BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LOS ESTUDIANTES DE LA VILLA DE GARAFÍA. CURSO 2019/2020 1ª Objeto-. Las bases que se presentan a continuación, tienen la finalidad de ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 11/05/2020 HASH: cd6118d4bee8ac93eca769de1fef7dcc YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (1 de 1) establecer los requisitos para acceder a ayudas al estudio y al desplazamiento de estudiantes con cargo a fondos propios de la Corporación Municipal. Dichas ayudas están destinadas a ayudar a estudiantes residentes en La Villa de Garafía, que realicen sus estudios en Universidades o Centros Educativos situados fuera del municipio o de la isla de La Palma. - Estudios universitarios : Obtención de títulos oficiales de Grado, Postgrado, Doctorado, Máster universitario, ya sean presenciales o a distancia. -Formación profesional, enseñanzas artísticas, idiomas y deportivas. Podrán ser valoradas otras solicitudes para la realización de otros estudios siempre que estos estén homologados, sean convalidables o sean reconocidos oficialmente por las Autoridades Educativas de las que aquellos dependan, de acuerdo a los criterios especificados en la normativa reguladora en vigor, y siempre que se acredite la imposibilidad de realizarlos en Centros Educativos próximos a su domicilio o de la isla de la Palma. 2ª Beneficiarios/as.- Todos los/las estudiantes que reúnan los siguientes requisitos: 1.- Estar empadronados/as y ser residentes en la Villa de Garafía, con al menos una antelación de seis meses a la fecha de publicación de la convocatoria. 2.- Estar matriculados/as en estudios oficiales que no puedan cursarse en los centros educativos de la Isla de La Palma, así como desplazarse a otro centro educativo dentro de la propia Isla de La Palma, por no poder cursarse sus estudios en el centro que le corresponde por proximidad a su domicilio. 3ª Solicitudes. -Las solicitudes deberán presentarse en la oficina de Registro de este Ayuntamiento, o a través de la sede electrónica, conforme al Anexo I, que se publicará junto a estas bases en el B.O:.P. de Santa Cruz de Tenerife el tablón de anuncios, en el portal de transparencia (https://garafia.sedelectronica.es/info.0) y en la página web de la entidad www.garafia.es, pudiendo facilitarse vía email a quienes así lo soliciten al email: vperez@garafia.org), estarán dirigidas al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WE9C2J4F93Q6FMD2TDDGLGD | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 Ayuntamiento de La Villa de Garafía y deberán estar acompañadas de la siguiente documentación : - Fotocopia del D.N.I. del/a solicitante. - Documento que acredite que el alumno realiza los estudios en el curso académico correspondiente. - Alta a Terceros debidamente cumplimentada, según el modelo facilitado por el Ayuntamiento de la Villa de Garafía. Todas las solicitudes serán sometidas a la previa comprobación de empadronamiento y residencia del/a solicitante de la ayuda en los términos anteriormente establecidos. 4ª Cuantía de la ayuda. - Se fija una cuantía individual de 600,00 euros para los que estén cursando estudios fuera de la isla y una cuantía individual de 400,00 euros para los que estén cursando estudios en la isla de La Palma y cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases. 5ª Criterios de adjudicación. - Cuando el número de solicitudes con derecho a ayuda supere la consignación presupuestaria de la Convocatoria, que asciende a 9.000,00 euros, estas se priorizarán atendiendo a criterios de renta familiar, solicitando los documentos necesarios para poder atenderlas según el ratio (r=ingresos netos de la unidad familiar/nº miembros de la unidad familiar). 6ª Forma de pago y justificación. - El importe de la ayuda se recibirá de una sola vez a partir de la Resolución de Alcaldía. El ingreso se realizará en la cuenta bancaria indicada por los beneficiarios, estando condicionado el pago a que aquellos se encuentren al corriente de sus obligaciones económicas y administrativas con este Ayuntamiento. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las becas reguladas en las presentes bases no requerirán otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisitos establecidos en las mismas. 7ª Plazo de presentación. - El plazo de presentación de las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que pierda su vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró en España el estado de alarma Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WE9C2J4F93Q6FMD2TDDGLGD | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 o, en su caso, las prórrogas del mismo. 8ª Infracciones y sanciones. - Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones, y serán sancionables e incluso a título de mera negligencia. El procedimiento sancionador se ajustará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 9ª Legislación aplicable. - Para lo no previsto expresamente en las presentes Bases, resultarán de aplicación supletoria la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de la Villa de Garafía así como cuantas normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación. Yeray Rodríguez Rodríguez Alcalde-Presidente (Documento firmado electrónicamente) Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WE9C2J4F93Q6FMD2TDDGLGD | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 ANEXO I. SOLICITUD AYUDAS AL ESTUDIO 2019/2020 DATOS DEL/LA SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS: D.N.I: Teléfono fijo: móvil: e-mail: Domicilio: Estudios que cursa: Curso/s en el/los que se matricula: CENTRO DE ESTUDIOS: Universidad, Facultad, Escuela, Instituto … Dirección del Centro de Estudios Provincia DATOS DEL/LA REPRESENTANTE: NOMBRE Y APELLIDOS: D.N.I: Relación con el /la alumno/a Teléfono fijo: móvil: DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA: Documento que acredite que el alumno realiza los estudios en el curso académico correspondiente. Fotocopia del DNI del/la solicitante. Alta de Terceros debidamente cumplimentada. DECLARA Que habiéndose abierto el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas al estudio curso académico 2019/2020, cumpliendo los requisitos para ser beneficiario/a, exigidos en las Bases y en la Convocatoria, y declarando bajo mi responsabilidad que todos los datos reflejados en esta solicitud son ciertos. SOLICITA La concesión de una ayuda económica para el desplazamiento de estudiantes fuera de la Isla, conforme a la Convocatoria realizada por el Ayuntamiento de la Villa de Garafía, correspondiente al curso 2019/2020 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº __ de _ de ____de 2020.) Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WE9C2J4F93Q6FMD2TDDGLGD | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Villa de Garafía, a       de                 de      .- Firmado:            El/La solicitante/representante SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE GARAFÍA Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: 72WE9C2J4F93Q6FMD2TDDGLGD | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5