DECRETO DE ALCALDÍA 1353/2023 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 2) SECRETARIA Fecha Firma: 13/10/2023 HASH: 7d7043025f7a276cc5d337088594444e Modificación de Créditos Procedimiento: En virtud de las competencias que me han sido otorgadas y en base a los siguiente fundamentos de hecho y derecho: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO En relación con el expediente n.º 1353/2023 relativo a la modificación de crédito en su modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones del mismo área de función y en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO Alcalde - Presidente Fecha Firma: 13/10/2023 HASH: 0ed48d8fdb9cbd5f4baa162edc154ba0 Jose Ángel Sánchez Rodiguez (2 de 2) PRIMERO. Con fecha 11 de octubre de 2023, la Concejala de Turismo, Cultura, Educación, Medio Ambiente y Servicios Sociales, presentó su propuesta en la que argumentaba la necesidad de transferir créditos de otras aplicaciones de gastos del Presupuesto vigentes no comprometidas pertenecientes a la misma área de gasto, iniciando expediente de Transferencias de Créditos entre aplicaciones de gasto de la misma área de gasto o que afecten a bajas y altas de créditos de personal. SEGUNDO. Con fecha 13 de octubre de 2023, la Alcaldía emitió la correspondiente Memoria, en la que se especificaba la modalidad de modificación a realizar. TERCERO. Con fecha 13 de octubre de 2023, se emitió informe Jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir. CUARTO. Con fecha 13 de octubre de 2023, se emitió informe de Intervención por el que se informó la propuesta de Alcaldía. favorablemente LEGISLACIÓN APLICABLE — Los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1061 Fecha: 13/10/2023 Cód. Validación: 94LM54R2NH56DXJ626JJDNQDP Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 DECRETO — El artículo 16 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — Los artículos 42, 173 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. — Los artículos 21.1.f) y 22.2.a), e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos. — El Reglamento (UE) N.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2.º del Real Decreto Legislativo 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — Lo que disponen las bases de ejecución del Presupuesto. Vista la propuesta de resolución PR/2023/461 de 13 de octubre de 2023. RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos n.º10/2023, con la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones del mismo área de función, de acuerdo al siguiente detalle: Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Número: 2023-1061 Fecha: 13/10/2023 Cód. Validación: 94LM54R2NH56DXJ626JJDNQDP Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 DECRETO Transferencias en Aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Créditos iniciales Pro gr. Econó mica 232 0 62204 Residencia de Mayores de Garafía (Jardines) 23 30 22105 Productos alimenticios 120.507,20 18.000,00 138.504,2 0 TOTAL 2. º FINANCIACIÓN Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo*.* 3. º JUSTIFICACIÓN El presente expediente se justifica ante la existencia de financiar productos de alimentación para las dos Residencias de Mayores de las que dispone el municipio, así como el Servicio de Ayuda a Domicilio municipal, que ha visto aumentado el gasto en el presente ejercicio por el incremento de los precios del mercado, previendo que no alcanza la financiación presupuestada y considerándose la no ejecución de la partida 2320.62204 en el presente ejercicio presupuestario. SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la resolución en la primera sesión ordinaria que este celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y remitir copia del mismo a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. En La Villa de Garafía, a la fecha indicada al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922400029. Fax: 922400000 Transferencias de crédito Créditos finales 18.000,00 18.000,00 0,00 Número: 2023-1061 Fecha: 13/10/2023 Cód. Validación: 94LM54R2NH56DXJ626JJDNQDP Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3 DECRETO