ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA COMISION INFORMATIVA HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS CON CARÁCTER ORDINARIO DE FECHA 28 DE MAYO DE 2020.- NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 2) SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 29/05/2020 HASH: 754ac50cbf4067ca50b319ae76204d6e Sres. Asistentes Sr. Presidente Don Yeray Rodríguez Rodríguez En la Villa de Garafía, siendo las 12:15 horas del día 11 de marzo de 2020, se constituyó en la Sala de Reuniones de la Casa Consistorial la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas, con la asistencia de los Sres. relacionados al margen y la ausencia de Don Borja Rodriguez y doña Glemis Rodríguez Sres. Concejales Doña Vanesa Pérez Pérez Don Martín E. Taño Martín Doña Rocío Rodríguez Rocha Don José Ángel Sánchez Rodríguez. La sesión se celebra en 1ª Convocatoria y con carácter ordinario. Sra. Secretaria-Acctal. Doña Nieves Yolanda Pérez Lorenzo Declarado abierto el acto, se procede a dar cuenta del Orden del Día. 1.- PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y MUJER SOBRE CONVENIO DE COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE ESTE ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA PLATAFORMA PALMERA DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA DISCAPACIDAD (INDISPAL). DICTAMEN QUE PROCEDA.- ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 29/05/2020 HASH: cd6118d4bee8ac93eca769de1fef7dcc YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (2 de 2) Dada explicación de la propuesta que trascrita literalmente dice así; "PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES SANIDAD Y MUJER. Desde la Concejalía de Servicios Sociales Sanidad, se ha valorado positivamente dar continuidad al proyecto realizado por la Plataforma Palmera de Atención a la Discapacidad, en esta ocasión en el marco del Proyecto En dicho proyecto Indispal se compromete a:  Desarrollar campañas de sensibilización, difusión y asesoramiento.  Desarrollar acciones actuaciones de prevención, asistencia y promoción social de personas con discapacidad del municipio.  Asesorar e informar en materia de discapacidad. La autonomía de las personas con discapacidad y el derecho a formar parte de la sociedad es un reto al que nos enfrentamos cada día. Ser un ciudadano de pleno derecho tengas o no una discapacidad implica la necesidad intrínseca de ser tratado con dignidad y respeto. Es responsabilidad de todos favorecer una buena convivencia y comunicación en todos (familiar, educativo, social, profesional, etc.); ser conscientes Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 de aquellas pautas que favorecen un entendimiento y respeto real, ayudarán a que dichos factores alcancen un estado óptimo. Se propone al Pleno, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad (INDISPAL).- SEGUNDO. Aprobar la participación económica de 1.000,00 euros para la ejecución del convenio aprobado en el apartado anterior.- Villa de Garafía, a 3 de febrero de 2020 CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES Fdo.- Glemis Rodríguez Pérez" y conocido el convenio, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 5 (2 PSOE, 2 CC, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Garafía y la Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad (INDISPAL), que trascrito literalmente dice así; "CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA PLATAFORMA PALMERA DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA DISCAPACIDAD (INDISPAL) En La Villa de Garafía a_____________de 2020 De una parte D./Dña. Yeray Rodríguez Rodríguez,en calidad de Alcalde- Presidente del ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA con C.I.F. P3801600B y domicilio en la C/ Díaz y Suárez, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo plenario de 21 de septiembre de dos mil dieciocho, asistido para este acto de el/la Secretario/a de la Corporación, Don/Doña Nieves Yolanda Pérez Lorenzo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 De otra parte, D. Eduardo Javier Calderón Piñero con DNI nº42169470-M en calidad de Presidente de la Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad (INDISPAL), CIF G-38695961, Registro de AsociacionesG1/S1/12998-02/P y con domicilio en la C/ Félix Duarte Pérez nº 14, local 1, San José, 38712, Breña Baja. Las partes, según intervienen se reconocen capacidad legal y representación suficiente para el otorgamiento del presente convenio de colaboración EXPONEN PRIMERO-.El artículo 13.1.e) de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Social atribuye a los Ayuntamientos competencia en materia de gestión de los servicios sociales especializados en el ámbito municipal. SEGUNDO-. El artículo 7.3 d) de la citada Ley 9/1987, de 28 de abril, dentro de los servicios sociales especializados incluye los minusválidos, y tiene por objeto la integración social de los minusválidos, promoviendo la prevención de las minusvalías, la instauración precoz de un tratamiento integral, la rehabilitación y la integración laboral sin desarraigarlas, siempre que sea posible, de su entorno socio-familiar. TERCERO-. La Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad, en adelante INDISPAL, tiene como misión “mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias en la isla”, para la cual desarrollan actuaciones de prevención, atención y promoción social de las personas con discapacidad, impulsando, apoyando y potenciando proyectos que mejoren su calidad de vida. CUARTO-.Siendo interés común de las partes promover todas aquellas actuaciones que contribuyan a la integración social y laboral de las personas con discapacidad, y en general, a una mejora de su calidad de vida. Los comparecientes, con el carácter que intervienen de conformidad con lo expuesto, acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA: El objeto del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad, con la finalidad de otorgar una ayuda económica a ésta para la realización de actuaciones que contribuyan a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad. SEGUNDA: La Plataforma Palmera de Atención Integral a la Discapacidad se compromete a: a) Desarrollar campañas de sensibilización, difusión y asesoramiento del mundo de la discapacidad. b) Desarrollar actuaciones de prevención, asistencia y promoción social de personas con discapacidad en el municipio. c) Asesorar e informar en materia de discapacidad tanto a los órganos públicos del municipio, como el sector privado y particularmente del mismo. TERCERA: El Ayuntamiento de La Villa de Garafía tendrá las siguientes obligaciones y derechos: a) Financiar económicamente de forma parcial las actuaciones de la Plataforma a favor de las personas con discapacidad. La aportación económica municipal a tales efectos, será de 1.000,00€, para la anualidad 2019, con cargo a la aplicación presupuestaria 2310.48109del vigente presupuesto. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 b) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo resolver si La Plataformaincumpliera sus estipulaciones o los objetivos y fines señalados en el mismo. c) Colaborar con la Asociación. d) Designar a dos personas para el comité de seguimiento del Convenio. CUARTA: La duración y resolución del Convenio: El presente Convenio comenzará a surtir efecto a partir de la fecha su firma y con vigencia de un año. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La denuncia de las partes en cualquier momento de la vigencia del convenio o sus prórrogas, realizadas por escrito con una antelación mínima de un mes b) La no disponibilidad presupuestaria para el fin del objeto del convenio. c) El mutuo acuerdo. d) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio. SEXTA: Ambas partes se comprometen a realizar cuantos actos y a otorgar cuantos documentos públicos sean precisos para la debida formalización, constancia y desarrollo de lo convenido. SEPTIMO: RÉGIMIEN JURÍDICO. El presente Convenio de Colaboración se encuadra jurídicamente en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, estando, por tanto, excluido de su aplicación directa, si bien se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan surgir durante su vigencia. Asimismo, el presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar u fecha arriba indicados. El Alcalde de la a Villa de Garafía El Presidente de la Plataforma SEGUNDO. Aprobar la participación económica de 1.000,00 euros para la ejecución del convenio aprobado en el apartado anterior.- 2.- APROBACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO CON CARÁCTER PLURIANUAL PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DEL CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 Palmera de Atención Integral a la Discapacidad Eduardo Javier Calderón Piñero" PALMA, DEL SERVICIO PÚBLICO DE PREVENCIÓN Y EXTINCION DE INCENDIOS Y SALVAMENTO URBANO, ASÍ COMO AUTORIZAR AL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA QUE SE DETRAIGA EL IMPORTE DE SU APORTACIÓN ANUAL DE LOS RECUROS QUE CORRESPONDAN. ACUERDO QUE PROCEDA.- Habiéndose aprobado el pasado año esta disposición de crédito por parte de esta entidad, pero no habiéndolo hecho la totalidad de entidades participantes es por lo que desde el Consorcio de Servicios de La Palma nos piden que modifiquemos el acuerdo ampliando el período. Conocido el asunto, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 5 (2 PSOE, 2 CC, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- Modificar el acuerdo plenario de fecha 7 de febrero de 2019 mediante el cual se acordó la aprobación y disposición del crédito con carácter plurianual para sufragar los gastos del Consorcio de Servicios de La Palma, del servicio público de prevención y extinción de incendios y salvamento urbano, así como autorizar al cabildo insular de la palma para que se detraiga el importe de su aportación anual de los recursos que correspondan, ampliando el periodo de cobertura que comprenderá desde el 01/07/2020 a 30/06/2024, permaneciendo invariable el importe total del gasto plurianual ya autorizado y el resto de términos del acuerdo. 3.- CUENTA GENERAL DE 2019. DICTAMEN Se procede al examen de la Cuenta General del Presupuesto de esta Entidad, correspondiente al ejercicio económico de 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Considerando que, formada e informada dicha Cuenta General, por la Intervención Municipal, han sido comprobados los libros, documentos y justificantes oportunos, así como toda la documentación anexa a la misma y exigida por la vigente legislación, la Comisión Especial, por 4 votos ponderados a favor, cero en contra y cero abstenciones, ACUERDA Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 PRIMERO. Informar favorablemente la Cuenta General del Municipio del ejercicio 2019, que ha quedado cumplidamente justificada, y que está integrada por los siguientes documentos: a) El Balance. b) La Cuenta del resultado económico-patrimonial. c) El Estado de Cambios del Patrimonio Neto d) El Estado de Flujos de Efectivo e) El Estado de Liquidación del Presupuesto. f) La Memoria. SEGUNDO. Ordenar que la referida Cuenta, así como el propio informe emitido por esta Comisión, sean expuestos al público, por plazo de quince días, a fin de que durante dicho plazo y ocho más, quienes se estimen interesados puedan presentar cuantas reclamaciones, reparos u observaciones, tengan por convenientes, los cuáles, caso de presentarse, habrán de ser examinados por esta Comisión, previa práctica de cuantas comprobaciones se estimen como necesarias, para la emisión de nuevo informe, que será elevado, junto con los reparos, reclamaciones u observaciones formulados, a consideración plenaria definitiva. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://garafia.sedelectronica.es]. 4.- CONVALIDACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO EXPEDIENTE Nº. 468/2020. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria-Interventora Acctal. se da explicación del expediente, de su tramitación y lectura de resultados de informes que lo conforman y resolución de Alcaldía. Debatido el asunto, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 3 (2 PSOE, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 2 ( CC) La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por mayoría de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- Convalidar la modificación de crédito nº 7/2020, cuya resolución trascrita literalmente dice: "Expediente n.º: 468/2020 Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Modificación de Crédito Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 Fecha de iniciación: 14/05/2020 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Vista la posibilidad de aplicar el superávit presupuestario de 2019 por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la aprobación de una modificación de crédito en la modalidad de suplemento. Visto que se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Visto que se emitieron los informes de Intervención sobre el cumplimiento de los requisitos para la aplicación del superávit, los posibles destinos de aplicación y los importes correspondientes; la modificación de crédito requerida; y por último, la evaluación de la estabilidad presupuestaria. Teniendo en cuenta lo anterior, el Presidente de la corporación, emitió memoria de Alcaldía indicando las aplicaciones presupuestarias correspondientes a financiar mediante el remanente de tesorería para gastos generales. A la vista del informe-propuesta y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en relación con el 21.1 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, , RESUELVO PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n. º 7/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento para la aplicación del superávit presupuestario, cuyo detalle es el siguiente: A. En base al Informe de Intervención, los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son: 1.º Atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones devengadas», o equivalentes, por la cantidad de 77.337,73 €. 2º. Financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 60.739,94 €. B. El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior y que supondrá un incremento en las aplicaciones ya existentes, será el siguiente: Suplementos en Aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Modificaciones de crédito Progr. Económica 2330 14300 Otro personal laboral 2.503,33 2310 16000 Seguridad Social 821.45 2330 22790 Servicios de apoyo a Servicios Sociales 5.477,54 TOTAL 8.802,32 SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que este celebre para su convalidación exigiéndose para ello el voto favorable de la mayoría simple, artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. TERCERO. Una vez convalidado por el pleno el mismo se someterá a la publicidad correspondiente en el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE" DOÑA NIEVES YOLANDA PÉREZ LORENZO, Secretaria-Interventora-Acctal. del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía, (Santa Cruz de Tenerife).- CERTIFICO: Que la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas en sesión Extraordinaria celebrada el día veintiocho de mayo de dos mil veinte adoptó, entre otros, el dictamen que trascrito literalmente del borrador del Acta dice: 5.- CONVALIDACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO EXPEDIENTE Nº. 469/2020. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria-Interventora Acctal. se da explicación del expediente, de su tramitación y lectura de resultados de informes que lo conforman y resolución de Alcaldía. Debatido el asunto, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 Votos a favor: 5 (2 PSOE, 2 CCa, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por mayoría de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- Convalidar la modificación de crédito nº 8/2020, cuya resolución trascrita literalmente dice: " Expediente n.º: 469/2020 Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Modificación de Crédito Fecha de iniciación: 14/05/2020 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Vista la Providencia de Alcaldía donde se incoó expediente para aplicar el superávit presupuestario del ejercicio 2019 correspondiente con la cantidad de 15.000,00 €, se aprueba la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario. Visto que se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Visto que se emitieron los informes de Intervención sobre el cumplimiento de los requisitos para la aplicación del superávit, los posibles destinos de aplicación y los importes correspondientes; la modificación de crédito requerida; y por último, la evaluación de la estabilidad presupuestaria. Visto que teniendo en cuenta lo anterior, el Presidente de la corporación, emitió memoria de Alcaldía indicando las aplicaciones presupuestarias correspondientes a financiar mediante el remanente de tesorería para gastos generales. A la Vista del informe-propuesta y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en relación con el 21.1 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 RESUELVO PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos n.º 8/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para a la aplicación del superávit, cuyo detalle es el siguiente: En base al Informe de Intervención, los importes aplicados son: Financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 15.000,00 €. El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior, será el siguiente: Altas en aplicaciones de gastos Aplicación Descripción Créditos iniciales finales Progr. Económica 2330 22107 EPI COVID 19 0,00 15.000,00 15.000,00 TOTAL 0,00 15.000,00 15.000,00 SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que este celebre para su convalidación exigiéndose para ello el voto favorable de la mayoría simple, artículo 20.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 TERCERO. Una vez convalidado se someterá a la publicidad correspondiente en el Boletín oficial de Santa Cruz de Tenerife. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE" 6.- ADENDA TERCERA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 Modificaciones Créditos de crédito Dada explicación del convenio y conocido el convenio, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 5 (2 PSOE, 2 CC, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- APROBAR LA ADENDA TERCERA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA, que trascrito literalmente dice así; "ADENDA TERCERA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. En Santa Cruz de La Palma, a_________. De una parte, el Sr. D. Mariano Hernández Zapata en calidad de Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. De otra, el Sr. D. Yeray Rodríguez Rodríguez en calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Garafía. INTERVIENEN El Sr. D. Mariano Hernández Zapata por razón de su expresado cargo, en nombre y representación del Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las facultades que le atribuye los artículos 57.b y 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular en sesión celebrada el día_________. El Sr. D. Yeray Rodríguez Rodríguez, por razón de su expresado cargo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Garafía, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), facultado para este acto mediante acuerdo del órgano competente de fecha_________. Las partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente para convenir y obligarse en los términos Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 del presente convenio y, al efecto MANIFIESTAN Primero. El convenio entre el Excmo. Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de Garafía para la adecuada ejecución de las actuaciones de competencia municipal que sean incluidas en cada anualidad en el Programa FDCAN LA PALMA (2016-2025), se formalizó el 20 de junio de 2017. Segundo. La cláusula Segunda del Convenio suscrito establece que las actuaciones a incorporar y los compromisos financieros para cada anualidad requerirán la suscripción de adenda, de conformidad con el acuerdo de la Comisión de Seguimiento de este convenio, y previa tramitación del correspondiente expediente. A tal efecto se establecen en el presente documento los compromisos financieros del Cabildo con el Ayuntamiento para las actuaciones que le corresponde ejecutar. Tercero. En sucesivas Comisiones de Seguimiento, la última el 13 de febrero de 2020, se han determinado las actuaciones a realizar en el municipio, enmarcadas dentro de las líneas estratégicas que contempla el FDCAN, y la modificación de las mismas a lo largo de las distintas anualidades. CLÁUSULAS PRIMERA.- Objeto. Aprobar la Adenda tercera al Convenio suscrito por el Excmo. Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de Garafía para el desarrollo del Programa FDCAN (20162025) para la isla de La Palma, que tiene como objetivo establecer aquellas acciones que se ha acordado que sean desarrolladas por el Ayuntamiento e incluidas en el FONDO DE DESARROLLO DE CANARIAS (FDCAN LA PALMA) en la anualidad 2020(LÍNEA ESTRATÉGICA 3: POLÍTICAS DE EMPLEO) descritas a continuación: ANUALIDAD 2020 LÍNEA ESTRATÉGICA 3: POLÍTICAS DE EMPLEO Plan de Empleo:87.601,52 € “Plan Empleo Social Ayuntamientos FDCAN. Línea 3” SEGUNDA.- Las cantidades establecidas en la presente Adenda tendrán carácter estimativo y se estará a resultas de lo efectivamente ejecutado. El Ayuntamiento deberá justificar las acciones ante el Cabildo Insular en la forma y plazos recogidos en la normativa reguladora del Fondo de Desarrollo de Canarias y que se reproducen en la cláusula tercera. Así mismo, está obligado a comunicar e informar a la institución insular sobre la tramitación, los importes y plazos de Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 ejecución de las acciones recogidas en la presente Adenda. La falta de justificación total o parcial de los recursos asignados implicará la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, así como los rendimientos financieros que se hayan generado por las cantidades abonadas anticipadamente. Los importes no justificados podrán ser detraídos de pagos futuros de acciones incluidas dentro del FDCAN La Palma para este municipio. TERCERA.- Los plazos de aplicación de los fondos y de justificación de las anualidades 2019 y 2020 serán los recogidos en la Cláusula sexta del Convenio marco de Colaboración suscrito entre el Cabildo Insular de la Palma y los Ayuntamientos para el desarrollo del Programa FDCAN (2016-2025) para la isla de La Palma, en concordancia con el apartado tercero de la cláusula quinta del Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el marco FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN (2016/2025) para la isla de La Palma. Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado. SR.PRESIDENTE DEL CABILDO SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL INSULAR DE LA PALMA AYUNTAMIENTO DE GARAFÍA " 7.- PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y MUJER SOBRE SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN DE VECINOS BURACAS PARA LA GESTIÓN DE “EL TRUEQUE”. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Dada explicación de la propuesta que trascrita literalmente dice así; " PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES SANIDAD Y MUJER. Visto Instancia presentada por la Asociación Vecinos de Buracas con CIF G38376406, para trámite de solicitud de ayuda económica a este Ayuntamiento para seguir con el funcionamiento de la actividad que se desarrolla en el trueque. Teniendo en cuenta que la Asociación Vecinos de Buracas ha presentado, proyecto para darle continuidad a su gestión y documentación necesaria para poder beneficiarse de dicha ayuda. Valorando desde esta administración y por parte de la concejala delegada de Servicios Sociales la necesidad de darle continuidad al mismo, considerando no sólo la labor social sino también de recogida de los diferentes materiales de los Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 contenedores ubicados en varios puntos del municipio, los cuales demandan un mantenimiento semanal y que sin él nos vemos ante un problema de salud pública. Teniendo en cuenta que elespacio físico de intercambio de artículos materiales cumple una función de conector entre personas que buscan y otras que encuentran: servicios, semillas, alojamiento, trabajos, información, cubriendo así parte las necesidades básicas materiales de todos/as los/as vecinos/as del municipio y de la comarca noroeste, así como de personas itinerantes. HE RESUELTO: ÚNICO: Proponer a la Alcaldía-Presidencia se le conceda una ayuda económica de pago único, que será destinada para la gestión y desarrollo en el municipio de Garafía del proyecto de carácter social “El Trueque” para atender el servicio desde junio hasta final de año, siempre y cuando las condiciones del uso del local y/u otras circunstancias no cambien por exigencias de nuevas situaciones, y que dicha cantidad se eleva a 2.100 €. Villa de Garafía, a24 de mayo de 2020 CONCEJALA DELEGADADE SERVICIOS SOCIALES Fdo. Glemis Rodríguez Pérez Firmado electrónicamente" y conocido el convenio, se somete a votación el mismo dando el siguiente resultado: Votos a favor: 5 (2 PSOE, 2 CC, 1 grupo mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO.- Aprobar una ayuda económica de pago único, que será destinada para la gestión y desarrollo en el municipio de Garafía del proyecto de carácter social “El Trueque” para atender el servicio desde junio hasta final de año, siempre y cuando las Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020 condiciones del uso del local y/u otras circunstancias no cambien por exigencias de nuevas situaciones, y que dicha cantidad se eleva a 2.100 €, a la Asociación de Vecinos de Buracas. Y no habiendo ruegos, ni preguntas, ni más asuntos que tratar se levanta la sesión por parte de la Presidencia, siendo las 12:48 horas del día de la fecha, de todo lo que yo, la Secretaria Acctal., doy fe. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: A57L6HTLNWXX73MXJSFSTRLKE | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 15 ACTA COMISIÓN INFORMATIVA Número: 2020-0003 Fecha: 29/05/2020