ANUNCIO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS AL ESTUDIO CURSO ACADÉMICO 2019/2020 ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 01/06/2020 HASH: cd6118d4bee8ac93eca769de1fef7dcc YERAY RODRIGUEZ RODRIGUEZ (1 de 1) Por el Ayuntamiento de La Villa de Garafía, se han convocado ayudas al estudio mediante Decreto de Alcaldía 2020-0293, para estudiantes del municipio que cursen estudios tanto fuera de la isla, como dentro de ésta en un centro que no sea el que le corresponde por proximidad a su municipio. Los interesados deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento su solicitud (Anexo) junto a la fotocopia del D.N.I. del/a solicitante, documento que acredite que el/la alumno/a realiza los estudios en el curso académico correspondiente y alta de Tercero debidamente cumplimentada, según el modelo facilitado por el Ayuntamiento de la Villa de Garafía. Todas las solicitudes serán sometidas a la previa comprobación de empadronamiento y residencia del/a solicitante de la ayuda en los términos anteriormente establecidos. Las bases, aprobadas mediante Resolución de Alcaldía nº 2020-0292, pueden consultarse en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://garafia.sedelectronica.es/info.0) y en la página web www.garafia.es El plazo de presentación de solicitud será desde el día 01 de junio de 2020 hasta el día 30 de junio de 2020. Se estableció treinta días naturales a contar a partir de que pierda su vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró en España el estado de alarma y sus prórrogas o de que se levante la suspensión de los plazos administrativos. Esta convocatoria ha sido publicada en el BOP nº 64 de miércoles 27 de mayo de 2020. El día 23 de mayo se publica en el BOE el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el cual se prorroga el estado de alarma y la derogación de la DA 3ª Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Artículo 9. Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. En la Villa de Garafía, a 01 de junio de 2020 EL ALCALDE - PRESIDENTE Fdo.- Yeray Rodríguez Rodríguez Firmado electrónicamente Ayuntamiento de la Villa de Garafía C/ Díaz Suárez, 1, Villa de Garafía. 38787 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 400 029. Fax: 922 40 00 00 Cód. Validación: ARMYENTMMNPXCRQCG7CKGX36D | Verificación: https://garafia.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 1