Expediente n.º: 1221/2019 Informe de Intervención sobre Evaluación de Reglas Fiscales Procedimiento: Elaboración y Aprobación del Presupuesto NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (1 de 1) SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 22/05/2020 HASH: 754ac50cbf4067ca50b319ae76204d6e INFORME DE INTERVENCIÓN SOBRE EVALUACIÓN DE REGLAS FISCALES Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, emito el siguiente: INFORME PRIMERO. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece entre sus objetivos garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. Por ello, la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Entidades Locales deben realizarse bajo el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 3 y 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Además, la variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española. Asimismo y en lo que respecta a la deuda, el límite de deuda de la Administración Pública no podrá superar el valor de referencia fijado en términos del Producto Interior Bruto. SEGUNDO. Legislación aplicable: — Los artículos 3, 11, 12, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 9 aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — Los artículos 51 a 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — La Guía para la determinación de la Regla de Gasto del artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para Corporaciones Locales (IGAE). — Los artículos 4.1.b, 15.3.c, 15.4.e, 16.4 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. TERCERO. El artículo 16 apartado 1 in fine y apartado 2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, establece que, la Intervención Local elevará al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia Entidad Local y de sus organismos y entidades dependientes. Este informe se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los previstos en los artículos 168.4 en el supuesto de Informe para la aprobación del Presupuesto, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referidos respectivamente, a la aprobación del presupuesto general. En caso de que el resultado de la evaluación del objetivo de Estabilidad Presupuestaria o de la Regla del Gasto sea incumplimiento, la Entidad Local formulará un Plan Económico-Financiero de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los citados objetivos. CUARTO. Entidades que forma el Perímetro de Consolidación. El perímetro de consolidación de este Municipio está formado por el propio Ayuntamiento, careciendo de organismos y entidades dependientes. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9 QUINTO. Cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria. El objetivo de estabilidad presupuestaria, se identifica con una situación de equilibrio o superávit computada, a lo largo del ciclo económico, en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-10). El cálculo de la variable capacidad o necesidad de financiación en el marco de las Entidades Locales, en términos presupuestarios SEC-10 y obviando ciertos matices de contabilización, se obtiene de la diferencia entre los Capítulos 1 a 7 del Presupuesto de Ingresos y los Capítulos 1 a 7 del Presupuesto de Gastos. A. Debido a las diferencias de criterio entre la contabilidad presupuestaria y la contabilidad nacional, es necesario la realización de ajustes a fin de adecuar la información presupuestaria de esta entidad a los criterios establecidos en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-10). Siguiendo el «Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las corporaciones locales» y en la «Nota sobre los cambios metodológicos de aplicación del nuevo SEC 2010 que afectan a las Cuentas de las Administraciones Públicas» editado por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), procede realizar los ajustes siguientes: — Ajuste 1. Registro en Contabilidad Nacional de Impuestos, Tasas y otros ingresos: diferencia entre los derechos reconocidos por la entidad y la recaudación total en caja correspondiente a dichos ingresos. Recaudación 2019 AJUSTES Derechos Reconocidos PPTO. Corrient PPTO. Cerrado Total Negativo Positiv Netos 2019 e Impuestos Directos 282.091,36 208.254 28.078,8 236.333, 43 -45.757,93 0,00 -45.757,93 -16,22 ,58 5 Impuestos Indirectos 572.313,79 562.480 ,07 81,03 562.561, 10 -9.752,69 0,00 -9.752,69 -1,70 Tasas y otros ingresos 431.482,93 365.567 21.170,2 386.737, 64 -44.745,29 0,00 -44.745,29 -10,37 ,37 7 TOTAL 1.285.888,0 1.136.3 49.330,1 1.185.63 -100.255,9 1 0,00 -100.255,91 -28,30 8 02,02 5 2,17 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9 o TOTAL % de ajuste Créditos Iniciales AJUSTE SEC % 297.783,10 -48.303,28 % 520.785,40 -8.874,60 % 557.200,00 -57.782,30 % 1.375.768,50 -114.960,18 B. La evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria con motivo de la aprobación del presupuesto del ejercicio 2020, del Ayuntamiento de la Villa de Garafía, una vez realizados los ajustes SEC-10 detallados en el punto A, presenta los siguientes resultados:. PRESUPUESTO DE INGRESOS 1 Impuestos Directos 302.783,10 € 2 Impuestos Indirectos 310.265,34 € 3 Tasas y Otros Ingresos 604.200,00 € 4 Transferencias Corrientes 2.449.477,09 € 5 Ingresos Patrimoniales 20.100,00 € 6 Enajenación de Inversiones Reales 0,00 € 7 Transferencias de Capital 888.410,16 € A) TOTAL INGRESOS (Capítulos I a VII) 4.575.235,69 € PRESUPUESTO DE GASTOS 1 Gastos de personal 1.997.346,85 € 2 Gastos en bienes correintes y servicios 1.438.585,81 € 3 Gastos financieros 2.000,00 € 4 Transferencias corrientes 152.969,34 € 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 0,00 € 6 Inversiones reales 868.241,81 € 7 Transferencias de capital 0,00 € B) TOTAL GASTOS (Capítulos I a VII) 4.459.143,81 € C) ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA (A - B) 116.091,88 € D) AJUSTES SEC-10 -114.460,18 € F) ESTABILIDAD AJUSTADA (C+D) 1.631,70 € % ESTABILIDAD AJUSTADA 0,00 € C. En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, tras realizar los ajustes SEC-10 detallados, se observa: A nivel individualizado que la suma de los Capítulos I a VII del Presupuesto de Ingresos, es mayor a la suma de los Capítulos I a VII del Presupuesto de Gastos, lo que representa una situación de superávit presupuestario. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9 En consecuencia, con base en los cálculos detallados se cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 2010. SEXTO. Cumplimiento de la Regla del Gasto. La regla de gasto se calculará comprobando que la variación del gasto computable entre los años n y n-1 no supere la tasa de referencia del crecimiento del Producto Interior Bruto. Se entenderá por gasto computable a los empleos no financieros (los gastos de los capítulos I a VII del Presupuesto) definidos en términos del SEC-10, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación. La tasa de referencia de crecimiento del PIB de la economía española a medio plazo para el Presupuesto del año 2020 es de 2,8%, de manera que el gasto computable de Villa de Garafía en este ejercicio, no podrá aumentar por encima de la misma. A. Atendiendo a la metodología de cálculo de la normativa vigente, es necesaria la realización de los siguientes ajustes:  Ajustes SEC-10: — Grado de ejecución del Gasto: en función de la experiencia acumulada de años anteriores, diferencia entre las previsiones presupuestarias y la ejecución real. Su cálculo se deja a criterio municipal, al igual que la determinación de los valores atípicos que debería eliminarse para el cálculo de este ajuste. No obstante, por criterio de prudencia y en aras de dotar de seguridad jurídica y homogeneidad al cálculo de este ajuste, se recomienda establecer en las bases de ejecución de cada municipio el criterio a seguir para la determinación de la Regla de Gasto de la Corporación.  Capítulo 1 a 7 Presupuesto de Gastos del año N (Presupuesto aprobado) 4.467.143,81 Presupuesto de Gastos Ejercicio 2019 Ejercicio 2018 Ejercicio 2017  Capítulo 1 a 7 Créditos iniciales 2.913.069,27 2.400.881,78 2.774.871,07  Capítulo 1 a 7 Obligaciones reconocidas netas 3.069.967,07 2.746.784,55 2.542.997,35 % DE EJECUCIÓN 5,39% 14,41% -8,36% % MEDIO DE EJECUCIÓN 3,81% IMPORTE DEL AJUSTE DE EJECUCIÓN = Σ Capt. 1 a 7 x % Medio de Ejecución 170.304,20 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9  Ajustes sobre los componentes del gasto que no tienen un carácter fijo o que tienen un carácter preferente no sometido a limitación de crecimiento: a) Gastos financiados con fondos finalistas de la Unión Europea y de otras Administraciones Públicas: son gastos que tienen su contrapartida en ingresos, no se limita su crecimiento al no suponer un crecimiento del gasto en términos estructurales. — Gastos financiados con fondos finalistas de la Unión Europea y de otras Administraciones Públicas: son gastos que tienen su contrapartida en ingresos, no se limita su crecimiento al no suponer un crecimiento del gasto en términos estructurales. GASTO EUPOPA ESTADO CCAA CABILDO Subv. FEDER (Plan Movilidad) 241.918,97 Pacto contra la violencia de género 2.000,00 Plan Concertado y PCI 106.817,18 Prodae 20.500,00 Juzgado de paz 1.250,00 Plan Integral del Menor 13.908,95 FCFM (Inversión) 646.491,19 Ayudas de Emergencia Social 5.000,00 Subv. Mant. Guardería municipal 20.000,00 Convenio Empleo FDCAN 2020 87.601,52 Promocion deportiva 6.000,00 Subvención CAF 289.522,38 Subv. Mant. SAD 7.288,06 Subv.Mant. Residencia Sto. Domingo 870.866,80 Biblioteca 1.600,00 Fomento a la Cultura 5.000,00 Subv. Banda Música 13.000,00 Campaña Navidad y comercio 6.000,00 Plan Integral del Menor 3.980,31 Actividades de teatro 2.500,00 Actividades de juventud 2.600,00 Subv. Eventos deportivos 9.000,00 Ayudas Emergencia Social 6.429,34 Otras 2.000,00 Total 241.918,97 2.000,00 813.967,32 1.313.298,41 b) Disminución del gasto computable por inversiones financieramente sostenibles (DA 6ª LO 2/2012): deberá disminuirse del gasto computable, aquel Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9 destinado a inversiones financieramente sostenibles que se ajusten a lo dispuesto en la Disposición Adicional 6ª de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por tratarse de gasto financiado con el superávit presupuestario del ejercicio anterior. En este ejercicio 2020, para esta entidad, el importe de gastos asciende a 465.518,40 euros, que en detalle son: Inversión Importe Plan de movilidad 102.518,40 Rehabilitación del Casco Histórico de Santo Domingo 300.000,00 Adquisición de vehículo de 9 plazas 23.000,00 Inversiones en alumbrado Público 40.000,00 B. La evaluación del cumplimiento de la regla de gasto con motivo de aprobación del presupuesto del ejercicio 2020, presenta los siguientes resultados: 2020 CÁLCULO DE LA REGLA DE GASTO (art. 12 Ley Orgánica 2/2012) = A) EMPLEOS NO FINANCIEROS (SUMA DE CAPÍTULOS 1 A 7) 4.657.681,94 4.467.143,81 (-) Intereses de la deuda = B) EMPLEOS NO FINANCIEROS (excepto intereses de la deuda) 4.657.681,94 4.467.143,81 (-) Enajenación (+/-) Inversiones realizadas por cuenta de la Corporación Local (-) Inversiones realizadas por la Corporación Local por cuenta de otras AAPP (+) Ejecución de Avales (+) Aportaciones de capital (+) Asunción y cancelación de deudas (+/-) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al presupuesto 61.823,21 0,00 (+) Pagos a socios privados en el marco de Asociaciones público privadas (+/-) Adquisiciones con pago aplazado (+/-) Arrendamiento financiero (+) Préstamos fallidos (+/-) Grado de ejecución del Gasto 170.304,20 (-) Ajustes Consolidación presupuestaria (-) Gastos financiados con fondos finalistas UE / AAPP -2.753.788,21 -2.371.184,70 (-) Inversiones Financieramente Sostenibles -465.518,40 = D) GASTO COMPUTABLE 1.965.716,94 1.800.744,91 Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Liquidación Presupuesto 2019 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 9 (-) Aumentos permanentes de recaudación (art. 12.4) (+) Reducciones permanentes de recaudación (art. 12.4) = E) GASTO COMPUTABLE AJUSTADO año n = Gº computable +/- Aumento/reducción permanente recaudación 1.800.744,91 a Variación del gasto computable -8,39% b Tasa de referencia crecimiento PIB m/p 2,80% CUMPLE CON LA REGLA DE GASTO b > a 220.012,10 CÁLCULO DEL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO = E) GASTO COMPUTABLE AJUSTADO 1.800.744,91 (+) Aumentos permanentes de recaudación 0,00 (-) Reducciones permanentes de recaudación 0,00 (+) Intereses de la deuda 0,00 (+) Ajustes Consolidación presupuestaria 0,00 (+) Gastos financiados con fondos finalistas UE / AAPP 2.371.184,70 (+) Disminución gasto computable por inversiones financieramente sostenibles 465.518,40 (+/-) Ajustes SEC 10 -170.304,20 (+) Margen de aumento hasta límite de la tasa de referencia 220.012,10 = LIMITE DE GASTO NO FINANCIERO 4.687.155,91 C. En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, resultando necesario realizar los ajustes detallados, se observa que el gasto computable consolidado de Villa de Garafía, es de 1.965.716,94euros en el año 2019, y de 1.800.744,91euros en el año 2020 Por tanto, la variación del gasto computable es del -8,39 %, menor a la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, situada en el 2,8% para el ejercicio 2020. Así las cosas, esta entidad cumple el objetivo de la Regla del Gasto, entendido como la situación en la que la variación del gasto computable no supera la tasa de referencia de crecimiento del PIB correspondiente a este ejercicio. D. Se observa igualmente que el límite de gasto no financiero para el ejercicio 2020 se sitúa en 4.687.155,91 euros. SÉPTIMO. Cumplimiento del límite de Deuda. A. Las Entidades Locales tendrán la obligación de no rebasar el límite de Deuda Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 9 Pública fijado para el ejercicio 2020, de conformidad con lo recogido en Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su artículo 13. Considerando que para la Administración Local no se ha establecido en términos de ingresos no financieros este objetivo, y que en consecuencia resultan de aplicación los que ya establecía el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en su artículo 53, se efectúa este cálculo a efectos de determinar si el Ayuntamiento cumple con el objetivo de deuda Pública. B. El volumen de deuda viva a 31 de diciembre de 2019 en términos de porcentaje sobre los ingresos corrientes, arroja el siguiente resultado: C. En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, se establece que el importe de los recursos corrientes liquidados del último ejercicio, es de 3.627.349,81 €; y el importe de deuda viva total de esta Entidad Local, es de 0,00 €. Por tanto, el porcentaje de deuda viva de esta entidad es de 0,00, inferior al límite de deuda situado en el 2 % regulado en la normativa vigente. Así las cosas, esta entidad cumple el objetivo del límite de Deuda Pública, establecido en el 2 %, de acuerdo con normativa vigente. Siendo el resultado del control permanente previo del expediente: □ Cumplimiento DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 3SW6HLTLC5DDYJWSRP7D9C2YG | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 9