer que, en lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de municipios de Canarias, en cuanto a las reglas que para la delegación establecen dichas normas.   DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal PSOE Doña Glemis Rodríguez Pérez preguntando: “Nosotros aprobamos por Pleno la delegación y ese mismo día se presenta Yessica como Concejala de Educación en un recurso del Consistorio. Entonces, ¿por qué esa delegación ese día cuando ese mismo día ya se sabía que ella no iba a ser la Concejala?.” “El mismo día que se llevó a Pleno, que se aprobó la competencia a Daina, Yessica se presentó en la guardería como la Concejala de Educación.” “¿Entienden la duda?, es que lo aprobamos y media hora más tarde se estaba presentando otra Concejala.” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal PP Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallicio respondiendo: “Te comento. Tienes razón. Te comento. Fue porque había una serie de área que no sabía, educación no me constaba que la fuera a coger yo y entonces fue un momento en el que dije esa no me correspondía. Después hablé con José Ángel y le comenté oye José Ángel si cabe la posibilidad, teniendo en cuenta que yo tenía las otras áreas, delegar esta de educación para Yessica si ella estaba de acuerdo. Se lo propusimos, Yessica aceptó.” “Yo me presenté en la Guardería como Concejala de educación, me presenté y les comuniqué que en adelante iba a ser Yessica aunque oficialmente todavía seguiría constando yo como la responsable en educación. Motivo por el cual, yo he respondido y no Yessica al convenio anterior.” La Sra. Rodríguez Pérez: “La duda es porque el mismo día que aprobamos las delegaciones se presenta otro Concejal con una delegación diferente.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Sí, hubo un error de transcripción y se me puso educación cuando no estaba dentro de lo que yo había acordado.” El Pleno queda enterado. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 44 ACTA DEL PLENO 5.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE ANTE LA FUNDACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA VILLA DE GARAFIA. ACUERDO QUE PROCEDA. Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno de la Corporación de la Propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA SOBRE MODIFICACIÓN DE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS De conformidad con lo establecido en el Artº. 113 de la Ley 14/90 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias se formula al Pleno de la corporación para su deliberación y aprobación si procede la siguiente Propuesta de modificación de nombramiento de representantes de la Corporación en La fundación para la Recuperación del Patrimonio de "La Villa de Garafía" En Pleno de organización celebrado el día 26 de junio de 2023 se nombró representante titular a Doña Doña María Yessica Bonilla Santana y como suplente a Don Francisco José Hernández Herrara. Se propone modificar el representante titular, siendo nombrada Doña Daina del Arco Iris Sgobino. No obstante, el Pleno de la Corporación resolverá lo que estime procedente. Villa de Garafía a 31 de Julio de 2023 (DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE)” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal Socialista Doña Glemis Rodríguez Pérez: “En cuanto a esto nos gustaría saber el motivo del cambio porque también justamente ese día se aprobó.” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal Popular Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallicio: “Porque, teniendo yo la Concejalía de Cultura y Patrimonio, que conlleva también artesanía, entonces considero más oportuno, siendo una Fundación para la conservación del patrimonio, sea yo quien lo gestione para no tener que estar constantemente pasándonos información, para no entorpecer las gestiones que tengan que ver con esta.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Pero que ya tenías las competencias de cultura ya delegadas.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Diré que no disponía yo de ese documento antes de que se hiciera la propuesta entonces, en vez de hacer ninguna modificación en el momento de la votación, quise consultar a nuestro Alcalde a ver si había posibilidades teniendo en cuenta que yo me quedaba con cultura. Por ese motivo, se procede a solicitar el cambio.” Considerándose suficientemente debatido el asunto se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 44 ACTA DEL PLENO VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Modificar el representante titular de este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía ante la Fundación para la Recuperación del Patrimonio “Villa de Garafía” quedando por tanto la representación de esta Entidad ante dicho organismo como sigue: Órgano Colegiado Representante Titular Representante Suplente Fundación para la Recuperación del Patrimonio “Villa de Garafía” Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallicio SEGUNDO.- Que del presente Acuerdo se de traslado a la Fundación para la Recuperación del Patrimonio “Villa de Garafía” para su conocimiento y efectos. 6.- ADHESIÓN AL ACUERDO ADOPTADO POR EL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA DE APOYO A LA MOCIÓN PRESENTADA POR NUEVA CANARIAS, EN TAZACORTE, PARA QUE EL GOBIERNO AUTÓNOMO ASUMA EL 50% DEL COSTO DE LAS REPARACIONES DE INFRAESTRUCTURAS DAÑADAS POR EL VOLCÁN. ACUERDO QUE PROCEDA. Se da cuenta al Pleno de la Corporación del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma en sesión Ordinaria de fecha 14 de julio de 2023, que trascrito literalmente a continuación dice: “Maeve Sanjuán Duque, concejal a de Nueva Canarias, eleva al Pleno Ordinario para su debate y aprobación la siguiente moción: “Apoyo a la moción presentada por Nueva Canarias, en Tazacorte, para que el Gobierno Autónomo asuma el 50% del costo delas reparaciones de infraestructuras dañadas por el volcán” EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es innegable que Tazacorte ha sido uno de los municipios más castigados en lo que se refiere a la destrucción que provocó el volcán de Tajogaite, junto con los municipios de Los Llanos de Aridane y El Paso. La Recuperación de la Isla, desde el año 2021, se ha convertido en uno delos mayores retos asumidos por La Palma, lo que obliga a la solidaridad entre todos los municipios en cuantas propuestas supongan un paso más en esa recuperación integral. Lo cierto es que, dos años después, estos municipios continúan luchando para hacer posible una recuperación que, aunque afecta al conjunto de la Isla, ha significado, en mayor medida, la destrucción de numerosas infraestructuras en toda el Valle, algo que es urgente resolver para propiciar la recuperación de la actividad y el desarrollo socioeconómico en esta zona y, por extensión, en toda La Palma. Tal y como se señala en dicha moción, 1.676 estructuras fueron sepultadas Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Don Francisco José Hernández Herrera Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 44 ACTA DEL PLENO por la lava, un total que comprende viviendas, instalaciones agrícolas, industriales, viales, de ocio y hostelería, entre otras y, dado que la recuperación de dichas infraestructuras se ha convertido en una “tarea titánica” –según manifiestan-, Nueva Canarias, en Tazacorte, ve necesaria la implicación del Gobierno Autónomo para la financiación en un 50% de las mimas que aún no han sido asumidas por el Gobierno estatal. MOCIÓN 1.- Solicitar el apoyo del Pleno a la moción presentada por Nueva Canarias, en Tazacorte, donde se detalla las cuantías necesarias para asumir el coste de las reparaciones de las infraestructuras dañadas por el volcán, que no han sido asumidas por el gobierno del Estado. 2.- Asimismo, solicitar el apoyo de los demás Ayuntamientos de la Isla así como, de la Institución Insular, con el objetivo de aunar fuerzas para la recuperación de la Isla”. No habiendo intervenciones se somete al asunto a votación dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- ADHERIRSE al Acuerdo adoptado en sesión Ordinaria de fecha 14 de julio de 2023 por el Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma de apoyo a la Moción presentada por Nueva Canarias, en Tazacorte, para que el Gobierno Autónomo asuma el 50% del costo de las reparaciones de infraestructuras dañadas por el volcán. SEGUNDO.- Que del presente Acuerdo se de traslado al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma para su conocimiento y efectos. 7.- MODIFICACIÓN MIEMBROS DE MESA PERMANENTE DE CONTRATACIÓN. ACUERDO QUE PROCEDA.- Se da cuenta de la Propuesta de Alcaldía que trascrita literalmente a continuación dice: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Habiéndose constituido el nuevo ayuntamiento el pasado día 17 de junio de 2023 y siendo conveniente y necesario para poder integrar la Plataforma de Contratación del Estado en el programa 2ª generación Gestiona de espublico, proceder a designar los nuevos miembros de las mesas de contratación, cuya función sea la de asistir al órgano de contratación y que fueron creadas por acuerdo de fecha 04 de agosto de 2022 y publicado en BOP de S/C de Tenerife, del día 07 de septiembre de 2023. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 44 ACTA DEL PLENO Propongo al Pleno de la corporación, la adopción del siguiente: ACUERDO: PRIMERO. Designar a los miembros de las mesas de contratación: Mesa de contratación (cuando el órgano de Contratación es el Alcalde)  Presidente: Primer Teniente de Alcalde, Don Doña Lorena Rodríguez Pérez.  Secretaria: María Elena Pérez Rodríguez (funcionaria de carrera y tesorera Acctal.) ****791**  Vocal: Nieves Yolanda Pérez Lorenzo (Secretaria-Interventora Acctal.) ****976**  Vocal: Miguel Ángel Quesada Reyes (Arquitecto Técnico Municipal) ****876**  Vocal: Concepción Armenia de las Casas Durán (personal laboral fijo aux. adtva.) ****428** Mesa de contratación (cuando el órgano de Contratación es el pleno de la Corporación)  Presidente: Alcalde, Don José Ángel Sánchez Rodríguez ****843**  Secretaria: María Elena Pérez Rodríguez (funcionaria de carrera y tesorera Acctal.) ****791**  Vocal: Nieves Yolanda Pérez Lorenzo (Secretaria-Interventora Acctal.) ****976**  Vocal: Miguel Ángel Quesada Reyes (Arquitecto Técnico Municipal) ****876**  Vocal: Concepción Armenia de las Casas Durán (personal laboral fijo aux. adtva.) ****428** SEGUNDO. Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente. TERCERO. Publicar dicha Resolución en el perfil de contratante del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.” No habiendo intervenciones se somete al asunto a votación dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO. Designar a los miembros de las mesas de contratación: Mesa de contratación (cuando el órgano de Contratación es el Alcalde)  Presidente: Primer Teniente de Alcalde, Don Doña Lorena Rodríguez Pérez.  Secretaria: María Elena Pérez Rodríguez (funcionaria de carrera y tesorera Acctal.) Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 44 ACTA DEL PLENO ****791**  Vocal: Nieves Yolanda Pérez Lorenzo (Secretaria-Interventora Acctal.) ****976**  Vocal: Miguel Ángel Quesada Reyes (Arquitecto Técnico Municipal) ****876**  Vocal: Concepción Armenia de las Casas Durán (personal laboral fijo aux. adtva.) ****428** Mesa de contratación (cuando el órgano de Contratación es el pleno de la Corporación)  Presidente: Alcalde, Don José Ángel Sánchez Rodríguez ****843**  Secretaria: María Elena Pérez Rodríguez (funcionaria de carrera y tesorera Acctal.) ****791**  Vocal: Nieves Yolanda Pérez Lorenzo (Secretaria-Interventora Acctal.) ****976**  Vocal: Miguel Ángel Quesada Reyes (Arquitecto Técnico Municipal) ****876**  Vocal: Concepción Armenia de las Casas Durán (personal laboral fijo aux. adtva.) ****428** SEGUNDO. Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente. TERCERO. Publicar dicha Resolución en el perfil de contratante del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. 8.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA, QUE VAN DESDE LA Nº. 2023- 0318, DE FECHA 10/04/2023 HASTA LA 2023-0764 DE FECHA 28/07/2023. Por la Alcaldía se da cuenta de las Resoluciones dictadas desde la nº. 2023- 0318 de fecha 10 de abril de 2023 hasta la 2023-0764 de fecha 28 de julio de 2023. Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal Socialista Doña Glemis Rodríguez Pérez interesándose al respecto de las siguientes resoluciones: DECRETO 2023-0700 [DECRETO CONCESION LICENCIA OBRA MAYOR BODEGAS MACIONGA, S.L. representada por D. FRANK VEIT] DECRETO 2023-0478 [Resolución de Alcaldía aprobación proyecto LIMPIEZA INTERFAZ PARA PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES EN LA VILLA DE GARAFÍA] Teniendo en cuenta que no se cuenta con dispositivo electrónico para consultar dichas resoluciones en ese momento se adquiere el compromiso de dar cuenta de lo interesado al respecto de dichas Resoluciones a la mayor brevedad de tiempo posible. 9.- INFORMES DE LA ALCALDÍA EN MATERIAS DE SU COMPETENCIA.- Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente informando a los miembros de la Corporación sobre lo siguiente: “Estamos gestionando varias obras que tenemos que sacar a licitación que aún no se han sacado que es la obra del asfaltado de Franceses que son unos ochocientos metros, también la de El Tablado, la de Hoya Grande la bajada de Hoya Grande hasta donde está la plaza y varios obras más que tenemos que sacar a licitación pero bueno el Presupuesto fue aprobado cuando fue aprobado y no nos ha dado tiempo pero estamos trabajando en ello ya.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 44 ACTA DEL PLENO DECLARACIÓN DE URGENCIA Se da cuenta del escrito llegado en el día de hoy solicitando nombramiento de representante titular y suplente de este Ayuntamiento en el Consejo Sectorial para la reconstrucción y recuperación de la Isla de La Palma. Se somete a votación la declaración de urgencia del asunto dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, declarar la urgencia del asunto. 10.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE TITULAR Y SUPLENTE DE ESTE ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA EN EL CONSEJO SECTORIAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y RECUPERACIÓN DE LA ISLA DE LA PALMA. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por la Presidencia se informa a los miembros del Pleno de la Corporación del escrito llegado en el día de hoy desde el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en el que solicitan a la mayor brevedad posible se designe por este Ayuntamiento un representante titular y un representante suplente que formen parte del Consejo Sectorial para la Reconstrucción y Recuperación de la isla de La Palma. Explica el Sr. Alcalde que hubiese sido bueno consultarlo con los otros dos Ayuntamientos de la Comarca Puntagorda y Tijarafe pero, que dada la premura con la que lo solicita el Cabildo y la importancia del asunto se opta por hacer nuestra propuesta. Tras un cambio de impresiones el Sr. Alcalde-Presidente propone la designación de los representantes siguientes: Órgano Representante Titular Representante Suplente Consejo Sectorial para la Reconstrucción y Recuperación de la isla de La Palma Don José Ángel Sánchez Rodríguez Considerándose suficientemente debatido el asunto se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 44 ACTA DEL PLENO Doña Lorena Rodríguez Pérez siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Nombrar como representante titular y representante suplente de este Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía ante el Consejo Sectorial para la Reconstrucción y Recuperación de la isla de La Palma, a los siguientes miembros de esta Corporación: Órgano Representante Titular Representante Suplente Consejo Sectorial para la Reconstrucción y Recuperación de la isla de La Palma Don José Ángel Sánchez Rodríguez SEGUNDO.- Que del presente Acuerdo se de traslado al Excmo. Cabildo Insular de La Palma para su conocimiento y efectos. DECLARACIÓN DE URGENCIA Se informa a los Sres. Miembros de la Corporación sobre el hecho de que la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2022 ya se encuentra en disposición de ser aprobada definidamente y por diversos motivos quedó fuera de la convocatoria pero urge su tramitación para cumplir con los plazos ante la Audiencia de Cuentas. Se somete a votación la declaración de urgencia del asunto dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (OCHO) 4 del Grupo Municipal PP, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, declarar la urgencia del asunto. 11.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2022. ACUERDO QUE PROCEDA. Se da explicación del asunto y sin haber intervención alguna, se somete al asunto a votación dando el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 8 (ocho) 4 del Grupo Municipal Popular, 3 del Grupo Municipal PSOE y 1 del Grupo Municipal Mixto. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Ayuntamiento Pleno adopta, por unanimidad de los Sres. Asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el art. 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Aprobar la Cuenta General del Ejercicio 2022, del Ayuntamiento de Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Doña Lorena Rodríguez Pérez Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 44 ACTA DEL PLENO la Villa de Garafía SEGUNDO.- Remitir la Cuenta General aprobada junto con toda la documentación que la integra a la fiscalización del Tribunal de Cuentas y órgano autonómico, tal y como se establece en el artículo 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y, en cumplimiento de los mandatos de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y demás normativa concordante, al Ministerio de Hacienda y Función Pública. 12.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Toma la palabra el Sr. Concejal del Grupo Mixto Don José Alberto Lorenzo Castro formulando la siguiente pregunta: “Todos conocemos en Las Tricias el caso de Zoraida, entonces en campaña estuvimos allí y hay un trozo de carretera que hay que hacer y entonces, Sergio el Presidente actual del Cabildo se comprometió a que si se hacía el trozo de carretera que falta , él se comprometía a asfaltar toda la carretera de allí hasta arriba. Entonces nos gustaría saber si se está moviendo algo de eso.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, se está moviendo bueno estamos viéndolo con la dueña del terreno que está la casa que sabes que hay que romper una parte del muro y todas esas cosas las estamos viendo para empezar, si queremos hacerlo.” El Sr. Lorenzo Castro: “Es que yo me informé un poco más y como que tú que eras en ese entonces el Concejal de Obras le habías dicho a Zoraida que la obra ya estaba adjudicada.” El Sr. Alcalde-Presidente: “No, no, adjudicada no, que se iba a hacer. Pero claro, yo estuve allí un día, no habíamos visto a la señora esta, la dueña del terreno, había que hablar con ella. Ella nos puede decir sí se puede hacer y luego llegamos allí y no tenemos un permiso o algo para poderlo hacer, es un problema. Entonces, estamos esperando pero si estamos con eso.” El Sr. Lorenzo Castro: “El problema es que es una que veo yo como muy importante.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, sí, sí. Sé que es importante, yo he estado en su casa, sé cómo está, tienen todos los días que subir con el niño, además cada vez pesa más.” El Sr. Lorenzo Castro: “Es una cosa que hay que darle un poco de prioridad.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Después para arriba, lo que es las otras roderas tampoco están buenas.” El Sr. Lorenzo Castro: “Sergio se comprometió a que si se hacía…” El Sr. Alcalde-Presidente: “Pues hacemos un presupuesto y se lo presentamos.” El Sr. Lorenzo Castro: “Hacer la obra y yo me comprometo a hablar con él para que lo que él se comprometió que lo haga.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 44 ACTA DEL PLENO El Sr. Alcalde-Presidente: “Lorena también puede hablar con él.” El Sr. Lorenzo Castro: “Bueno, sí, también, pero...” El Sr. Alcalde-Presidente: “Tampoco pasa nada.” El Sr. Lorenzo Castro: “Pero eso, ejecutar la obra para poder después reclamar el asfalto.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, sí, sí. En eso estamos.” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal Socialista Doña Glemis Rodríguez Pérez formulando las siguientes preguntas: “Primero de todo nos gustaría decir que por parte del Grupo Socialista no tenemos la intención de hacer una oposición destructiva sino que sume y que aporte a la villa de Garafía. Nosotros, nuestra intención, es aportar nuestro granito de arena, dar ideas y bueno, lo que quieran ustedes recoger de nuestra mano tendida.” “Pero no por eso podemos quedarnos parados a verlas venir. Tenemos que estar activos también y bueno, estar con los vecinos y detectar aquellas cosas que se puedan mejorar.” “También somos muy conscientes que llevan un mes y medio que no ha sido posible que en este tiempo se puedan desarrollar grandes proyectos o puedan avanzar en grandes trabajos porque sabemos cómo se trabaja en la Administración Pública, venimos de ahí y bueno, no les podemos pedir en este primer Pleno cosas que no son reales porque somos bastante objetivos.” “Y dicho esto que me gustaría que conste en Acta por nuestra parte, vamos a hacer una serie de preguntas y también, después, una serie de ruegos por si se quieren tener en cuenta.” “La primera pregunta es si nos pueden decir el criterio que se ha llevado a cabo para decidir que la única alternativa para cubrir el campus de verano mientras no se pudo cubrir, era comprometer a las animadoras del servicio de acompañamiento a mayores sabiendo que en este Consistorio había otras alternativas para hacer ese tipo de contratación.” Toma la palabra la Sra. Concejala Portavoz del Grupo Municipal y Concejala Delegada de Turismo, Cultura, Medio Ambiente y Servicios Sociales Doña Daina del Arco Iris Sgobino Gallicio: “Tomo la palabra porque me corresponde a mí por mi área. Cuando se tomó la decisión se desconocían las otras opciones, de hecho, cuando a mí se me informa de que existía el Plan Corresponsable fue a tres días que caducase el plazo para presentarlo. En ese momento pues sí que me siento con Romyna en ese caso, y le pregunto que quien estaba gestionando todo eso, es decir, ¿dónde estaba la memoria?, ¿cómo se había hecho en ocasiones anteriores?, y me decía que claro, en ese caso, era la Concejala en este caso tú, quien se encargaba de eso. Y, ahí, pues fue presentarlo a toda carrera, pedir presupuestos.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Estaba presentado ya.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 44 ACTA DEL PLENO La Sra. Sgobino Gallicio: “Pues no aparecía en ningún expediente.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Estaba presentado, solicitando 15.000 € para...” La Sra. Sgobino Gallicio: “Se había otorgado pero había que pedir un presupuesto...” La Sra. Rodríguez Pérez: “Ha, la parte de contratación, claro.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Claro pero, se desconocía totalmente que hubiese sido, el procedimiento, que existiese el procedimiento. Una vez que se nos informa que estaba el procedimiento, se piden los presupuestos correspondientes y ya una vez adquiridos esos compromisos, se inicia toda la tramitación.” “Mientras tanto ¿Por qué se pide que sean las dos animadoras que estaban en el SAD?, motivo, aún no habían empezado con los mayores, por lo tanto, no es que fuesen a empezar un servicio y a dejarlo a medias, era un servicio que se volvía a poner en marcha y, teniendo en cuenta la urgencia que había por parte de cubrir la necesidad de las familias trabajadoras, especialmente padres y madres de apoyo para que pudiesen asistir al trabajo, todo lo que tiene que ver con conciliación familiar, se optó por esta decisión.” “Es decir, en lugar de interrumpir un servicio y volver a reactivarlo, se empieza una semana más tarde y se cuenta con este personal.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, por mi parte he de decir que yo dejé un correo al equipo, donde decía que las actividades de verano estaban imputadas al Plan Corresponsable.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Y ¿ese correo?, ¿a qué equipo?” La Sra. Rodríguez Pérez: “A Servicios Sociales de cosas que faltaban. Puede ser que no llegase.” La Sra. Sgobino Gallicio: “A mí, personalmente, no se me notificó, de hecho, cuando pregunté para que se utilizaba el Plan Corresponsable, incluso me nombraron el campus de Navidad, ni siquiera me habían dicho claramente el campus de verano. Y es más, me dejaron a mano abierta pues todo esto, este listado, está aquí.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Claro, tú puedes cambiar mi criterio y decidir que ese Plan Corresponsable va para otra...” La Sra. Sgobino Gallicio: “Pero por ese motivo se decidió iniciar el campus de verano de esa manera. Una vez que tenemos constancia del Plan Corresponsable se comienza la tramitación.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y, ¿ha habido algún problema con el Plan Corresponsable ahora a la hora de ejecutarlo?” La Sra. Sgobino Gallicio: “No. Hubo que justificar el del 2021.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Que ya Isa me dijo que lo habías hecho tú, sí.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Sí, está justificado y el actual. No ha habido ningún Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 44 ACTA DEL PLENO problema. Está en ejecución de hecho ya comenzó a ejecutarse.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, lo del campus de Navidad y lo digo para que se tenga presente, es porque desde ese mismo Plan Corresponsable suele sobrar dinero para poder hacer las actividades de Navidad.” La Sra. Sgobino Gallicio: “En nuestro caso lo hemos afrontado de otra manera. Hemos contado con una cuarta persona que iniciará a nueve de septiembre para hacer la acogida temprana a partir de las siete y media de la mañana, porque estamos teniendo bastantes dificultades por parte de algunos padres y madres de incorporarse a las ocho de la mañana en su puesto de trabajo. Entonces, se iniciará a las siete y media de la mañana en la guardería y, después, a las ocho y media en el colegio. De tal forma que la misma persona pueda cubrir la acogida temprana en ambos centros.” La Sra. Rodríguez Pérez: “La siguiente pregunta es si se está usando GASAM como almacén de, GASAM o alguna de las instalaciones que están dentro de GASAM, como almacén del Restaurante de San Antonio del Monte y si es sí, bajo qué condiciones.” El Sr. Alcalde-Presidente: “¿El Restaurante de San Antonio del Monte?” La Sra. Rodríguez Pérez: “GASAM, ¿se está usando como almacén del material para el Restaurante de San Antonio del Monte?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Que yo tenga conocimiento no pero igual. Yo las llaves no se las he dado a él ni he tenido conocimiento de nada. Si había alguna cosa estaría de antes. La verdad que en eso no me había fijado porque no sé. Tendré que preguntarle.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Porque nos ha llegado el comentario y entonces, creemos que donde mejor se pregunta es aquí.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Pues no, no tenemos conocimiento.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Si lo comentan y tienen una respuesta de esto yo agradecería que nos lo dijeran y así nosotros decimos la verdad también y si los vecinos están preguntando decirles que no es así.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Se lo preguntaré.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y así decimos todos lo mismo y no estamos especulando.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Vale, vale.” La Sra. Rodríguez Pérez: “En cuanto a los cortes de agua. ¿Se están llevando a cabo los cortes de agua que se anunciaron hace varios días?” El Sr. Alcalde-Presidente: “No” La Sra. Rodríguez Pérez: “No se llevan a cabo. ¿Y por qué? “ Toma la palabra el Sr. Concejal del Grupo Municipal Popular y Concejal Delegado de Obras e Infraestructuras Públicas y de Servicios Municipales Don Francisco José Hernández Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 44 ACTA DEL PLENO Herrera: “Eso más bien es un preaviso para que la gente tenga conciencia de que estamos en mínimos de agua casi cero.” El Sr. Alcalde-.Presidente: “Muchos problemas.” El Sr. Hernández Herrera: “Entonces para que la gente tenga un fisquito de cabeza.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Nosotros somos conscientes de la problemática que hay.” El Sr. Hernández Herrera: “Por eso.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Pero como se anunció los cortes y los vecinos estaban despistados porque los cortes no se efectuaban, no se llevaban a cabo entonces, por las noches, se llenaban los cubos, se preparaban para los cortes, se hacía un gasto superior.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Mucho más.” El Sr. Hernández Herrera: “Se hicieron un par de cortes.” El Sr. Alcalde-Presidente: “En eso sí que hay, cuando tienes el problema cortarla y.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Hay que tener la información clara con los vecinos. Porque a lo mejor esto nos hace un efecto rebote, o sea, si yo tengo miedo a que me corten el agua, empiezo a llenar cubos. Entonces, si no se cortó el agua y se llenaron los cubos se hizo doble gasto.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Precisamente. También fue porque hubo una avería enorme que sabemos. También hay muchas pérdidas de agua se están intentando a ver si podemos regularizarlas de alguna manera y a ver si el Consejo Insular de Aguas nos ayuda. Hemos hablado con los otros Ayuntamientos también ese mismo problema, les pasa parecido, a ver si nos ayudan para ir cambiando la red.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, pues básicamente yo creo que informar bien a los vecinos en cuanto a esto para que no nos juegue una mala pasada. Las decisiones que se tomen en cuanto al ahorro de agua y como tener agua en casa.” “La siguiente pregunta es sobre el mercadillo de San Antonio del Monte, del Centro de Promoción Agraria. ¿Está previsto que se abra el mercadillo a lo largo del verano?.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí. Empezamos en septiembre.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Empiezan en septiembre. Porque como saben eran unas actividades que se estaban abriendo de forma puntual y estaba funcionando bastante bien y bueno, la manera de agasajar a los empresarios es darle continuidad, si no se le da continuidad…” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí. No está Lorena pero sí en septiembre vamos a reanudar..” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 44 ACTA DEL PLENO Toma la palabra la Sra. Concejal del Grupo Municipal Socialista Doña Vanesa Pérez Pérez: “¿Va a seguir siendo de forma puntual o se van a adjudicar?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Vamos a hacerlo puntual de momento. Vamos a empezar un día al mes.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Se están estudiando distintas propuestas Pero la idea es que ese mercadillo tenga mayor frecuencia de la que estaba teniendo.” La Sra. Pérez Pérez: “Estaba iniciado el expediente para adjudicar, para abrirlo ya con periodicidad.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Esa es la idea.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Hemos visto también en los Decretos de, dentro de los decretos, que está adjudicada la obra del edificio de servicios sociales, que bastante falta que tiene.” El Sr. Alcalde-Presidente: “La verdad es que sí.” La Sra. Rodríguez Pérez: “¿Dónde tenéis previsto ubicar al personal de servicios sociales?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Tenemos previsto lo que tenemos. Entre el Ayuntamiento aquí y los demás locales que podamos adaptar. Como hay varios sitios aquí que queda espacio, reubicarlos aquí.” La Sra. Rodríguez Pérez: “¿Aquí todos en el edificio?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Casi todos, salvo el Fisioterapeuta. Al Fisioterapeuta tendremos que buscarle un sitio aparte porque aquí no puede ser.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y a la Psicóloga.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Y a la Psicóloga efectivamente.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y, ¿para cuándo está previsto que se inicien estas obras?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Las obras se tienen que iniciar bueno, ya, él firmó ya el contrato así que. Le hemos dicho que la prioridad ahora es la parte de fuera, la parte exterior, para después en invierno se puede trabajar mejor dentro que no fuera. El problema ahora mismo es que si no se pinta por fuera, en invierno es más difícil por las lluvias bueno, que no tenemos muchas lluvias últimamente pero bueno.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Puntualizar que mientras se está arreglando por fuera ya está avisado el equipo para que vaya haciendo todas las gestiones para poder preparar el traslado.” La Sra. Rodríguez Pérez: “La siguiente pregunta, no sé si está contestada con los informes de Alcaldía, porque nos referíamos a que nos informasen de las obras que tienen previstas a lo largo de estos meses, si tienen prevista alguna y de las obras que se estén ejecutando en este momento para nosotros tener también conocimiento en qué se está trabajando.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 44 ACTA DEL PLENO El Sr. Alcalde-Presidente: “Bueno, Paco también sabe pero es las que he nombrado, aparte la Verada que también se va a sacar a licitación, lleva un proceso, hemos tenido también algunos problemas con otras obras de depósito que, claro, en un principio había un presupuesto pero claro, ahora no llega, los precios sabemos todos que han subido, hemos hecho un modificado del proyecto para...” La Sra. Rodríguez Pérez: “¿Modificar el proyecto del depósito? O ¿hacer una modificación presupuestaria?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Una modificación presupuestaria sí.” Toma la palabra el Sr. Concejal del Grupo Mixto Don José Alberto Lorenzo Castro: “El depósito de arriba de Los Sabres ¿es del Ayuntamiento o es del Roque?, el que están haciendo al lado de...” El Sr. Alcalde-Presidente: “No, no, es del Ayuntamiento lo que pasa es que lo hace el Consejo Insular de Aguas.” El Sr. Lorenzo Castro: “Aquello hay que vigilarlo porque la grava que está utilizando que es de Las Angustias es pan para hoy y hambre para mañana.” El Sr. Alcalde-Presidente: “¿Es de Las Angustias?” El Sr. Lorenzo Castro: “Pero, si no se le hace un seguimiento, después el paquete queda para el pueblo.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Habrá que verlo porque nosotros ahí, el seguimiento lo tiene que hacer el Consejo Insular de Aguas.” El Sr. Lorenzo Castro: “Sí, pero…” El Sr. Alcalde-Presidente: “Ellos lo tiene adjudicado todo.” El Sr. Lorenzo Castro: “Pero si con esa grava bonito queda, pero con los años.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, yo sé, lo que pasa que el depósito no es con grava sino las bases, el fondo, lo otro es prefabricado todo.” El Sr. Lorenzo Castro: “Va a ser como...” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, como el que está en Briesta, el que va al Castillo, más o menos ese sistema.” El Sr. Lorenzo Castro: “De plancha, con la tela pero ¿va a ser de agua potable?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, sí, claro, claro.” El Sr. Lorenzo Castro: “Como el que tiene el Ayuntamiento de Puntagorda.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Puntagorda tiene algunos que no, saben que ahora alguno se les quemó que eran de lata, tienen un gran problema porque ahora no tienen ni depósitos para el agua.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 44 ACTA DEL PLENO El Sr. Lorenzo Castro: “Pero es que es normal.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Bueno, según el Consejo Insular de Aguas es que no tiene agua ninguna lo que tiene son dos depósitos solo.” El Sr. Lorenzo Castro: “Tiene un techo de lona y los pinos colgando para adentro del tanque.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Exactamente pues tú también lo sabes que pasaste por allí. Igual que el otro día, yo no sabía que esas obras estaban, bueno no tiene nada que ver con el Pleno pero contarlo. Los depósitos que tienen arriba, esos depósitos inicialmente yo creo que era un proyecto inicialmente de haberlos hecho aquí en el Lomo de La Ciudad que por su propio peso iría el agua para allá. Ahora dicen que no, que elevarla para Garafía, ¿de dónde elevas el agua para Garafía?, pero bueno, un proyecto que ya lo tienen terminado.” El Sr. Lorenzo Castro: “Aquí pasa el mismo problema que aquello está tapado de pinos y ¿le metes un techo de lona?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Y el forro. El forro no es de lona...” El Sr. Lorenzo Castro: “Los de Puntagorda empezó a quemarse el techo y después ya se estaba quemando la lona de…” El Sr. Alcalde-Presidente: “La de dentro.” El Sr. Lorenzo Castro: “Ahora hay que reparar todo eso. Entonces, yo no digo que no sean unos depósitos más económicos lo que pasa es que el alrededor tienes que tenerlo limpio para un caso de un fuego.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Y que vale más hacerlo del otro del prefabricado que viene es mucho mejor para un incendio y para todo.” La Sra. Rodríguez Pérez: “La siguiente pregunta va en relación a la cobertura de las vacaciones de los centros socio sanitarios y del servicio de ayuda a domicilio, ¿nos pueden informar en que momento estamos?, porque sabemos que bueno, sabemos que es difícil cubrir las vacaciones pero también sabemos que han quedado vacaciones sin cubrir y personal disfrutando ya de sus vacaciones con el servicio sin cubrir. Si nos puede informar de cómo está.” La Sra. Sgobino Gallicio.: “En este momento lo que son las residencia si están cubiertas, ha sido bastante complicado. De listas ha habido que darles dos vueltas a la lista, se han pedido a todos los Ayuntamientos que podían dárnoslas, muchos Ayuntamientos inicialmente nos decían que no porque ellos también estaban buscando personal. Además, coincidieron nuestros periodos de vacaciones con los periodos de vacaciones de todas las residencias que tenemos a nivel insular por lo tanto, la dificultad fue mayor.” La Sra. Rodríguez Pérez: “La conozco.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Incluso salió también las ofertas al Servicio Canario de Empleo y hubo personas que no pudieron aceptarlas por el hecho de a lo mejor no tener vehículo, algunos consideraban que la lejanía desde sus hogares al lugar de trabajo pues era demasiado y tuvimos muchas posibilidades de contratación pero no Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 44 ACTA DEL PLENO todas las personas estaban disponibles.” La Sra. Rodríguez Pérez: “¿Y en cuanto a la limpieza?” La Sra. Sgobino Gallicio: “El servicio que más dañado se ha visto ha sido precisamente el servicio de atención a domicilio municipal que ha sido en el que se ha priorizado aquellos usuarios que requieren de higiene personal de apoyo. Entonces, se ha reducido digamos, la frecuencia de visitas. El que si se sigue manteniendo es el de dependencia que ese es el más que necesita el apoyo y seguimos buscando.” La Sra. Rodríguez Pérez. “Y ¿la parte de limpieza? Que es más fácil de cubrir si bien no por lista es más fácil de cubrir a través de oferta.” La Sra. Sgobino Gallicio: “La parte de limpieza seguimos buscando porque teníamos varias personas que habían dicho que sí y a última hora hubo algunas personas que dijeron que no. También es verdad que sucedió en uno de los casos que se cubrió por ejemplo de geriatría una persona y a los pocos días ya presentó la baja, es decir, hemos tenido bastantes incidencias. También ha habido más bajas y, sobre todo, eso, personas que inicialmente si iban a cubrir el servicio y que finalmente dijeron que no y, por lo tanto, hemos tenido que volver a empezar el proceso de contratación. No sé si queda respondida.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Sí bueno para ponernos un poco al día y ver cómo estamos y hacer un esfuerzo en cubrirlos porque los recursos socio sanitarios, en este Municipio, pues son imprescindibles para el bienestar de todos.” La Sra. Sgobino Gallicio: “El esfuerzo se está haciendo y confiamos mucho en que el PFAE que se ha iniciado socio sanitario pueda dar respuesta mucho más rápida de la que estamos teniendo en este momento.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Esa fue la ida de su inicio, que nos diera respuesta a los Garafianos y las Garafianos y a fecha de hoy es una realidad que está ..” La Sra. Sgobino Gallicio: “Considero que fue un acierto.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Una realidad que creo que va a ser muy positiva y que ojalá se acuerden que quien lo inicio.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Seguramente que sí. De hecho dije que considero que fue todo un acierto.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, pues nada, espero que se puedan cubrir lo antes posible y que bueno que las personas estén lo menos afectadas posible, tanto los usuarios, como los trabajadores, porque sabemos que hay un desgaste también por parte de ellos que pasa factura.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Somos conscientes.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, la siguiente pregunta es si a fecha de hoy están las inscripciones para apuntarse a los diferentes torneos de las Fiestas de la Luz ¿abiertas o cerradas?” Toma la palabra la Sra. Concejala del Grupo Municipal Popular y Delegada de Fiestas, Deportes y Educación Doña María Yessica Bonilla Santana: “Están abiertas.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 44 ACTA DEL PLENO La Sra. Rodríguez Pérez: “Están abiertas.” La Sra. Bonilla Santana: “Sí, en la de deportes, Inés también tiene una página, en el Extremo Conchip también tiene otra.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y bueno, si están las inscripciones abiertas, no entendemos que el torne o de petanca ya tenga sus grupos oficiales en un cartel donde ya se dice quiénes van a jugar y no se estén contemplando en ese torneo los grupos que están inscritos y que, por lo menos, en el cartel no aparecen que vayan a jugar.” La Sra. Bonilla Santana: “Se van a hacer cuatro de federación, que son los que aparecen en el cartel y, los de aquí, se recogen el día 6, que es el domingo, en la gasolinera ya no había nadie apuntado, Rubén hoy mismo me llamó, que ahí está el mensaje se puede comprobar, que quieren apuntarse unos pocos pero fuera de petanca con federación.” La Sra. Rodríguez Pérez: “O sea, ¿van a hacer dos torneos?” La Sra. Bonilla Santana: “Dos, porque está pedido por ellos.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, entiende que nos quedamos confusos porque…” La Sra. Bonilla Santana: “Ya, ya, yo los entiendo.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Porque hay un torneo con una serie de inscritos en un cartel que no corresponde a los inscritos que nosotros hemos visto en las fichas de inscripción. Entonces despejar la duda.” La Sra. Bonilla Santana: “Es por eso” La Sra. Rodríguez Pérez: “Entonces todavía se pueden hasta el domingo.” La Sra. Bonilla Santana: “Hasta el domingo.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Muy bien. Pues esa era la duda.” “Ya estamos casi terminando de las preguntas.” “En estos últimos días, tanto a mis compañeros, como a mí, se nos han acercado algunos vecinos a preguntarnos cuál es el procedimiento que se lleva a cabo desde la Administración para el reparto de la grava y el cemento. Si ¿se hace a través de una instancia?, ¿si se hace a través de registro?, ¿si se hace por orden de registro? Y, nosotros, a fecha de ahora, no sabemos qué contestar. Nos gustaría que nos dijera cual es el procedimiento para el reparto de esa grava y ese cemento para nosotros también poderles informar a los vecinos y a las vecinas.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Ahora en este momento no tenemos ni grava, ni cemento. De la que nos queda si hay algún vecino que la necesite por alguna gravedad que tenga que hacer, alguna ejecución de alguna obra, se le está dejando pero...” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 44 ACTA DEL PLENO La Sra. Rodríguez Pérez: “Pero ¿Cómo se pone en contacto?, o sea, ¿Cómo lo hace?, ¿hace una solicitud?” El Sr. Alcalde-Presidente: “A mí me llaman, sí, una solicitud y se le dice si se puede o no se puede.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Que hagan una solicitud mediante instancia por registro para…” El Sr. Alcalde-Presidente: “Ya te digo en este momento, no tenemos grava. Estamos a ver cómo podemos ubicar porque últimamente también sabes que la grava se estaba siempre gestionando era de los barrancos y ahora, últimamente, ni nos llueve. Entonces a ver cómo podemos.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Ya, pero bueno, los vecinos tampoco están al tanto de...” El Sr. Alcalde-Presidente: “Bien, si, se ha gastado grava también en obras comunitarias.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Vale. Bueno, en cuanto a preguntas acabamos aquí y empezamos con los ruegos.” “Nuestro primer ruego es que cuando haya cortes de agua programados, si hay una avería es imposible, somos totalmente conscientes pero, cuando haya cortes de agua programados, que ya sepamos la hora, se informe a los recursos socio sanitarios de este Municipio de esos cortes, porque es verdad que a lo mejor un vecino se puede organizar de forma diferente, o se puede enterar por la radio, por el Facebook, pero a lo mejor los centros socio sanitarios no están tan al tanto y les puede pillar con el pie cambiado y, por ejemplo, las residencias no paran y hay que cambiar un pañal de madrugada y si nos encontramos sin agua, si lo saben, pues lo pueden tener previsto pero si no lo saben, pues está difícil programarlo. Es un ruego que le hacemos para que se tenga en cuenta.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Tomamos nota y con respecto a esto estamos verificando la instalación también del aljibe de la residencia que tiene unas cuantas carencias, ya lo estuvimos visitando con el Arquitecto también y ver en qué manera podemos agilizar lo que es la reparación para poder disponer de esto en caso de urgencia porque estamos hablando de una capacidad que realmente no duraría ni dos días.” La Sra. Rodríguez Pérez: “¿El depósito de Franceses? o ¿el depósito de Santo Domingo?” La Sra. Sgobino Gallicio: “Aquí en Santo Domingo en Franceses se está cambiando, se está procediendo a cambiarlo por uno mayor.” La Sra. Rodríguez Pérez: “El de Franceses hay un sustitución por uno nuevo pero el de Santo Domingo está nuevo ¿está roto?” El Sr. Alcalde-Presidente: “Si hay una, no se ha utilizado y entonces hay que ver…” La Sra. Sgobino Gallicio: “No es que esté roto, está mal sellado, entonces accede Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 44 ACTA DEL PLENO al interior todo lo que quiera acceder, el agua no es potable y, además, tiene bastantes impurezas, no se puede purgar por las bombas por todas esas impurezas, hay que vaciarlo ahora y proceder a arreglarlo para que no sigan entrando y poder poner en funcionamiento las bombas que ahora mismo no están funcionando.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno pues mientras todo es se va arreglando si sucede que es algo programado, que se sepa, pues, tenerlo en cuenta.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, sí.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Otro ruego que hacemos es que, también referente al agua, que nosotros somos conscientes de la problemática del agua pero bueno, para mejorar en cositas, es el mismo día que se anunció el corte de agua los niños, en el campus de verano, jugaron con agua. Nosotros tenemos que predicar con el ejemplo. El mismo día que anunciamos un corte de agua, los niños no pueden estar haciendo juegos con agua porque entonces perdemos credibilidad ¿no? y nosotros somos los primeros que tenemos que ser responsables, hacer un uso responsable y esa imagen yo creo que no es la que debemos proyectar. Entiendo que a lo mejor...” El Sr. Alcalde-Presidente: “¿Pero eso fue en el colegio?” La Sra. Bonilla Santana: “Eso fueron dos zamuros que llenaron un día de calor y llenaron unos globos. Fueron dos zamuros allí, los puso Verónica, eran dos zamuros para llenar los globos y luego se los echaban por encima. No fue otra cosa.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, yo no me voy a meter en eso, “ La Sra. Bonilla Santana: “No, no, pero que te digo lo que era, que no fueron, no es que estuvieran tirando, botando, fueron dos zamuritos, que ni siquiera estaban llenos, para que los niños, el día de calor, pudiesen jugar con los globos de agua.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Bueno, el mismo día se sacó el anuncio del corte de agua.” La Sra. Bonilla Santana: “Sí, sí.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Solo es un ruego de que bueno, que se tengan en cuenta estas cosas porque a lo mejor los vecinos dicen “bueno, pero a mí me dices que haga un uso responsable” pero los niños precisamente este día y no otro.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Esto no viene de ahora, casi todos los veranos hemos tenido los mismos problemas, que tú lo sabes…” La Sra. Rodríguez Pérez: “He empezado la conversación diciendo que somos totalmente conscientes de la problemática que hay en cuanto al agua…” El Sr. Alcalde-Presidente: “No es de ahora, siempre ha pasado.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y esto es para si lo quieren tener en cuenta, lo tienen y sino pues no.” El Sr. Alcalde-Presidente: “Sí, está bien, está bien.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Aquí tengo otra idea que nos gustaría que se tuviese Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 44 ACTA DEL PLENO en cuenta y ya usted pues la recogen como consideren pero que es el hecho de que se informe a los Concejales de la oposición, al portavoz o a quien ustedes consideren de este grupo, por lo menos de la parte del Partido Socialista, de si sucede alguna emergencia en el Municipio pues nos informen.” “Por varios motivos. Nosotros queremos estar al tanto de las cosas que sucedan en el Municipio y por la vía del tenéis vosotros una información que a nosotros, como vecinos, no nos llega y también para colaborar, ayudar y remar y empujar en lo que podamos y sumar si hace falta.” “Esto lo puedo poner como propuesta de que se cree un grupo de wasap donde nos tengan a nosotros porque, a lo mejor, y me refiero al incendio, la información que ustedes les dan desde el PMA no la tenemos nosotros. Entonces, nosotros también somos Concejales, los vecinos nos preguntan, a lo mejor damos información errónea porque no tenemos esa línea directa, bueno, simplemente si lo quieren tener en cuenta de que, si pasa algo, una emergencia.” La Sra. Sgobino Gallicio: “Comentar algo al respecto. Es verdad que en un primer momento el Municipio no se vio afectado, entonces, en ese primer momento lo que si se priorizó fue la parte de servicios sociales, sobre todo las personas de dependencia, empezar a organizar por si acaso hubiese que evacuarlas, de hecho, se hizo una evacuación preventiva de un caso puntual en Las Tricias y, se empezó a preparar lo que es el pabellón, por si hubiese que evacuar. Como apoyo a Puntagorda de hecho, se le ofreció a Puntagorda en un momento dado si tenía que evacuar a sus población, que podía contar con nosotros, que no hizo falta, no fue necesario.” “No pasó a Garafía, por suerte y a Dios gracias. Evidentemente si se hubiese pasado a Garafía se hubiese activado a todo el mundo. Por todos los chat que tuvimos la oportunidad de ir actualizando la información, se fue haciendo, eso es cierto y, de todas maneras, una cosa que ya hemos estudiado, que ya hemos visto, que hemos tenido varias reuniones, una de ella super importante con el tema del PEMU, que lleva desde el año 20217 esperando ser aprobado y que, precisamente vamos a trabajar porque para nosotros es fundamental organizarnos, sobre todo viendo lo que ha ido sucediendo en toda la historia de Garafía con el tema de los incendios.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Aprobar el PEMU está claro que es una necesidad. Bueno, nosotros que se nos tenga en cuenta, que si quieren proponer alguna vía de información nosotros estamos completamente abiertos y que estamos aquí para colaborar en...” La Sra. Sgobino Gallicio: “Se convocaría a todo vecino y vecina.” La Sra. Rodríguez Pérez: “Y, para acabar, un ruego, observación o consejo, como lo quieran ustedes tomar. Nosotros somos representantes públicos y somos los que representamos a los vecinos y las vecinas de este Municipio y bueno, de alguna manera, les damos voz. Nuestro ruego es que se revisen las publicaciones, en cuanto a la ortografía, el texto, el lenguaje inclusivo de los folletos, de los anuncios que salen desde el Consistorio. Porque bueno, si necesitamos ayuda viene bien pedirla, pero, que un programa salga con falta de ortografía, o que un anuncio salga firmado por un Concejal que no tiene la delegación pues, es nuestra imagen y yo creo que si podemos mejorarla pues bueno, poquito a poco, también lo podemos ir limando y eso, simplemente es un consejo, un ruego o una observación pero, que se cuiden esos detalles que también son importantes. Y con esto termino.” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 44 ACTA DEL PLENO El Sr. Alcalde-Presidente: “Está bien. Lo tomaremos en cuenta.” Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, DON JOSÉ ÁNGEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ ALCALDE-PRESIDENTE levanta la Sesión siendo las 19:55 horas, de lo cual como Secretaria-Acctal. doy fe. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-0020 Fecha: 29/08/2023 Cód. Validación: 54HMYQTTC43JMHY2ZL3EKQ3QN Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 44 ACTA DEL PLENO