DECRETO DE ALCALDÍA 1380/2023 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 2) SECRETARIA Fecha Firma: 16/10/2023 HASH: 7d7043025f7a276cc5d337088594444e Modificación de Créditos Procedimiento: En virtud de las competencias que me han sido otorgadas y en base a los siguiente fundamentos de hecho y derecho: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO En relación con el expediente relativo a modificación de créditos por generación de créditos y en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía de fecha 16 de octubre de 2023, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Alcalde - Presidente Fecha Firma: 16/10/2023 HASH: 0ed48d8fdb9cbd5f4baa162edc154ba0 ANTECEDENTES DE HECHO Jose Ángel Sánchez Rodiguez (2 de 2) PRIMERO. Con fecha 16 de octubre de 2023 se emite providencia de alcaldía en la que argumentaba la necesidad de tramitar el expediente para la modificación de créditos n.º 11 /2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de generación de créditos, iniciando expediente de Generación de Créditos por Ingresos. SEGUNDO. Con fecha 16 de octubre de 2023, se emitió informe jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con este asunto. TERCERO. Con fecha 16 de octubre de 2023, se emitió Informe de Intervención por el que se informó la propuesta de Alcaldía. favorablemente LEGISLACIÓN APLICABLE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1066 Fecha: 16/10/2023 Cód. Validación: 9PYDMFZR6LCKEH2JH69M54KGD Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 DECRETO La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — Los artículos 181 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — El artículo 16 el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, en su Aplicación a las Entidades Locales. — Los artículos 42, 173 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. — Los artículos 21.1.f) y 22.2.a), e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Los artículos 43 a 46 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2.º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — Lo que disponen las bases de ejecución del Presupuesto. A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación, se considera que el expediente se está tramitando conforme a la legislación aplicable Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1066 Fecha: 16/10/2023 Cód. Validación: 9PYDMFZR6LCKEH2JH69M54KGD Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 DECRETO procediendo su aprobación por la Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del Presupuesto Vista la propuesta de resolución PR/2023/462 de 16 de octubre de 2023. RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos n. º 11/2023, del Presupuesto vigente en la modalidad de generación de créditos por ingresos, de acuerdo al siguiente detalle: Alta/Suplemento en Aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Modificaciones de Crédito Progr. Económica 4500 69201 Inversiones en caminos y carreteras 120.000,00 2410 14300 Otro personal 15.120,00 2310 16000 Seguridad Social 5.027,40 2320 22626 Promoción a la salud 616,50 TOTAL 140.763,90 La mencionada generación se financiará con cargo a los mayores derechos reconocidos en los siguientes: Alta/Suplemento en Concepto de Ingresos Aplicación económica Descripción Euros Artículo Capítul o Concept o 7 76 76103 Inversiones en Carreteras 120.000,00 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1066 Fecha: 16/10/2023 Cód. Validación: 9PYDMFZR6LCKEH2JH69M54KGD Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 DECRETO 4 42 42091 Programa de Fomento del Empleo Agrario (ZRD) 4 46 46601 Red Española de Ciudades Sostenibles 616,50 TOTAL INGRESOS 140.763,90 JUSTIFICACIÓN El presente expediente de modificación presupuestaria en su modalidad de incorporación de créditos por ingresos, se justifica ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, para los el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable y dado que se han producido ingresos de naturaleza no tributaria derivados de compromisos firmes de aportación de diferentes entidades públicas para financiar, juntamente con fondos del Ayuntamiento de la Villa de Garafía, gastos que por su naturaleza están comprendidos en los fines del mismo, y que son los que a continuación se relacionan: - Subvención nominativa concedida por el Cabildo Insular de La Palma, denominada “Subvención Ayuntamiento de Garafía Repavimentación El Tablado”, por importe de 120.000,00 euros, aprobada por Resolución Nº 2023/8673 de fecha 22/09/2023, y que tuvo registro de entrada de fecha 27/09/2023 y nº 2023-E-RC-5721. - Subvención concedida por la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de Santa Cruz de Tenerife, dentro del Programa de Fomento al Empleo, dirigido Zonas Rurales Deprimidas, para el desarrollo del proyecto “Acondicionamiento de sendero y merendero de San Antonio del Monte”, por importe de 20.147,40 euros, con expediente de referencia 38016231D01, y que tuvo registro de entrada de fecha 10/10/2023 y nº 2023-E-RC-6033. - Subvención concedida en el marco del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para entidades locales adheridas a la Estrategia de Promoción a la Salud y Prevención el Sistema Nacional de Salud, así como perteneciente a la Red Española de Ciudades Saludables (RECS), destinada al desarrollo de actuaciones en materia de salud para 2023, para el proyecto denominado “Gimnasia física y mental”, por importe de 616,50 euros, comunicada a través de la FEMP en fecha 20/09/2023. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 20.147.40 Número: 2023-1066 Fecha: 16/10/2023 Cód. Validación: 9PYDMFZR6LCKEH2JH69M54KGD Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 DECRETO SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que este celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. En La Villa de Garafía, a la fecha indicada al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1066 Fecha: 16/10/2023 Cód. Validación: 9PYDMFZR6LCKEH2JH69M54KGD Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5 DECRETO