Expediente nº.: PLN/2023/18 DOÑA MARÍA ELENA PÉREZ RODRÍGUEZ, Secretaria-Interventora-Tesorera-Acctal. del Ilmo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía, (Santa Cruz de Tenerife).- CERTIFICO: Que el Pleno de la Corporación en sesión Extraordinaria celebrada el día 17 de agosto de 2023 adoptó el acuerdo que trascrito literalmente del borrador del Acta dice: Secretaria-Interventora-Tesorera Acctal. Fecha Firma: 17/08/2023 HASH: 00293d8534ba6942a7febad20cd9c9b3 MARIA ELENA PEREZ RODRIGUEZ (1 de 2) ÚNICO.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº. 07/2023 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO ANTERIOR. ACUERDO QUE PROCEDA.- Por Secretaría y de orden de la Presidencia se da cuenta del Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de cuentas que trascrito literalmente a continuación dice: “ÚNICO.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº. 07/2023 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO ANTERIOR. DICTAMEN QUE PROCEDA.- Por la Secretaria-Interventora-Acctal. y de orden de la Presidencia, se da cuenta de la documentación que conforma el expediente de modificación de crédito que se pretende y se da lectura al Informe-Propuesta que trascrito literalmente a continuación dice: Alcalde - Presidente Fecha Firma: 17/08/2023 HASH: 0ed48d8fdb9cbd5f4baa162edc154ba0 Jose Ángel Sánchez Rodiguez (2 de 2) “Expediente n.º: 1084/2023 Informe-Propuesta de Resolución Procedimiento: Modificación de Créditos INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN   En relación con el expediente relativo a la modificación de créditos n.º 7/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes,   ANTECEDENTES DE HECHO   PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.    SEGUNDO. Con fecha 03 de agosto de 2023, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023 la operación y su justificación.   TERCERO. Con fecha 03 de agosto de 2023, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.   CUARTO. Con fecha 03 de agosto de 2023, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y, con fecha 03 de agosto de 2023, se elaboró Informe de Intervención sobre el cálculo la Estabilidad Presupuestaria.   LEGISLACIÓN APLICABLE   La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:   — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) N.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2.º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — Lo que establecen las Bases de ejecución del Presupuesto.   SEGUNDO.  Teniendo en cuenta la normativa de aplicación, se considera que el expediente se está tramitando conforme a la legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno de conformidad con el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Es por lo que, quien suscribe emite el siguiente:  INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN   PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 07/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:   Suplemento en aplicaciones de gastos   Aplicación Descripción Suplemento de crédito Progr. Económica     1610  62906  Inversiones en Infraestructuras hidráulicas  37.312,34   4500  62206 Transformación de depósito de agua para uso de almacén  11.876,30      TOTAL 49.188,64  Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:   Suplementos en concepto de Ingresos   Aplicación: económica Descripción Euros Cap. Art. Conc. Remanente de tesorería para gastos  8  87  87000 generales 49.188,64        TOTAL INGRESOS 49.188,64  Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:   a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.    SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.   Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023 Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable.   No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Tras un amplio cambio de impresiones entre los asistentes y debate sobre el asunto, se somete a votación, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 4 (2 Grupo Municipal PP, 1 Grupo Municipal PSOE, 1 Grupo Mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 0 La Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas dictamina favorablemente por unanimidad de sus miembros presentes, elevar a la aprobación del Pleno de la Corporación el siguiente: DICTAMEN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 07/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:   Suplemento en aplicaciones de gastos   Aplicación Descripción Suplemento de crédito Progr. Económica     1610  62906  Inversiones en Infraestructuras hidráulicas  37.312,34   4500  62206 Transformación de depósito de agua para uso de almacén  11.876,30      TOTAL 49.188,64  Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:   Suplementos en concepto de Ingresos   Aplicación: económica Descripción Euros Cap. Art. Conc. Remanente de tesorería para gastos  8  87  87000 generales 49.188,64        TOTAL INGRESOS 49.188,64  Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023 Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:   a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.    SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.   Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable.” No habiendo intervenciones se somete a votación el asunto dando la misma el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR: 6 (SEIS) 4 del Grupo Municipal Popular, 1 del Grupo Municipal Mixto y 2 del Grupo Municipal del PSOE. VOTOS EN CONTRA: 0 (CERO). ABSTENCIONES: 0 (CERO). El Pleno de la corporación adopta por unanimidad de los Sres. Concejales asistentes, que en todo caso suponen el quórum establecido en el Art. 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, el siguiente: ACUERDO PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 07/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:   Suplemento en aplicaciones de gastos   Aplicación Descripción Suplemento de crédito Progr. Económica     1610  62906  Inversiones en Infraestructuras hidráulicas  37.312,34   4500  62206 Transformación de depósito de agua para uso de almacén  11.876,30  Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023     TOTAL 49.188,64  Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:   Suplementos en concepto de Ingresos   Aplicación: económica Descripción Euros Cap. Art. Conc. Remanente de tesorería para gastos  8  87  87000 generales 49.188,64        TOTAL INGRESOS 49.188,64  Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:   a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.    SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.   Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable.   Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el v.º b.º del Sr. Alcalde Don José Ángel Sánchez Rodríguez, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente. Documento firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Cód. Validación: 9CD4WANRZWJXCZXWMZCS6TJQM Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 6 ACUERDOS DEL PLENO Número: 2023-0062 Fecha: 17/08/2023