CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN INTEGRAL Y PROMOCIÓN SOCIO-LABORAL Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO ISONORTE Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFÍA, AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA Y AYUNTAMIENTO DE TIJARAFE de ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 18/03/2021 HASH: 3cffba66bbe5c4f240eeeb892055197c YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (1 de 1) IGUEZ RODRIGUEZ (1 de 1) REUNIDOS HASH: Scffba66bbe5c4f240eeeb892 De una parte, D. Yeray Rodríguez Rddríguez, provisto de DNI 42.188.436-L, Alcalde del Ayuntamiento de Garafía, con CIF P3801600-B y domicilio en Calle Díaz y Suárez N21, 38787 Santo Domingo — Garafía. Fecha Firma: 18/03/2021 De otra, D. Marcos José Lorenzo Martín, provisto de DNI 42.182.145-F, Alcalde del Ayuntamiento de Tijarafe, con CIF P3805300-E y domicilio en Calle Adiós N22, 38780 - Tijarafe. De otra, D. Vicente Rodríguez Lorenzo, provisto de DNI 42.168.865-K, Alcalde del Ayuntamiento de Puntagorda, con CIF P3803000-C y domicilio en Av. de la Constitución N?2 4, 38789 - Puntagorda. Y de otra, D. Eduardo Javier Calderón Piñero con DNI 42.169.470-M, como presidente de la Euñdación Canaria para la Formación Integral y Promoción Socio-laboral y Cooperación para el Desarrollo Isonorte, inscrita en el registro de Fundaciones Canarias con el N2105 y con CIF G-38490785 y domicilio social C/Cardal N%6 — San Andrés y Sauces. / Sé reconocen mutua capacidad legal para suscribir el presente Convenio de colaboración y en firtud de ello, EXPONEN lo La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, establece en su artículo 4, que el sistema público de servicios sociales de Canarias está integrado por el conjunto de recursos, equipamientos, proyectos, programas y prestaciones de titularidad pública y privada destinada al cumplimiento de los objetivos establecidos en esta ley. Todos estos servicios configuran conjuntamente la red de servicios sociales de atención pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinados a la ciudadanía, en general, y, en particular, a las personas y colectivos más desfavorecidos, o que se hallaren en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. - La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, prevé la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con la participación y la colaboración de todas las Administraciones Públicas. Este Sistema garantiza el derecho subjetivo de la ciudadanía, consistente en asegurar el acceso de cualquier persona a las prestaciones y servicios que requiera en función de la situación de la dependencia en que se encuentre. - El artículo 12 de la referida Ley 39/2006 prevé la participación de la Entidades Locales en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye. En Puntagorda a día 2 de marzo de 2021 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 CONVENIO Número: 2021-0003 Fecha: 18/03/2021 NN CONVENIO Número: 2021-0003 Fecha: 18/03/2021 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XT6NR5TH3RKDK | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XTENRSTH3RKDK | Verificación: https://garafia. sedelectronica.es/ - La citada Ley de Servicios Sociales establece que podrán ser titulares de servicios, recursos y centros de servicios sociales tanto las personas físicas como las personas jurídicas legalmente constituidas, de carácter público o privado, que contemplen entre sus fines la prestación de servicios sociales. Los servicios, recursos y centros de servicios sociales serán de titularidad pública y de titularidad privada, gestionados por personas físicas o entidades, que funcionen preferentemente sin ánimo de lucro, garantizándose la supervisión e inspección de todos ellos por la Administración pública competente en los términos previstos en esta ley y sus disposiciones reglamentarias. - El artículo 86 de la Ley 39/2015, de * de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho Público como Privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico, ni versen sobre materias no susceptibles de transacción, y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que, en su caso, prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos, con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que le ponga fin. a Fuñdación Canaria ISONORTE es una entidad privada sin ánimo de lucro que tiene como exclusión económica y social, incidiendo en la prevención de las mismas y las actuaciones encaminadas a la cooperación y al desarrollo de individuos grupos y/o comunidades” y “...para la consecución de sus fines la Fundación podrá llevar a cabo las siguientes actividades: 9.7: a) La inserción socio-laboral de colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social b) La inserción socio-laboral de personas con discapacidad...” Dentro de la modalidad de servicio de centro de día regulada en el art. 15 de la ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y en el ámbito de la discapacidad, se entienden contemplados los centros ocupacionales, que de acuerdo con el art. 52 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, tienen como finalidad asegurar los servicios de terapia ocupacional y de ajuste personal y social a las personas con discapacidad con el objeto de lograr su máximo desarrollo personal y, en los casos que fuera posible, facilitar su capacitación y preparación para el acceso al empleo. El número de plazas de este Centro asciende a 12. Por todo ello, es deseo de las partes establecer una estrecha colaboración con la certeza de que la misma beneficiará la atención a las personas con diversidad funcional de la comarca noroeste que conforman los tres municipios, y que sean usuarios del Centro Ocupacional La Traviesa. Sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes CONVENIO A | | NW Número: 2021-003 Fecha: 18/03/2021 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XT6NR5TH3RKDK | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XTENRSTH3RKDK | Verificación: https://garafia. sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 CLÁUSULAS Primero. Objeto del convenio El objeto del presente Convenio es regular la cooperación de los tres Ayuntamientos con la Fundación Canaria Isonorte en las actuaciones de atención a la población con diversidad funcional de la comarca con el Centro Ocupacional La Traviesa, ubicado en La Avenida de La Constitución N25, 38789 — Puntagorda. Segundo.- Compromiso Fundación Canaria Isonorte. Fundación Canaria Isonorte se C romete a: - La organización conjunta fon los citados Ayuntamientos de un evento en cada municipio una vez al año, para dar a conocer las actividades y productos elaborados en el Centro Ocupacional. - — Organizar e impartir charlas en colegios o centros de mayores cuando así sea planteado por las entidades, y así promover la sensibilidad sobre la Discapacidad intelectual. Promover actitudes de respeto, trato adecuado y apoyo mutuo. Así como hacer visibles a las personas con discapacidad como un elemento más de diversidad de la sociedad, mostrando sus distintos rostros y sus capacidades. Elaborar y presentar una memoria anual sobre las actividades desarrolladas Abonar a La Fundación Canaria para la Formación Integral y Promoción Socio- Laboral y Cooperación para el Desarrollo “Isonorte” la cantidad de 1.500€ anuales cada uno. - A colaborar con servicios de transporte para el desarrollo de las actividades externas al centro de trabajo. Cuarto.- Duración Convenio. El Presente Convenio comenzará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma extendiéndose su vigencia de 2 años, renovables si no hay denuncia entre las partes. Quinto.- Régimen Jurídico. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de las Ley 38/2003, de 3 de Noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en el lugar y fecha arriba indicados. CONVENIO l ' WI l ll il Número: 2021-003 Fecha: 18/03/2021 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XT6NR5TH3RKDK | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3 Cód. Validación: 575EKXYQY9A2XTE6NRSTH3RKDK | Verificación: https://garafia. sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3