Expediente n.º: 40/2021 Acuerdo del Pleno de aprobación definitiva Procedimiento: Elaboración y Aprobación del Presupuesto Interesado: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Fecha de iniciación: 13/01/2021 NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 2) SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 09/04/2021 HASH: 754ac50cbf4067ca50b319ae76204d6e DOÑA NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO, SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA, (S/C DE TENERIE), CERTIFICO: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de fecha 08 de abril de 2021, entre otros se adoptó el siguiente Acuerdo: « APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2021 Por la Secretaria Acctal., de orden de la Presidencia, se da lectura a la propuesta de Alcaldía y que se trascribe a continuación "PROPUESTA DE ACUERDO ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 09/04/2021 HASH: 3cffba66bbe5c4f240eeeb892055197c YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (2 de 2) RESULTANDO: Que el Pleno del Ayuntamiento acordó en sesión celebrada el día 25/02/2021, la aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2021, junto con la Plantilla de Personal, insertando el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 28, de fecha 05/03/2021. RESULTANDO: Que dentro del plazo de información pública de dicho acuerdo ha sido formulada alegación por la empleada pública municipal, Dña. Luisa María Castro Francisco, donde se indica que, en dicha Plantilla de omite el puesto de Punto de Información Catastral (PIC) e Inventario de los Bienes, así como la pertenencia de dicho puesto al Grupo II. RESULTANDO: Informe jurídico emitido por la Secretaria-Interventora del Ayuntamiento, de fecha 31/03/2021, del siguiente tenor literal: "Unidad Administrativa: Secretaría-Intervención Número expediente: 40/2021 Asunto: Alegación formulada por la empleada pública, Dña. Luisa María Castro Francisco frente a la aprobación inicial de la Plantilla de Personal para el ejercicio 2021 Trámite: Emisión de informe jurídico. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 8 En cumplimiento de la función de asesoramiento legal preceptivo establecida en el artículo 3.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, formulo el presente INFORME JURÍDICO ANTECEDENTES DE HECHO I.- El Pleno del Ayuntamiento acordó en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2021, la aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2021 y la Plantilla de Personal para el citado ejercicio. II.- Que dentro del plazo de información pública de dicho acuerdo ha sido formulada alegación por la empleada pública municipal, Dña. Luisa María Castro Francisco, , con fecha 30 de marzo de 2021 (nº 2021-E-RE-154), donde se indica que, en dicha Plantilla de omite el Punto de Información Catastral (PIC) e Inventario de los Bienes, así como la pertenencia de dicho puesto al Grupo II. III.- Que el puesto ocupado por la empleada pública reclamante, personal laboral del Ayuntamiento, ha venido apareciendo en todas las Plantillas Presupuestarias aprobadas en ejercicios anteriores, como "Delineante", Grupo III. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: El Ayuntamiento de Villa de Garafía no cuenta Catálogo de Personal previo a la aprobación de Relación de Puesto de Trabajo, por ello, los puestos de trabajo necesarios o de carácter estructural aparecen recogidos en las Plantillas Presupuestarias que se aprueban junto los respectivos Presupuestos anuales, sin asignación de tareas específicas, por lo que las que corresponden a cada puesto se definen mediante el ejercicio puntual de la potestad de autoorganización reconocida a la Administración Local por el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. SEGUNDO: En el presente caso, el puesto aparece definido como "Delineante" con inclusión en el Grupo III, concordante con la categoría con la que fue contratada la reclamante y así ha venido aprobándose en las sucesivas Plantillas Presupuestarias desde el año 1996, por lo que no solo no se observa la existencia de vulneración normativa alguna sino que se trata de una situación consolidada y consentida por la Sra. Castro Francisco a lo largo de los años. TERCERO: La adscripción de la reclamante, con la categoría de "Delineante", al Punto de Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8 Información Catastral está plenamente justificada dado que dicho trabajo requiere el acceso a documentos planimétricos y cartográficos tal como se infiere de la Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral. Ahora bien, la existencia de dicho PIC es fruto de un acuerdo o convenio entre el Ayuntamiento y la Gerencia del Catastro que puede ser objeto de supresión o modificación en cualquier momento, por ello, no está justificado, tal como reclama la empleada pública, la creación de un puesto estructural en la Plantilla de Personal denominado Punto de Información Catastral, pues se trata de un servicio coyuntural prestado a través de empleado público adscrito al puesto de "Delineante" (sí estructural ), de tal suerte que si en algún momento desapareciese el servicio del Punto de Información Catastral la empleada pública dejaría de prestar dicho servicio pero no se amortizaría su puesto de trabajo de Delineante, cosa que sí podría suceder si, tal como reclama, se transformara su actual puesto en otro denominado "Punto de Información Catastral". Por último, en cuanto al Inventario Municipal de Bienes y Derechos, aparece regulado en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, su llevanza y autorización corresponde al Secretario/a del Ayuntamiento, luego las funciones que pueda realizar la reclamante en relación a dicho documento son meramente auxiliares, además, estamos ante tareas muy puntuales no diarias, por lo que no encontramos soporte jurídico alguna a la reclamación de la interesad en este punto. CUARTO: En cuanto a la adscripción del puesto de trabajo al Grupo II, la reclamante no invoca motivo alguno que justifique tal decisión, por lo que debe ser rechazada su reclamación. CONCLUSIÓN: En virtud de lo expuesto, cabe desestimar las alegaciones formuladas por la interesada por no resultar ajustadas a derecho. Documento firmado electrónicamente." CONSIDERANDO: Lo dispuesto por el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuanto a la motivación de los actos administrativos. CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, corresponde al Pleno del Ayuntamiento resolver las alegaciones presentadas en el plazo de un mes. ACUERDO Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8 PRIMERO: DESESTIMAR las alegaciones presentadas por la empleada pública municipal, Dña. Luisa María Castro Francisco, provista con DNI nº 42174386E, con fecha 26/03/2021de 2021 (nº R.E. 144), contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de febrero de 2021, por el que se aprueba el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villa de Garafía para el ejercicio 2021 junto con la Plantilla de Personal para dicho ejercicio, que confirmamos, todo ello, con motivación en la aceptación del informe jurídico de la Sra. Secretaria-Interventora de fecha 31/03/2021, incorporado a la parte expositiva del presente acuerdo. SEGUNDO: Aprobar definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villa de Garafía correspondiente al ejercicio 2021 junto a la Plantilla de Personal para el citado ejercicio, en iguales términos a los aprobados inicialmente mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de febrero de 2021. TERCERO: Notificar el presente acuerdo en legal forma a la interesada, comunicándole que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estime procedente. Documento firmado electrónicamente" Vistas las alegaciones presentadas por los interesados durante el periodo de información pública. Visto que las alegaciones fueron informadas por SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. con fecha 31 de marzo de 2021. Se somete a votación el asunto, dando el siguiente resultado: Votos a favor: 5 (3 PSOE, 2 Grupo Mixto) Votos en contra: 0 Abstenciones: 3 ( 3 CC) Por lo tanto, el Pleno de la corporación por mayoría absoluta, adopta el siguiente acuerdo, PRIMERO: DESESTIMAR las alegaciones presentadas por la empleada pública municipal, Dña. Luisa María Castro Francisco, provista con DNI nº 42174386E, con fecha 26/03/2021de 2021 (nº R.E. 144), contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de febrero de 2021, por el que se aprueba el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villa de Garafía para el ejercicio 2021 junto con la Plantilla de Personal para dicho ejercicio, que confirmamos, todo ello, con motivación en la aceptación del informe jurídico de la Sra. Secretaria-Interventora de fecha 31/03/2021, incorporado a la parte expositiva del presente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8 acuerdo. SEGUNDO: Aprobar definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villa de Garafía correspondiente al ejercicio 2021 junto con sus bases de Ejecución, así como la Plantilla de Personal para el citado ejercicio, ambos en iguales términos a los aprobados inicialmente mediante acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de fecha 25 de febrero de 2021. ESTADO DE GASTOS CAPÍTULO DENOMINACIÓN A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.459.143,81 € 100% 4.679.725,94 € 100% A.1 OPERACIONES CORRIENTES 3.590.902,00 € 80% 4.194.725,94 € 89% 1 Gastos del Personal 1.997.346,85 € 45% 2.634.782,98 € 56% 2 Gastos corrientes en bienes y servicios 1.438.585,81 € 32% 1.463.402,96 € 31% 3 Gastos financieros 2.000,00 € 0% 3.000,00 € 0% 4 Transferencias corrientes 152.969,34 € 3% 93.540,00 € 2% 5 Fondo de contingencia 0,00 € 0% 10.000,00 € 0% A.2 OPERACIONES DE CAPITAL 868.241,81 € 19% 485.000,00 € 10% 6 Inversiones reales 868.241,81 € 19% 485.000,00 € 10% 7 Transferencias de capital 0,00 € 0% 0,00 € 0% B) OPERACIONES FINANCIERAS 8.000,00 € 0% 8.000,00 € 0% 8 Activos financieros 8.000,00 € 0% 8.000,00 € 0% 9 Pasivos financieros 0% 0,00 € 0% TOTAL GASTOS 4.467.143,81 € 100% 4.697.725,94 € 100% ESTADO DE INGRESOS CAPÍTULO DENOMINACIÓN A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.595.235,69 € 100% 4.735.006,89 € 100% A.1 OPERACIONES CORRIENTES 3.706.825,53 € 81% 4.129.628,61 € 87% 1 Impuestos directos 302.783,10 € 7% 304.783,10 € 6% 2 Impuestos indirectos 310.265,34 € 7% 457.380,91 € 10% 3 Tasas, precios públicos y otros ingresos 604.200,00 € 13% 607.200,00 € 13% 4 Transferencias corrientes 2.469.477,09 € 54% 2.739.564,60 € 58% 5 Ingresos patrimoniales 20.100,00 € 0% 20.700,00 € 0% A.2 OPERACIONES DE CAPITAL 888.410,16 € 19% 605.378,28 € 13% 6 Enajenación de inversiones reales 0,00 € 0% 0,00 € 0% 7 Transferencia de capital 888.410,16 € 19% 605.378,28 € 13% Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 PRESUPUESTO 2020 PRESUPUESTO 2021 IMPORTE % IMPORTE % Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 8 PRESUPUESTO 2020 PRESUPUESTO 2021 IMPORTE % IMPORTE % B) OPERACIONES FINANCIERAS 8.000,00 € 0% 8.000,00 € 0% 8 Activos financieros 8.000,00 € 0% 8.000,00 € 0% 9 Pasivos financieros 0,00 € 0% 0,00 € 0% TOTAL INGRESOS 4.603.235,69 € 100% 4.743.006,89 € 100% PLANTILLA DE PERSONAL A) FUNCIONARIOS DE CARRERA DENOMINACIÓN PLAZA N.º PLAZAS GRUPO NIVEL Secretario/a-Interventor/a 1 A1 – A2 22 Policía Local 2 C1 14 Oficial de policía Local 1 C1 18 Auxiliar administrativo/a 2 C2 14 B) PERSONAL LABORAL FIJO DENOMINACIÓN DE PLAZA N.º PLAZAS GRUPO TITULACIÓN Trabajadora social 1 2 Diplomatura Arquitecto técnico 1 2 Diplomatura Delineante 1 3 Ciclo Medio, Superior o equivalente Electricista 1 4 Auxiliar administrativo/a 2 4 Conductor 2 4 Palista 1 4 Op. Red de aguas 1 4 C) PERSONAL LABORAL TEMPORAL DENOMINACIÓN DE PLAZA N.º PLAZAS GRUPO TITULACIÓN Directora de Centro Asistencial "Sor Josefa Argote" y Técnico PCI 1 1 Directora de Residencia de Mayores de Santo Domingo 1 1 Coordinadora de Centro Asistencial "Sor Josefa Argote" 1 3 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Ciclo Medio o Superior de electricista o equivalente Título de graduado en Educación Secundaria, Ciclo Medio o Superior o equivalente Graduado escolar o equivalente y Carnet conducir exigido Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 8 Graduado escolar o equivalente y Carnet conducir exigido Certificado escolaridad y experiencia mínima de 3 años Diplomatura/Licenciatura de la rama socio sanitaria Diplomatura/Licenciatura de la rama socio sanitaria y formación específica para Dirección de Centros Ciclo Medio o Superior de la Rama Socio Sanitaria, Certificado de Profesionalidad de la rama y Psicóloga 1 1 Licenciatura psicología Fisioterapeuta 2 2 Diplomatura Fisioterapeuta Agente de Empleo y Desarrollo Local 2 2 Diplomado o Licenciado Coordinadora SAD – Pedagoga 1 2 Diplomado Encargado de obras 1 3 Técnico administrativo/a 1 3 Técnico Administrativo o bachiller Electricista 1 4 Auxiliar administrativo/a 4 4 Auxiliar enfermería 2 4 Técnico Aux. de enfermería Cocinera 2 4 Carpintero 1 4 Oficial de primera 1 4 Auxiliar geriatría para residencia 23 5 Auxiliar geriatría para servicio de ayuda a domicilio 7 5 Peón de cementerios 1 5 Certificado escolaridad Peón de limpieza 1 5 Certificado escolaridad Limpiadores/as 8 5 Certificado escolaridad Animadores/as 3 5 Certificado escolaridad Ayudante de cocina 5 5 Certificado escolaridad RESUMEN FUNCIONARIOS:__________ 6 LABORAL FIJO:___________ 10 LABORAL TEMPORAL:_____ 70 EVENTUAL:______________ 0 TOTAL PLANTILLA: 86 TERCERO: Notificar el presente acuerdo en legal forma a la interesada, comunicándole que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estime procedente. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Certificado escolaridad y experiencia mínima de 4 años Ciclo Medio o Superior de electricista o equivalente Título de graduado en Educación Secundaria, Ciclo Medio o Superior o equivalente Ciclo Medio o Superior de Cocina o Certificado de profesionalidad Ciclo Medio o equivalente y experiencia mínima 3 años Certificado escolaridad y experiencia mínima de 3 años Ciclo Medio de Atención Socio Sanitaria a Dependientes o certificado de profesionalidad de atención a personas en centros Ciclo Medio de Atención Socio Sanitaria a Dependientes o certificado de profesionalidad de atención a personas en domicilio Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 8 CUARTO. Publicar el texto íntegro del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. QUINTO. Comunicar el presente acuerdo a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma respectiva dentro del plazo de treinta días desde su aprobación. Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º del ALCALDE-PRESIDENTE, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WWMMT6ZLCSRF5ZQPYDA3YRT | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 8