CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Y LA ASOCIACIÓN “EXODUS” De una parte D. /Dña. Yeray Rodríguez Rodríguez, en calidad de Alcalde-Presidente del ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA con CIF P3801600B y domicilio en la C/ Díaz y Suárez, actuando en nombre y representación de esa Corporación. Tercero Fecha Firma: 21/06/2021 HASH: f878b539a0bd6123d5175602347d6228 MENTADO BATISTA, JOSE MANUEL (1 de 3) De otra parte la Asociación Socio cultural “Cooperación Canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”, con CIF: G 02694867 y domicilio calle Fernández Taño nº 58, Los Llanos de Aridane-38760, S/C de Tenerife. EXPONEN: Que los estatutos de “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”, contemplan en su artículo 2, los siguientes fines: 1. Estudiar y proponer soluciones que afecten a las personas en aspectos educativos, jurídicos, morales representativos, sanitarios, económicos, asistenciales y cuantos conduzcan al mejor logro de estos fines y asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. 2. Potenciar y apoyar cualquier iniciativa de intercambio cultural y convivencia en igualdad. NIEVES YOLANDA PEREZ LORENZO (2 de 3) SECRETARIA-INTERVENTORA ACCTAL. Fecha Firma: 21/06/2021 HASH: 754ac50cbf4067ca50b319ae76204d6e 3. Contextualizar las acciones de la asociación en un espíritu de solidaridad, tolerancia, igualdad, respeto y enriquecimiento intercultural. 4. Prevenir y denunciar todo tipo de discriminación por razón de origen y raza, a través de medidas específicas basadas en valores democráticos, en la igualdad de oportunidades y en la confianza de que el hecho migratorio mejorará nuestra sociedad y sus generaciones presentes y futuras y asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil o penal, o procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. 5. Realizar todo tipo de iniciativas legales ante los organismos que sean de su ámbito de actuación con el fin de obtener los recursos necesarios para sus actividades. 6. Favorecer la igualdad de género y la promoción cultural, social y laboral de las mujeres, asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos, así como reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil o penal, o cualquier otra que permita el derecho en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de estas personas o colectivos y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción individual. ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 21/06/2021 HASH: 3cffba66bbe5c4f240eeeb892055197c YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (3 de 3) 7. Prestar un servicio social especifico de atención y ayuda a las personas de origen extranjero, defender los derechos de las personas migrantes: legales, laborales, sociales o de cualquier índole, tanto de forma judicial, administrativa, como extrajudicial, apoyar el proceso de integración de las personas migrantes en la sociedad de acogida y muy especialmente de aquellos que se encuentren en especial riesgo de exclusión: menores, familias, jóvenes, reclusos, refugiados. Promover la igualdad de oportunidades de las mujeres inmigrantes, sensibilizar a la sociedad de acogida acerca de la realidad de la inmigración de las personas de origen extranjero, Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Número: 2021-0006 Fecha: 21/06/2021 Cód. Validación: 4P2X4JLJD6MGYRHEAH2K7EGNF | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 CONVENIO denunciar situaciones de discriminación de las personas migrantes, facilitar el acceso a las personas inmigrantes a los servicios de asistencia social, jurídicos, sanitarios, de vivienda, educativos, culturales, deporte, creación artística, acceso a las nuevas tecnologías y cualesquiera otros relacionados con el ámbito de actuación de esta entidad, promocionar el asociacionismo Pro inmigrantes y de los inmigrantes mismos. 8. Ostentar la representación en el ámbito local, insular y provincial y nacional para elevar peticiones y recursos ante organismos provinciales y nacionales. 9. Defender y proteger los legítimos intereses de los extranjeros en el territorio nacional, de los consumidores y usuarios en sus problemas con cualquier producto o servicios prestados como consumidores finales, en especial los financieros, de seguros, bancarios, los de grandes sectores como las telecomunicaciones, el transporte, la energía, o cualquiera que pueda tener relación y afectar a los consumidores. 10. Difundir y defender los derechos de los consumidores y usuarios, en cuanto son personas que compran o utilizan bienes para su uso individual, familiar o colectivo y resultan afectados por los diferentes aspectos de la vida social que inciden directa o indirectamente ene l consumidor o usuario. 11. Asesorar y defender de forma judicial o extrajudicial a los consumidores y usuarios ante cualquier situación de abuso, falta o defectos de información y cualquier problema como consumidores finales, así como en su condición de titulares de acciones, deuda, híbridos y en general cualquier otro producto que la ingeniería financiera de las entidades desarrolle en un futuro. 12. Participar, tanto directamente como a través de sus socios y simpatizantes en las Juntas Generales de Sociedades Cotizadas, en especial las que tengan relación con los servicios financieros (de acuerdo con lo previsto en la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Sociedades Anónimas con el fin de defender los intereses de los grupos de pequeños accionistas), con sectores de gran impacto en los consumidores como las telecomunicaciones, el transporte y la energía y en general con productos o servicios de uso común, ordinario y generalizado según lo fijado por el Real Decreto de 1 de septiembre 1507/2000, a los efectos previstos en los artículos 2.2, 11.2 y 11.5 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, disposición adicional segunda de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y normas concordantes. Por último, a participar activamente en la política de Responsabilidad Social Corporativa de las empresas, organismos e instituciones. 13. Defender y asesorar a sus asociados y a los ciudadanos en general ante cualquier circunstancia de las previstas en texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. 14. Fomentar entre asociados y consumidores una cultura del consumo responsable, impulsando una posición activa y crítica de los consumidores en todos los ámbitos y un nuevo modelo de consumo y un nuevo consumidor que supere el tradicional modelo de consumismo exacerbado. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Número: 2021-0006 Fecha: 21/06/2021 Cód. Validación: 4P2X4JLJD6MGYRHEAH2K7EGNF | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 CONVENIO 15. Alcanzar progresivamente, por medio de constantes y sucesivas reformas, solicitados de los Poderes Públicos, la revisión de nuestro ordenamiento legal y administrativo de modo que responda con plena adecuación a los nuevos problemas y situaciones creados en la sociedad actual, que no pueden ser resueltos por las formulaciones tradicionales y hacen necesaria la formación y desarrollo de un Derecho del consumo. Obtener la igualdad de oportunidades y de trato, audiencia y participación en todos los planos y materiales, con la producción, el comercio y los servicios, concediendo a los consumidores y usuarios, conforme a la Justicia y la Equidad, idéntica representación, iguales medios técnicos y económicos y las mismas facilidades de cualquier clase. 16. Reivindicar en su favor el derecho a ser parte civil en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales en que esté en juego un interés de carácter general de los consumidores y usuarios y en aquellos otros que sea demasiado difícil o imposible la acción del consumidor individual. 17. Cualesquiera otros fines u objetivos que afecten directa o indirectamente a los derechos e intereses a nivel de consumo, educativo, jurídico, moral, representativos, sanitarios, económicos, asistenciales, religión, sexo, de igualdad, y cualquier otra naturaleza, así como los derechos de los extranjeros que como los colectivos o personas empleando siempre los medios que permita y conceda la legalidad vigente. Cualesquiera otros fines u objetivos que afecten directa o indirectamente a los derechos e intereses de los consumidores y usuarios españoles, empleando siempre los medios que permita y conceda la legalidad vigente. Que el objetivo de este convenio es presentar un marco de colaboración para proporcionar orientación e información socio-jurídica, mediante una atención personal y directa a las personas de origen extranjero del municipio de La Villa de Garafía, solucionando sus dudas a través de un personal especializado. ESTIPULACIONES PRIMERA: El objeto del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de La Villa de Garafía y la Asociación Socio cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS) con la finalidad prestar servicio específico de atención y ayuda a las personas de origen extranjero, en los que se les de asesoramiento jurídico ante los trámites y gestiones de cara a regularizar su estancia en el municipio. SEGUNDA: La Asociación Socio Cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)”se compromete a: Organizar las siguientes actividades:  Trámites y gestiones.  Acciones de asesoramiento e información.  Acciones de acompañamiento.  Exposiciones, charlas y cursos de formación.  Asistencia y colaboración en foros de debate y opinión  Efectuar acciones encaminadas a la promoción de las mujeres en todos los ámbitos (social, cultural, laboral, formativo, etc.)  Consultas externas.  Elaborar cualquier actividad lícita que sirva al cumplimiento de los fines de la asociación  Asesoramiento y defensa de forma judicial o extrajudicial a dichas personas o colectivos afectados. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Número: 2021-0006 Fecha: 21/06/2021 Cód. Validación: 4P2X4JLJD6MGYRHEAH2K7EGNF | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 CONVENIO TERCERA: El Ayuntamiento de La Villa de Garafía tendrá las siguientes obligaciones y derechos: a) Colaborar con la Asociación, haciendo una aportación económica de 2.400,00€. b) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo resolver si la Asociación incumpliera sus estipulaciones o los objetivos y fines señalados en el mismo. c) Ofrecer un espacio de trabajo donde recibir a los usuarios, el cual disponga de mesa, silla y ordenador y conexión a internet. d) Facilitar a la población la información de los servicios que prestará la asociación. e) Colaborar con la agenda de los usuarios. f) El ayuntamiento podrá dejar de dar el servicio si no hubiera respuesta por parte de los usuarios. g) El ayuntamiento no asumirá ningún coste adicional al nombrado en el apartado a) de la tercera estipulación. CUARTA: La duración y resolución del Convenio: El presente Convenio tendrá una vigencia de 6 MESES, comenzando a surtir efecto el mes de junio y finalizará el mes diciembre de 2021. QUINTA: SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. a) La no disponibilidad presupuestaria para el fin del objeto del convenio. b) El mutuo acuerdo. c) El incumplimiento de las estipulaciones previstas en el presente convenio por alguna de las partes. SEXTA: Ambas partes se comprometen a realizar cuantos actos y a otorgar cuantos documentos públicos sean precisos para la debida formalización, constancia y desarrollo de lo convenido. SEPTIMO: RÉGIMIEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de Noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, el presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Número: 2021-0006 Fecha: 21/06/2021 Cód. Validación: 4P2X4JLJD6MGYRHEAH2K7EGNF | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 CONVENIO El Alcalde de la Villa de Garafía Presidente de la Asociación Socio cultural “Cooperación canaria, para la defensa y cohesión social, cultural y económica (EXODUS)” Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Número: 2021-0006 Fecha: 21/06/2021 Cód. Validación: 4P2X4JLJD6MGYRHEAH2K7EGNF | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5 CONVENIO